Número de Expediente 94/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
94/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | SALVATORI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE DIVERSOS ASPECTOS VINCULADOS CON LA INTERVENCION EN LA COMISION NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS . |
Listado de Autores |
---|
Salvatori
, Pedro
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
02-03-2007 | 14-03-2007 | 4/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
07-03-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE DEFENSA NACIONAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
08-03-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 07-07-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-94/07)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos correspondientes, informe a esta Honorable Cámara, en función de lo establecido en el Decreto Nacional 947/2004, acerca de las siguientes cuestiones:
1_ Si el interventor de la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas adoptó las medidas correspondientes para regularizar la situación institucional de la misma, de ser así, precise en que consiste cada una de las mismas como su grado de ejecución.
2_ Caso contrario, este Cuerpo le solicita al PEN que arbitre las acciones correspondientes con la finalidad de mejorar la realidad administrativa y operativa de la comisión en cuestión para que la misma pueda cumplir con sus fines y funciones específicas.
3_ Si el Señor Ministro del Interior ha delegado las funciones que le son propias, establecidas en el artículo 4° del citado decreto, en otro funcionario para que se de cumplimento a los objetivos fijados en el artículo 1° del Decreto Nacional 1741/1994; de ser así, detalle el nombre de la nueva autoridad y la fecha precisa en la cual fue designado para hacerse cargo de la comisión en referencia.
4_ Cuales son las directivas impartidas por la autoridad competente para velar por el cumplimiento de lo establecido en el inciso b, d, e, y j del artículo citado precedentemente.
5_Cuales son los programas de salud, empleo, vivienda y acción social, que en ámbito Nacional, Provincial y Municipal, se encuentran actualmente vigentes para atender las necesidades básicas de los ex combatientes en todo el país, detallando la cantidad exacta de ex combatientes que son beneficiarios de dichos programas.
6_ Si las actuales autoridades, como las precedentes a las mismas, realizaron, en función de lo establecido en el inciso i del decreto 1741/94, un informe en donde se detallen los causales del crecimiento del Padrón de Veteranos como así mismo y la propuesta para subsanar dicha irregularidad; de ser así, remita copia del mismo como lo actuado hasta el momento en el tema.
Pedro Salvatori.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Desde la antigüedad, las grandes naciones del mundo como aquellas que aspiraban a serlo en algún momento de la historia honraban, en todo momento, a los ciudadanos que habían dado su vida en el campo de batalla por resguardar los más altos intereses de su terruneo; reconocimiento que le garantizaba a las futuras generaciones contar con aquellos hitos de su propia historia que les permitía mantener la identidad como Ciudad - Estado.
En este sentido cabe resaltar, y la historia así lo demuestra, que los países del mundo que en algún momento aspiraron a ocupar un lugar privilegiado en el escenario internacional adoptaron, en su momento, cursos de acción orientados no solo en el campo económico, la defensa, las relaciones exteriores y la seguridad sino también para proteger el acervo cultural de su país.
Indudablemente, Señor Presidente, nuestro país tiene, luego de finalizado el conflicto que mantuviera con el Reino Unido de la Gran Bretaña, una deuda pendiente con aquellos hombres, civiles y militares, que prestaron servicios y ofrendaron su vida en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) como así también con aquellos que regresaron una vez finalizado el conflicto armado a sus provincias.
En este sentido, cabe destacar que mucho han escrito y esgrimido sobre el tema las autoridades nacionales que ostentaron el máximo cargo desde 1983 a la fecha; por ello, resulta redundante, a la luz de los innegables aportes que nos brinda la historia y el testimonio mismo de los ex combatientes, abundar en detalles respecto del porque estos valientes hombres merecen el reconocimiento de todos los argentinos.
A pesar de esta indiscutible realidad, también resulta necesario precisar que en la actualidad una de las principales instancias institucionales, instrumentada mediante el Decreto Nacional 1741 del año 1994, y que tiene por finalidad la de entender en los temas que preocupan a los ex combatientes, se encuentra intervenida con la finalidad de regularizar la situación institucional de la misma.
