Número de Expediente 1046/01

Origen Tipo Extracto
1046/01 Senado De La Nación Proyecto De Ley SAPAG, SILVIA : PROYECTO DE LEY EXIMIENDO POR EL TERMINO DE UN AÑO DEL PAGO DE MULTAS Y SANCIONES A LOS INFRACTORES DE LA LEY N° 17671 DE IDENTIFICACION , REGISTRO Y CLASIFICACION DEL POTENCIAL HUMANO NACIONAL .
Listado de Autores
Sapag , Silvia Estela

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
24-07-2001 25-07-2001 68/2001 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
24-07-2001 09-08-2002

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
24-07-2001 09-08-2002

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 02-05-2005

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 28-11-2002
SANCION: APROBO
COMENTARIO: CON MODIFICACIONES
NOTA:SE AP.OTRO PL JUNT.CON S. 27/01,341,602/02-PASA A DIP.
OBSERVACIONES
CADUCO EN DIPUTADOS

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
652/02 12-08-2002 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-01-1046: SAPAG S.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,¿

Artículo 1°.- Quedan exentos del pago de multas y de cualquier
otra sanción los que hubieren incurrido en las infracciones previstas
en los artículos 35, 36, 37 y 38 de la Ley 17.671, de Identificación,
Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional, sustituidos por
el artículo 1° de su similar 22.435; y en los artículos 28 y 29 del
Decreto 8204/63, ratificado por Ley 16.478 y sus modificatorias.

Art. 2°.- Las personas comprendidas en el artículo anterior
deberán regularizar su situación dentro del término de un año a contar
desde los treinta días de publicada la presente.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Dirección
del Registro Nacional de las Personas, dispondrá todas las medidas
necesarias para garantizar una amplia y eficiente divulgación de la
presente ley, a través de medios radiales, gráficos y televisivos de
amplia difusión y organismos públicos y privados.

Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Silvia Sapag.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 068/01.

.-A la Comisión de Interior y Justicia.