CONSTITUCIÓN NACIONAL ORIGINAL DE 1853

En el marco de las acciones de preservación, digitalización y difusión del patrimonio documental bajo custodia de la Secretaría Parlamentaria, en agosto de 2024 el Senado de la Nación llevó adelante la digitalización del manuscrito original de la Constitución de la Confederación Argentina sancionada en 1853.

La iniciativa fue impulsada por la Dirección General de Cultura del Senado, con la colaboración de la Biblioteca del Congreso de la Nación, con el objetivo de facilitar el acceso público a este valioso documento histórico, garantizando al mismo tiempo la preservación e integridad del original.

Ficha descriptiva - ISAD(G)

1. ÁREA DE IDENTIFICACIÓN
1.1 Código de referencia
AR-HSN-SP-CGC01-0001
1.2 Título
Constitución de la Confederación Argentina, constituciones provinciales, leyes, decretos y resoluciones
1.3 Fechas extremas
1853-1855
1.4 Nivel de descripción
nidad documental compuesta.
1.5 Volumen y soporte de la unidad de descripción
1 volumen encuadernado; papel manuscrito e impreso, 227 folios. 28 cm.
2. ÁREA DE CONTEXTO
2.1 Nombre del o los productores
Congreso General Constituyente de la Confederación Argentina
2.2 Historia institucional / Reseña biográfica
El Congreso General Constituyente reunido en Santa Fe entre 1852 y 1853 fue la asamblea federal encargada de sancionar la Constitución Nacional de la Confederación Argentina y de dictar la legislación transitoria necesaria para la organización del nuevo Estado federal surgido tras la caída de Juan Manuel de Rosas en la batalla de Caseros (3 de febrero de 1852). La convocatoria se formalizó a través del Acuerdo de San Nicolás, suscripto el 31 de mayo de 1852 por los gobernadores de las provincias, que reconocieron al general Justo José de Urquiza como Director Provisorio de la Confederación y habilitaron la reunión de un Congreso con facultades constituyentes en la ciudad de Santa Fe, sede elegida por su condición de territorio políticamente neutral.
El Congreso se instaló el 20 de noviembre de 1852 con diputados designados por las legislaturas provinciales, uno por cada 15.000 habitantes, conforme a lo acordado; cada provincia tenía un mínimo de dos representantes. La provincia de Buenos Aires, tras la revolución del 11 de septiembre de 1852, rechazó el Acuerdo de San Nicolás, se separó de hecho de la Confederación y no envió diputados, permaneciendo fuera del pacto federal durante todo el proceso constituyente. Desde su instalación, el Congreso asumió una doble competencia, por un lado el de poder constituyente, encargado de la redacción y sanción de la Constitución; por otro el de poder legislativo provisorio, facultado para dictar normas orgánicas relativas al gobierno nacional, al régimen aduanero, a la capital de la Confederación, a la administración de justicia y a la organización institucional de los territorios bajo autoridad federal.
La asamblea adoptó un Reglamento interno de debates y policía de sala, estableció una Mesa directiva con presidencia rotativa, nombró secretarios y conformó comisiones permanentes, entre ellas la “Comisión de Negocios Constitucionales”, integrada por Gorostiaga, Gutiérrez, Centeno y otros diputados. Esta comisión utilizó como base de discusión las Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, de Juan Bautista Alberdi, además de las constituciones de Estados Unidos, Chile, Suiza y Cádiz. Luego de varios meses de deliberación, el Congreso sancionó la Constitución de la Confederación Argentina el 1º de mayo de 1853, que fue promulgada el 25 de mayo y jurada por las provincias que la aceptaron como ley fundamental. El texto estableció la forma republicana, representativa y federal, definió la división tripartita de poderes, fijó la capital provisoria fuera de Buenos Aires, instituyó la libre navegación de los ríos y otorgó al Poder Ejecutivo un mandato de seis años sin reelección inmediata.
Tras la sanción de la Constitución, el Congreso continuó funcionando como legislador transitorio, dictando leyes orgánicas y reglamentos que fueron encuadernados junto con el texto constitucional: ley de capital de la Confederación, ley de municipalidad, ley de aduanas, disposiciones de organización administrativa y resoluciones complementarias. Su actividad culminó con la puesta en marcha de las instituciones previstas por la Constitución y la elección del primer presidente constitucional, Justo José de Urquiza, en marzo de 1854. Con la reunión del nuevo Congreso Nacional, el cuerpo constituyente se disolvió automáticamente, al haber agotado el mandato para el cual fue convocado.
El valor histórico-jurídico del Congreso de 1853 reside en haber dado forma legal al primer Estado federal argentino aceptado por la mayoría de las provincias, sentando las bases de continuidad constitucional vigente hasta la reforma de 1860, luego de la reincorporación de Buenos Aires a la Confederación.
2.3 Historia archivística
El volumen no permaneció de manera continua bajo custodia del Honorable Senado de la Nación desde su producción. Originalmente fue conservado como pieza jurídica autónoma dentro del acervo documental del Congreso Constituyente de 1853 y, tras la disolución del cuerpo legislativo transitorio, pasó a integrar la reserva histórica del Poder Legislativo Nacional. Durante el siglo XX se regularizó su incorporación al archivo de la Secretaría Parlamentaria.