En este mismo orden, cabe resaltar que la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas, creada como bien se planteara en el párrafo anterior, mediante el decreto nacional 1741/1994; tiene entre sus tantos objetivos el de ¿Recopilar y ordenar toda la información existente en el ámbito del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipios sobre programas de salud, empleo, vivienda, acción social, capacitación y toda otra materia que resulte de interés para los ex - soldados conscriptos, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad¿..¿,
Asimismo, la citada comisión, tiene como metas la de ¿ Coordinar e impulsar los reclamos e inquietudes, individuales o grupales de los mismos ante los diversos órganos del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipales¿ como así también ¿ Investigar las razones del crecimiento del padrón de Veteranos de Guerra obrante en las Fuerzas Armadas y Ministerio de Defensa desde la finalización del conflicto bélico hasta la actualidad, y elevar dentro de los 180 días al Ministerio del Interior, ¿¿¿¿, un informe detallado en tal sentido conteniendo las eventuales irregularidades que se hayan cometido en el manejo de dichos listados y una propuesta para su saneamiento,¿¿
Al mismo tiempo, debemos destacar que los reiterados reclamos que efectúan diariamente las distintas organizaciones que agrupan a ex combatientes demuestran, sin lugar a dudas, que aún quedan temas vinculados a la realidad de los hombres que combatieron en el conflicto de 1982 que no han tenido el debido tratamiento, estudio y tratamiento, por parte de las autoridades competentes.
Fue con este mismo motivo, y con la finalidad regularizar el funcionamiento de la Comisión Nacional de Ex Combatientes, que mediante el decreto nacional 947/2004 se decidió la intervención de la citada comisión por un plazo de 180 días; plazo que se ha extendido, mediante el dictado del decreto nacional 792/2005 del 7 de Julio del corriente año, por otros 180 días.
Como aspecto destacado debemos resaltar que uno de los principales motivos, vertidos en los considerandos del primer decreto citado en el párrafo anterior, que motivaron la intervención de la comisión nacional fue debido a ¿Las numerosas solicitudes e inquietudes que han venido planteando directamente ante el Poder Ejecutivo Nacional diversas organizaciones que nuclean ex combatientes, demuestran inequívocamente que la Comisión no se encuentra cumpliendo los cometidos asignados por la normativa que determinó su creación¿.
Al mismo tiempo, el mencionado decreto sostiene que ¿ asimismo la evaluación integral de la gestión de la COMISION NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS, califica como precaria como ineficiente¿ como así también que ¿ la inejecución de los fines y funciones encomendadas a la citada Comisión, tornan necesario revertir, con la urgencia y celeridad que el caso impone, la situación descripta¿.
Si bien estos fundamentos son acertados y por sí mismos avalan la decisión que se adoptara respecto de la comisión nacional de ex combatientes, también es cierto que la actual intervención tiene la obligación y el deber de revertir la situación que determinó la intervención de la citada comisión para poder garantizar debidamente los derechos de los ex combatientes.
En este sentido, cabe destacar que el artículo 4° del decreto 947/2004 determinó que ¿ las funciones y atribuciones del Interventor serán las que surgen del Decreto N° 1741/94 y su modificatorio 694/01, o el que lo reemplace o modifique en el futuro, pudiendo a tal fin disponer y ejecutar todas las medidas que estime conveniente para cumplir su cometido, y delegar las mismas en otros funcionarios de su Jurisdicción¿.
De lo expuesto en los párrafos anteriores surge, Señor Presidente, que la intervención fue motivada por las notorias irregularidades que presentaba la gestión de la comisión de ex combatientes; por ello el interventor, designado mediante el artículo 2° del mencionado decreto, tiene la potestad para arbitrar todas las medidas necesarias para regularizar dicha situación.
Asimismo, y teniendo en cuenta que hoy la situación de los ex combatientes no se ha regularizado como así tampoco esclarecido algunas cuestiones fundamentales para los veteranos de guerra, consideremos pertinente conocer de las autoridades correspondientes cual es la actual situación que atraviesa hoy día la comisión y los cursos de acción adoptados para revertir la preocupante realidad que apremia a miles de ex combatientes.
De la lectura de la norma vigente se desprende la innegable obligación que tiene el PEN para regularizar a la brevedad la situación institucional de la citada comisión; siendo, a nuestro entender, el principal motivo que debe guiar su accionar el de brindar el merecido reconocimiento a estos valientes hombres que prestaron su servicio a la Patria, y subsidiariamente, evitar la inacción de la instancia responsable de atender los reclamos y necesidades de cientos de connacionales.
Señor Presidente, es por todo lo expuesto, y debido a la innegable trascendencia y sensibilidad que tiene el tema en cuestión para todos los argentinos como así también en aras de honrar la memoria de aquellos que aún esperan el merecido reconocimiento de manos de las autoridades correspondientes, que solicito la aprobación del presente proyecto de comunicación.
Pedro Salvatori.