11 de junio de 2007

QUIEREN MODIFICAR LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

En el Senado Nacional se analizan, por estos días, sendos proyectos de ley para modificar la ley 24.240 de Defensa del Consumidor. En total, son 14 los proyectos actualmente en estudio en la Comisión de Legislación General. Aunque aún restan consensuar algunos puntos, los senadores avanzarían con una iniciativa que ya tiene media sanción, pero plantearán algunas modificaciones por lo que el texto deberá volver a Diputados. La senadora salteña Sonia Escudero (PJ)explicó que se les exigirá a las empresas prestatarias de servicios públicos que brinden atención personalizada para receptar reclamos; se protegerá, además, a los usuarios de servicios finacieros y de transporte aerocomercial; entre otros aspectos.

En el Senado Nacional se analizan, por estos días, sendos proyectos de ley para modificar la ley 24.240 de Defensa del Consumidor. En total, son 14 los proyectos actualmente en estudio en la Comisión de Legislación General. Aunque aún restan consensuar algunos puntos, los senadores avanzarían con una iniciativa que ya tiene media sanción, pero plantearán algunas modificaciones por lo que el texto deberá volver a Diputados. Al respecto, la senadora salteña Sonia Escudero (PJ) explicó que con esta iniciativa "se abre la posibilidad de reclamar por productos y servicios adquiridos en forma gratuita (regalo o premio). Hoy sólo se puede hacer si se ha pagado por ellos". "Otro de los avances es la incorporación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas como usuarios y consumidores" -afirmó la legisladora. "De este modo, se les garantiza mayor protección ante los abusos que realizan los grandes grupos empresarios en detrimento de estas pequeñas compañías, fortaleciendo su posición como sujetos de la relación de consumo". "Se protegerá, también, a los consumidores extranjeros -aclaró Escudero- ya que se agrega un artículo donde se establece claramente que no se puede ejercer sobre ellos diferencias de precios o calidades sobre los bienes o servicios". Es sabido que uno de los mayores reclamos de los consumidores se da al momento de rescindir algún servicio. "Con la reforma se establece que el consumidor o usuario está facultado para rescindir el servicio a través del mismo medio por el cual lo contrató, obligando a la empresa a enviar una constancia de la baja dentro de las 72 horas de efectuada", detalló la senadora. Asimismo, puntualizó que "se pretende ampliar a 6 meses el plazo de garantía legal por los defectos o vicios que pudiera tener un producto o servicio, contra los 3 meses que contempla hoy la ley". Otras modificaciones Escudero planteó, además, que "otro de los grandes reclamos de los consumidores, es la falta de atención personalizada, que es suplida con otros métodos como la atención telefónica, vía correo electrónico, correo postal, etc.". Con este proyecto, se obligará a las empresas prestadoras de servicios a garantizar la atención personalizada, al margen de que se habiliten otros medios para hacerlo. Cuando las facturaciones de servicios excedan en un 75% el consumo promedio habitual, se presumirá que existe un error en la facturación. El usuario podrá efectuar el reclamo y abonar solamente su consumo habitual, y será la empresa prestataria del servicio quién deberá probar que el consumo facturado fue el efectivamente realizado. Cuando se realice una "venta domiciliaria" (que en realidad abarca a toda oferta o propuesta de venta de un bien o prestación de un servicio realizada fuera del establecimiento comercial), el consumidor tendrá 10 días para devolver el bien o rescindir el contrato si así lo deseara. Con esta reforma, se incorporan a la ley de defensa del consumidor a usuarios que hoy están desprotegidos: los de servicios financieros -sobre las cuales la jurisprudencia ya se había expedido por su aplicación lisa y llana- y los del servicio de transporte aéreo. También, se crea la figura del "daño punitivo" para los casos en los que el proveedor no cumpla con sus obligaciones legales o contractuales, y se aplicará una sanción económica a quiénes obtengan un beneficio dinerario con su obrar ilícito. Por último, se abrirá la posibilidad de reparar el daño en sede administrativa hasta los tres mil pesos, que serán deducidos luego de la acción judicial que se pudiera realizarse en reclamo de daños y perjuicios.