SE APROBO EN EL SENADO LA ELIMINACIÓN DE LA FIGURA DEL AVENIMIENTO DEL CÓDIGO PENAL
El Senado de la Nación aprobó por unanimidad el dictamen de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales que modifica el artículo 132 del Código Penal, eliminando así la figura de "avenimiento", la cual habilita la posibilidad de que una víctima de un delito de integridad sexual perdone al agresor.
El Senado de la Nación aprobó por unanimidad el dictamen de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales que modifica el artículo 132 del Código Penal, eliminando así la figura de "avenimiento", la cual habilita la posibilidad de que una víctima de un delito de integridad sexual perdone al agresor.
Esta figura, introducida en el Código Penal en el año 1999 es inherente al derecho patriarcal que planteaba que los abusos sexuales a las mujeres eran *delitos contra el honor* que afectaban a las familias y a los esposos de esas mujeres. El artículo 132 dice que la víctima puede solicitar el avenimiento -y perdonar al acusado-, y el tribunal podrá aceptar el pedido, siempre que *la propuesta haya sido libremente formulada y en condiciones de plena igualdad, cuando, en consideración a la especial y comprobada relación afectiva preexistente, considere que es un modo más equitativo de armonizar el conflicto con mejor resguardo del interés de la víctima*.
El dictamen aprobado fue el resultado del tratamiento de un conjunto de iniciativas, de las cuales se tomó como base el proyecto de ley de la Senadora María José Bongiorno por el cual se prevé la modificación del Código Penal con respecto a los delitos sexuales, estableciendo la acción pública, eliminando los beneficios de la condena de ejecución condicional, la aplicación de la probation y la posibilidad de avenimiento con el imputado.
Satisfecha con la media sanción, la legisladora rionegrina expresó "Hoy hemos dado un paso muy importante en el cumplimiento de una deuda impostergable con las todas las mujeres, eliminando un derecho discriminatorio que supone la igualdad de condiciones entre la víctima y su agresor, desconociendo la realidad social y las relaciones de poder que imperan en los casos de abuso sexual."
Asimismo, Bongiorno subrayó la incompatibilidad del avenimiento con los nuevos paradigmas de género vigentes en el ordenamiento jurídico argentino, al considerar que "El artículo 132 del Código Penal va en contra de la Ley de Protección Integral a las Mujeres (26.485), la cual en sus artículos 9 y 28 prohíbe cualquier forma de mediación, negociación o conciliación entre las partes. De esta forma creo que estamos avanzando en el proceso de armonización de la legislación actual y cumpliendo con las obligaciones internacionales en materia de políticas de género, gracias al impulso y la valentía de nuestra Presidenta Cristina Fernández de Kirchner".
PRENSA SENADORA BONGIORNO.