En 1976 se llevó a cabo una intervención que derivó en la encuadernación conjunta de los documentos que hoy conforman la unidad documental compuesta, bajo la supervisión del Teniente Jorge Camacho, responsable entonces de la sección “Archivos Secretos y Documentación Reservada del Congreso”. Entre 1992 y 1993, el equipo de restauración del Museo Parlamentario realizó una intervención de mayor alcance, orientada a la estabilización física del soporte. En 2002 se efectuaron peritajes y pruebas de tinta en el folio 404 del manuscrito, con el fin de determinar su composición material y grado de deterioro.
En 2024, por iniciativa de la Dirección General de Cultura, se formalizó un convenio de cooperación técnica con el Archivo General de la Nación, con el objetivo de revisar el estado de conservación de la unidad documental y actualizar su tratamiento archivístico y digital. A partir del convenio se realizó un nuevo diagnóstico técnico que incluyó limpieza superficial, control de parámetros ambientales y evaluación de la encuadernación. El informe concluyó que algunas de las intervenciones anteriores, aunque ajustadas a los criterios de conservación vigentes en su momento, resultan hoy obsoletas según los estándares actuales. En consecuencia, se dispuso una nueva digitalización integral en alta resolución, llevada a cabo por la Biblioteca del Congreso de la Nación en cooperación con el Museo Parlamentario.
La unidad documental fue digitalizada y descripta conforme a la Norma ISAD-G, garantizándose la preservación del original y el acceso mediante copia digital certificada.
3. ÁREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURA
3.1 Alcance y contenido
Unidad documental compuesta que reúne en un solo volumen la edición oficial de la Constitución de la Confederación Argentina sancionada en Santa Fe en 1853, junto con documentación legislativa complementaria producida por el Congreso General Constituyente.
Incluye: Constitución de la Confederación Argentina (texto completo); Leyes, decretos y resoluciones dictadas por el Congreso Constituyente. Reglamento de debates y policía de sala del Congreso Nacional Constituyente. Ley sobre la capital de la Confederación. Ley de Municipalidad. Ley de Aduanas. Constituciones vigentes de las provincias de la Confederación (excepto Buenos Aires).
3.2 Valoración, selección y eliminación
Se desconoce el proceso de valoración, selección y eliminación previo al ingreso al Honorable Senado de la Nación.
3.3 Nuevos ingresos
Unidad cerrada, sin documentación pendiente de incorporación.
3.4 Organización
Documentación encuadernada en secuencia lógica: Constitución nacional → legislación constituyente → legislación orgánica complementaria → constituciones provinciales.
4. ÁREA DE CONDICIONES DE ACCESO Y USO
4.1 Condiciones de acceso
Fuera de consulta del original por razones de preservación. Acceso mediante copia digital.
4.2 Condiciones de reproducción
Reproducción permitida únicamente a través de la copia digital disponible. Toda difusión deberá citar la fuente institucional.
4.3 Lengua / escritura(s) de los documentos
Español; escritura latina.
4.4 Características físicas y requisitos técnicos
Buen estado general, con manchas de oxidación, marcas de restauraciones previas encuadernación original, foliación manuscrita y presencia de tintas ferrogálicas.
4.5 Instrumentos de descripción
Inventario somero de la Secretaría Parlamentaria. Esta ISAD-G.
5. ÁREA DE DOCUMENTACIÓN ASOCIADA
5.1 Existencia y localización de los documentos originales
El presente volumen corresponde al ejemplar físico bajo custodia de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Senado de la Nación.
5.2 Existencia y localización de copias
Existe copia digital en alta calidad (TIFF 600) y derivadas en JPG y en PDF, disponible en el repositorio interno de la institución.
5.3 Unidades de descripción relacionadas
Subdirección de archivo y registro de leyes del Senado de la Nación. Biblioteca del Congreso de la Nación
5.4 Nota de publicaciones
El texto constitucional fue impreso oficialmente en Santa Fe en 1853 y reproducido en diversas ediciones posteriores.
6. ÁREA DE NOTAS
6.1 Notas
La foliación manuscrita corresponde al orden original posterior a la encuadernación. La grafía del título ha sido modernizada según normas ortográficas vigentes.
7. ÁREA DE CONTROL DE LA DESCRIPCIÓN
7.1 Identificador de la descripción
AR-HSN-SP-CGC01-0001
7.2 Reglas o normas
Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
Norma de codificación para la representación de nombres de escrituras ISO 15924 — Codes for the representation of names of scripts, Geneva: International Organization for Standarization, 2004.
Norma de códigos para la representación de nombres de lenguas: ISO 639-1 — Codes for the representation of names of languages, Geneva: International Organization for Standarization, 2002.
Norma de codificación de fechas: ISO 8601 – Data elements and interchange formats – Information interchange – Representation of dates and times, 2nd ed., Geneva: International Organization for Standarization, 2000.
Norma de codificación de país: ISO 3166 – Codes for the representation of names of countries, Geneva: International Organization for Standarization, 1997.
Norma Argentina de Documentación. Referencias bibliográficas: IRAM 32053-1 - Documentación. Referencias bibliográficas. Contenido, forma y estructura, 1995.
7.3 Estado de elaboración
Final.
7.4 Fecha de creación
2/11/2025
Versión: 1.0
7.6 Nota del archivero
Descripción elaborada en base al ejemplar físico, copia digital disponible y normativa descriptiva vigente por Raúl Amado.

