Número de Expediente 94/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
94/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Resolución | LOSADA Y OTROS : PROYECTO DE RESOLUCION DISPONIENDO LA DESIGNACION DE LOS INTEGRANTES DEL SENADO EN LAS COMISIONES BICAMERALES QUE ENTENDERAN EN LAS NOMINACIONES PARA CUBRIR CARGOS EN EL ENRE Y ENERGAS . |
Listado de Autores |
---|
Losada
, Mario Aníbal
|
Mastandrea
, Alicia Ester
|
Marino
, Juan Carlos
|
Taffarel
, Ricardo César
|
Prades
, Carlos Alfonso
|
Agundez
, Jorge Alfredo
|
Massoni
, Norberto
|
Sanz
, Ernesto Ricardo
|
Sánchez
, María Dora
|
Zavalía
, José Luis
|
Capos
, Liliana
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
02-03-2004 | 18-03-2004 | 6/2004 Tipo: NORMAL |
OBSERVACIONES |
---|
PRESIDENCIA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0094/04)
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
RESUELVE
Designar los Senadores que en representación del Senado de la Nación,
integrarán la Comisión , conformada por 16 miembros de ambas Cámaras
del Congreso de la Nación, que deberá emitir opinión acerca de la
propuesta de nominaciones que deberá enviar el Poder Ejecutivo
Nacional para cubrir los cargos vacantes en los directorios del ENRE y
ENARGAS, conforme lo establecen las Leyes 24065 de Marco Regulatorio
Eléctrico y Ley 24076 de Marco Regulatorio de Gas.
Solicitar al Poder Ejecutivo la presentación de la nómina que propone y
que resulta de la convocatoria a concurso de antecedentes y oposición
que realizara en el año 2003.
Mario Losada.- Alicia E. Mastandrea.- Juan C. Marino.- Ricardo
Taffarel.- Carlos A. Prades.- Liliana Capos.- Jorge A. Agúndez.- José
L. Zavalía.- Norberto Massoni.- María D. Sánchez.- Ernesto Sanz.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Las leyes de Marco Regulatorio establecen tanto para el Ente Regulador
de Electricidad como para el del Gas, que sus directorios deben estar
integrados por 5 miembros. Esas designaciones las realiza el Poder
Ejecutivo, quien a tal efecto debe realizar procedimientos prescriptos
en dichas normativas: convocar a concursos, y tanto "para la
designación como la remoción, debe comunicar los fundamentos de tal
decisión a una comisión del Congreso de la Nación integrada por 16
miembros que serán los Presidentes y Vicepresidentes de las Comisiones
que cada una de las Cámaras determinen en función de su incumbencia
garantizando una representación igualitaria de Senadores y de
Diputados. Esta Comisión deberá emitir opinión dentro del plazo de 30
días corridos de recibidas las actuaciones. Emitida la misma o
transcurrido el plazo establecido para ello, el PEN quedará habilitado
para el dictado del acto respectivo."
En todo el tiempo transcurrido desde que se sancionó este marco legal,
nunca se cumplió con este paso fundamental y prudente de integrar la
Comisión en el Parlamento Nacional y que el Congreso a través de la
misma emita su opinión. Las designaciones en todos los casos fueron
resueltas exclusivamente por el Poder Ejecutivo Nacional.
Si el gobierno y la ciudadanía han comprendido la importancia de
cumplir con todos los procedimientos legales , de transparentar las
nominaciones para la integración de la Corte Suprema, no podrá dejar de
comprender la necesidad de cumplir con estos procedimientos que
garantizan legitimidad, legalidad y transparencia en la integración de
los cargos directivos de los organismos que regulan la energía .
Dichos organismos deberán decidir acerca de cuestiones sumamente
sensibles para el bienestar de los ciudadanos, y para la seriedad de
las negociaciones por problemas tan complejos como el de las tarifas de
estos servicios.
Es de legítimo derecho y además saludable para la transparencia de los
acuerdos que se realicen con la participación de ambas Cámaras del
Congreso de la Nación.
Mario Losada.- Alicia E. Mastandrea.- Ricardo Taffarel.- Carlos A.
Prades.- Liliana Capos.- Jorge A. Agúndez.- José L. Zavalía.- Norberto
Massoni.- María D. Sánchez.- Ernesto Sanz.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0094/04)
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
RESUELVE
Designar los Senadores que en representación del Senado de la Nación,
integrarán la Comisión , conformada por 16 miembros de ambas Cámaras
del Congreso de la Nación, que deberá emitir opinión acerca de la
propuesta de nominaciones que deberá enviar el Poder Ejecutivo
Nacional para cubrir los cargos vacantes en los directorios del ENRE y
ENARGAS, conforme lo establecen las Leyes 24065 de Marco Regulatorio
Eléctrico y Ley 24076 de Marco Regulatorio de Gas.
Solicitar al Poder Ejecutivo la presentación de la nómina que propone y
que resulta de la convocatoria a concurso de antecedentes y oposición
que realizara en el año 2003.
Mario Losada.- Alicia E. Mastandrea.- Juan C. Marino.- Ricardo
Taffarel.- Carlos A. Prades.- Liliana Capos.- Jorge A. Agúndez.- José
L. Zavalía.- Norberto Massoni.- María D. Sánchez.- Ernesto Sanz.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Las leyes de Marco Regulatorio establecen tanto para el Ente Regulador
de Electricidad como para el del Gas, que sus directorios deben estar
integrados por 5 miembros. Esas designaciones las realiza el Poder
Ejecutivo, quien a tal efecto debe realizar procedimientos prescriptos
en dichas normativas: convocar a concursos, y tanto "para la
designación como la remoción, debe comunicar los fundamentos de tal
decisión a una comisión del Congreso de la Nación integrada por 16
miembros que serán los Presidentes y Vicepresidentes de las Comisiones
que cada una de las Cámaras determinen en función de su incumbencia
garantizando una representación igualitaria de Senadores y de
Diputados. Esta Comisión deberá emitir opinión dentro del plazo de 30
días corridos de recibidas las actuaciones. Emitida la misma o
transcurrido el plazo establecido para ello, el PEN quedará habilitado
para el dictado del acto respectivo."
En todo el tiempo transcurrido desde que se sancionó este marco legal,
nunca se cumplió con este paso fundamental y prudente de integrar la
Comisión en el Parlamento Nacional y que el Congreso a través de la
misma emita su opinión. Las designaciones en todos los casos fueron
resueltas exclusivamente por el Poder Ejecutivo Nacional.
Si el gobierno y la ciudadanía han comprendido la importancia de
cumplir con todos los procedimientos legales , de transparentar las
nominaciones para la integración de la Corte Suprema, no podrá dejar de
comprender la necesidad de cumplir con estos procedimientos que
garantizan legitimidad, legalidad y transparencia en la integración de
los cargos directivos de los organismos que regulan la energía .
Dichos organismos deberán decidir acerca de cuestiones sumamente
sensibles para el bienestar de los ciudadanos, y para la seriedad de
las negociaciones por problemas tan complejos como el de las tarifas de
estos servicios.
Es de legítimo derecho y además saludable para la transparencia de los
acuerdos que se realicen con la participación de ambas Cámaras del
Congreso de la Nación.
Mario Losada.- Alicia E. Mastandrea.- Ricardo Taffarel.- Carlos A.
Prades.- Liliana Capos.- Jorge A. Agúndez.- José L. Zavalía.- Norberto
Massoni.- María D. Sánchez.- Ernesto Sanz.-