06 de octubre de 2020

CON MODIFICACIONES AVANZA EL PROYECTO QUE SUSPENDE LOS CONCURSOS Y QUIEBRAS

La iniciativa venida de Diputados sufrió algunos cambios en la Comisión y fue puesta para la firma del dictamen. También se trataron otros dos proyectos.

La Comisión de Legislación General se reunió de manera remota  para tratar el proyecto de ley en revisión de sostenimiento de la actividad económica en el marco de la pandemia COVID 19.  
Al comenzar la reunión, la presidenta de la Comisión, la senadora por Corrientes, Ana Claudia Almirón (Frente de Todos)  presentó el proyecto aprobado por Diputados y girado al Senado que propone "la suspensión hasta el 31 de marzo de 2021 el cómputo de plazos procesales en todos los procesos regidos por la Ley de Concursos y Quiebras".
En tanto, "en el caso de los nuevos juicios iniciados a partir de la vigencia de la ley, el plazo será de 180 días pudiendo el juez, a pedido del deudor, en las condiciones establecidas por dicha norma, extenderlo por única vez en sesenta días adicionales".
Además, la senadora mencionó que el texto dice que "quedarán suspendidos en pleno derecho y sin requerimiento de parte los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras; la totalidad de las subastas judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias; la prescripción y caducidad de los créditos".
Se prohíben también "nuevos embargos sobre cuentas bancarias, excepto para el caso de los procedimientos de comprobación y pronto pago de créditos laborales, y créditos de origen alimentarios".
La presidenta de la Comisión explicó que "se ha demorado su tratamiento porque hemos recibido unas cuantas notas de acreedores solicitando modificaciones". Luego el secretario de la comisión leyó 2 notas al respecto. Una de ellas del presidente del Banco Nación, Eduardo Hecker.
La senadora Almirón sostuvo que "en razón de las notas que hemos recibido  y de las inquietudes de varios de los senadores presentes; desde la comisión de Legislación Laboral vamos a pedir la modificación del artículo 1° del proyecto porque creemos que hay empresas que pueden verse indebidamente perjudicadas".
Expresó que "nuestra propuesta extiende hasta el 30 de junio de 2021 el plazo de emergencia para suspender los procesos de concursos preventivos y quiebras y fija excepciones".
La senadora por Santa Fe, María de los Ángeles Sacnun (FdT) sostuvo que "es una norma para proteger a pequeñas y medianas empresas quienes representan el 62% de los puestos de trabajos formales". 
Consideró que "fue evolucionando la pandemia y creo que es prudente extender  los plazos, estamos ante una situación compleja de contagios y otros países estamos viendo rebrotes". "Es muy importante introducir en este párrafo que quedan incluidos los procesos concursales que se hayan iniciado desde la declaración de emergencia sanitaria por parte del Poder Ejecutivo", añadió.
El senador por Neuquén, Oscar Parrilli (FdT) explicó que "quedan fuera del alcance de los beneficios de este proyecto de ley aquellos que realicen giros o transferencias al exterior, especialmente a países de baja o nula tributación y aquellos que realicen operaciones en dólar contado con liqui o MEP".
Luego se trató y pasó a la firma del dictamen el proyecto del senador por Chubut, Juan Mario Pais (Frente de Todos) que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación, sobre Acción de Reducción en Donaciones a Herederos Forzosos. 
Pais explicó que "es un reclamo unánime de entidades inmobiliarias y colegios de escribanos del país". "Vamos a volver al viejo modelo del Código Civil porque esta norma estaba pensada como una justicia para no perjudicar a los herederos, pero tuvo un efecto no previsto", añadió.
Por último, se puso a consideración de los integrantes de la comisión el dictamen sobre el proyecto de ley del senador por Salta, Sergio Napoleón Leavy (FdT) que modifica el art. 15 de su similar 25.054 - Bomberos Voluntarios-, respecto de la no suspensión de los servicios esenciales en situación de emergencia.
El senador Leavy  manifestó que "le agregaríamos al art. 15 que durante la declaración de catástrofes, epidemias y/o pandemias las empresas prestadoras de servicios esenciales no podrán disponer la suspensión o corte del servicio a ningún ente del servicio nacional de bomberos voluntarios".