Un documento fundacional

El manuscrito original de la Constitución de 1853 permanece bajo custodia de la Secretaría Parlamentaria del Senado, preservado en un espacio especialmente acondicionado y bajo el cuidado de un equipo de profesionales especializados en conservación documental.

No obstante, el Palacio Legislativo exhibe de manera permanente una reprografía de la Carta Magna en un templete dispuesto en el Salón Azul, que cobra especial protagonismo cada 1.º de marzo, cuando el presidente de la Nación concurre al Congreso para inaugurar el período de sesiones ordinarias; como así también en cada ceremonia de promesa de lealtad a la bandera y a la Constitución Nacional que se realiza bajo su amparo.

La Constitución Nacional de 1853 constituye el acta fundacional de nuestra vida republicana. En sus páginas manuscritas se inscriben no solo las normas que dieron forma a la Confederación Argentina, sino también el espíritu de una Nación que buscaba afirmarse sobre los principios de libertad, justicia y soberanía. Su sanción fue un gran paso hacia la construcción de un orden común, orientado a la unidad nacional y la estabilidad institucional.

Jerarquizar el documento que inauguró nuestra vida republicana y acercarlo a toda la ciudadanía es reafirmar su vigencia como base jurídica y como símbolo de los consensos que sostienen nuestra vida democrática.

Especificaciones técnicas

La unidad documental digitalizada incluye el reglamento de la Asamblea Constituyente, las primeras leyes, decretos y resoluciones de la Confederación Argentina y las primeras constituciones provinciales.

El Museo Parlamentario, dependiente de la Dirección General de Cultura, llevó adelante las tareas de limpieza y consolidación material de esta unidad documental, así como su catalogación archivística de acuerdo con estándares técnicos internacionales.

Asimismo, definió los parámetros técnicos requeridos para la digitalización, alcanzando un nivel de excelencia sin precedentes en este tipo de trabajos. De esta manera, combinando las mejores prácticas archivísticas con las herramientas más avanzadas de gestión digital, se garantiza la conservación y preservación del documento a largo plazo.

El formato elegido para la digitalización fue TIFF a 600 dpi, estándar que garantiza reproducciones de alta fidelidad, permitiendo apreciar con claridad detalles como el trazo caligráfico, la textura del papel y eventuales marcas de conservación. Este nivel de resolución posibilita estudios técnicos y académicos sin necesidad de manipular el documento original.

La versión digital incorpora, además, metadatos embebidos, que consignan datos técnicos y archivísticos (fecha de digitalización, equipo empleado, responsables, identificadores), asegurando la trazabilidad, autenticidad y correcta gestión del documento en los sistemas digitales.

En paralelo, se confeccionó la descripción archivística conforme a la norma internacional ISAD-G, mediante la cual el manuscrito quedó registrado como unidad documental dentro del fondo de la Secretaría Parlamentaria, con sus referencias de título, datación, productor, soporte y clasificación. Esto garantiza no solo su conservación material, sino también su adecuada contextualización y accesibilidad en catálogos archivísticos.

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