Número de Expediente 983/03

Origen Tipo Extracto
983/03 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación MULLER : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE INCLUYA EN EL PRESUPUESTO NACIONAL DEL 2004 UNA PARTIDA DESTINADA AL CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE ( COFEMA ).
Listado de Autores
Muller , Mabel Hilda

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
29-05-2003 04-06-2003 64/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
30-05-2003 24-06-2003

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
30-05-2003 24-06-2003

ENVIADO AL ARCHIVO : 11-08-2003

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 23-07-2003
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
285/03 01-07-2003 APROBADA Sin Anexo

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE RP 131/04 27-04-2004
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-983/03)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación:

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por intermedio de los
organismos que correspondan, adopte las medidas necesarias a fin de
incluir en el proyecto de ley del Presupuesto de Gastos y Recursos de
la Administración Nacional del año 2004, una partida de pesos
cuatrocientos mil ($ 400.000), destinada a cubrir los gastos de
funcionamiento del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).

Mabel H. Müller.-
FUNDAMENTOS

Señor Presidente:


El año 2002 sin duda marcó un hito en el campo jurídico ambiental de la
República Argentina. Efectivamente, durante el año pasado han sido
sancionadas las primeras normas de presupuestos mínimos de protección
ambiental, desde que en el año 1994 los constituyentes incorporaron
como artículo 41 de la Constitución Nacional nuevos derechos y
obligaciones respecto del ambiente. En dicho artículo se estableció que
"Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los
presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias
para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones
locales."

En tal sentido, desde entonces se ha trabajado intensamente en el
ámbito del Congreso de la Nación en procura de interpretar
ajustadamente el alcance que deberían tener las normas de presupuestos
mínimos, cuáles son las áreas temáticas que ameritan el dictado de una
norma particular dentro de este marco, y que formato debería tener este
nuevo sistema jurídico ambiental que la Nación debía confeccionar.

Luego de innumerables reuniones, seminarios, talleres, etc., en los que
se discutieron los aspectos mencionados en el párrafo anterior, fueron
definidos consensuadamente los instrumentos y la metodología que debían
utilizarse para la elaboración de los presupuestos mínimos. Es así que
llegamos a la actualidad con la satisfacción de haber sancionado,
durante el año 2002, cuatro normas de presupuestos mínimos de
protección ambiental; la ley 25612 sobre gestión integral de residuos
industriales y de actividades de servicio, la ley 25670 sobre gestión y
eliminación de los PCB's, la ley General del Ambiente 25675 y la ley
25688 sobre Gestión Ambiental de Aguas.

Estas nuevas normas dictadas por la Nación, cuya aplicación y
fiscalización corre por cuenta de las respectivas jurisdicciones, han
tenido como precepto fundamental en su elaboración el total y absoluto
respeto por las competencias y autonomías locales, incentivando además,
mediante diversos mecanismos, un verdadero federalismo en la
concertación de políticas ambientales de nuestro país. El hecho más
importante en este sentido es la ratificación por ley de la Nación de
dos acuerdos federales, el Acta Constitutiva del Consejo Federal de
Medio Ambiente (COFEMA) y el Pacto Federal Ambiental.

Estas leyes de presupuestos mínimos sancionadas, así como otras que se
sancionarán en el futuro y que están actualmente en calidad de
proyectos en estudio en ambas cámaras, otorgan al COFEMA un
protagonismo que no tenía hasta el momento, generando la necesidad de
intensificar su actividad, para lo cual precisará de un adecuado
presupuesto.

Las actividades que debiera desarrollar el COFEMA, que incluye a la
jurisdicción nacional, son amplias y de extrema necesidad para
consensuar políticas y acciones en materia de protección ambiental, por
lo que debe tener un financiamiento adecuado y acorde a las necesidades
que implica su gestión.

La partida que se solicita es ínfima en relación a la totalidad de
gastos del presupuesto nacional, pero el resultado de su
correspondiente asignación resultará significativo para el buen
desarrollo de este Consejo en el cumplimiento de sus tareas y
responsabilidades.

La Nación debe dar suma importancia al funcionamiento del COFEMA,
asignándole el presupuesto necesario para cubrir los gastos operativos
que demande su gestión. Todos conocemos la difícil situación económica
que están atravesando nuestras provincias, la que en algunos casos ni
siquiera permite atender las necesidades humanas más urgentes de sus
habitantes. Por tal motivo, difícilmente puedan éstas comprometer
recursos propios para el desempeño de las actividades que deberán
realizar sus funcionarios con competencia ambiental, fundamentalmente
respecto de las tareas que les son asignadas por las normas de
presupuestos mínimos de protección ambiental.

Señor Presidente, en virtud de las normas mencionadas, el COFEMA ha
adquirido un status jurídico que le origina responsabilidades que sólo
podrá atender si cuenta con el debido presupuesto que por este medio
solicito. Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la
sanción del presente proyecto de comunicación.

Mabel H. Müller.-