Número de Expediente 955/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
955/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | PAZ Y OTROS : PROYECTO DE DECLARACION MANIFESTANDO DESAGRADO POR LA MEDIDA JUDICIAL QUE PROHIBE LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE ANTICONCEPTIVOS Y DISPOSITIVOS INTRAUTERINOS . |
Listado de Autores |
---|
Paz
, Elva Azucena
|
Taffarel
, Ricardo César
|
Castro
, María Elisa
|
Conti
, Diana Beatriz
|
Curletti
, Mirian Belén
|
Ochoa
, Raúl Ernesto
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
27-05-2003 | 28-05-2003 | 63/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
28-05-2003 | 06-05-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: 1 |
28-05-2003 | 06-05-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 07-06-2004
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 19-05-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:CONJ.S. 1090/03 |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
357/04 | 13-05-2004 | DEVUELTA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-955/03)
PROYECTO DE DECLARACIÓN
El Senado de la Nación
Manifiesta su desagrado por la medida cautelar dictada por la jueza
federal de Córdoba Dra. Cristina Garzón de Lascano prohibiendo la
producción y comercialización de anticonceptivos que contengan drogas
consideradas abortivas y dispositivos intrauterinos, en abierta
contradicción con los fines y el espíritu de la ley de Salud
Reproductiva y Procreación Responsable, tal cual la aprobara este
Honorable Cuerpo, en la comprensión que el ordenamiento, educación y
capacidad de la población para planificar sus vidas llevaría a
igualar las oportunidades para todas las mujeres cuyo reclamo fue
receptado por este Congreso.
Elva A. Paz.- Ricardo C. Taffarel.- María E. Castro.- Diana B. Conti.-
Miriam Curletti.- Raúl E. Ochoa.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El jueves 22 de mayo de 2003, la magistrada aceptó un recurso de
amparo presentado por la entidad católica "25 de Marzo" de la Pcia.
de Córdoba y ordenó prohibir la fabricación y comercialización en todo
el país de medicamentos anticonceptivos que contengan drogas abortivas
y de dispositivos intrauterinos (DIU),la medida fue impuesta por la
jueza como una medida cautelar. Garzón de Lascano es la misma jueza que
el pasado 11 de febrero, había ordenado al Gobierno que no aplicará en
ningún lugar del país la Ley de Salud Reproductiva y Procreación
Responsable.
La jueza se basó en argumentos "arcaicos" para fallar contra la
fabricación y comercialización de algunos métodos anticonceptivos y
podemos afirmar que los métodos que prohibió están permitidos por
Organización Mundial de la Salud y en oportunidad de sancionarse la Ley
de Salud Reproductiva y Procreación Responsable por el Congreso de la
Nación y reglamentada por el Poder Ejecutivo permitía a las mujeres el
acceso a la información, planificación sobre su salud reproductiva y es
por eso que este Senado en cumplimiento estricto de las normas
constitucionales y pactos internacionales sobre el derecho que tiene
toda mujer al acceso a la información, a la salud y a planificación de
su familia llevo adelante esta Ley que contó con el apoyo de millones
de mujeres de nuestro país que veían por fin el reconocimiento a su
derecho a la salud. Siempre debemos tener presente que este es un
derecho con rango constitucional (art. 42,14 bis y 19 C.N.), y no un
bien de consumo, como es considerado por muchos.
La medida además vulnera pactos internacionales contra la
discriminación, sabemos que existen iniquidades, vemos un mundo
dividido en dos, uno rico y poderoso con acceso a todos los medios y
remedios para su salud y otro pobre donde no existen los recursos ni la
información para su protección, por ello apoyamos todos los caminos que
el Estado lleva adelante para proteger a los sectores más vulnerables
de nuestra sociedad para llegar a todas las mujeres y sus familias,
velando por su bienestar, desestimando la estigmatización y la
discriminación.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares que me acompañen en la firma
del presente proyecto.
Elva A. Paz.- Ricardo C. Taffarel.- María E. Castro.- Diana B. Conti.-
Miriam Curletti.- Raúl E. Ochoa.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-955/03)
PROYECTO DE DECLARACIÓN
El Senado de la Nación
Manifiesta su desagrado por la medida cautelar dictada por la jueza
federal de Córdoba Dra. Cristina Garzón de Lascano prohibiendo la
producción y comercialización de anticonceptivos que contengan drogas
consideradas abortivas y dispositivos intrauterinos, en abierta
contradicción con los fines y el espíritu de la ley de Salud
Reproductiva y Procreación Responsable, tal cual la aprobara este
Honorable Cuerpo, en la comprensión que el ordenamiento, educación y
capacidad de la población para planificar sus vidas llevaría a
igualar las oportunidades para todas las mujeres cuyo reclamo fue
receptado por este Congreso.
Elva A. Paz.- Ricardo C. Taffarel.- María E. Castro.- Diana B. Conti.-
Miriam Curletti.- Raúl E. Ochoa.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El jueves 22 de mayo de 2003, la magistrada aceptó un recurso de
amparo presentado por la entidad católica "25 de Marzo" de la Pcia.
de Córdoba y ordenó prohibir la fabricación y comercialización en todo
el país de medicamentos anticonceptivos que contengan drogas abortivas
y de dispositivos intrauterinos (DIU),la medida fue impuesta por la
jueza como una medida cautelar. Garzón de Lascano es la misma jueza que
el pasado 11 de febrero, había ordenado al Gobierno que no aplicará en
ningún lugar del país la Ley de Salud Reproductiva y Procreación
Responsable.
La jueza se basó en argumentos "arcaicos" para fallar contra la
fabricación y comercialización de algunos métodos anticonceptivos y
podemos afirmar que los métodos que prohibió están permitidos por
Organización Mundial de la Salud y en oportunidad de sancionarse la Ley
de Salud Reproductiva y Procreación Responsable por el Congreso de la
Nación y reglamentada por el Poder Ejecutivo permitía a las mujeres el
acceso a la información, planificación sobre su salud reproductiva y es
por eso que este Senado en cumplimiento estricto de las normas
constitucionales y pactos internacionales sobre el derecho que tiene
toda mujer al acceso a la información, a la salud y a planificación de
su familia llevo adelante esta Ley que contó con el apoyo de millones
de mujeres de nuestro país que veían por fin el reconocimiento a su
derecho a la salud. Siempre debemos tener presente que este es un
derecho con rango constitucional (art. 42,14 bis y 19 C.N.), y no un
bien de consumo, como es considerado por muchos.
La medida además vulnera pactos internacionales contra la
discriminación, sabemos que existen iniquidades, vemos un mundo
dividido en dos, uno rico y poderoso con acceso a todos los medios y
remedios para su salud y otro pobre donde no existen los recursos ni la
información para su protección, por ello apoyamos todos los caminos que
el Estado lleva adelante para proteger a los sectores más vulnerables
de nuestra sociedad para llegar a todas las mujeres y sus familias,
velando por su bienestar, desestimando la estigmatización y la
discriminación.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares que me acompañen en la firma
del presente proyecto.
Elva A. Paz.- Ricardo C. Taffarel.- María E. Castro.- Diana B. Conti.-
Miriam Curletti.- Raúl E. Ochoa.-