Número de Expediente 938/97

Origen Tipo Extracto
938/97 Senado De La Nación Proyecto De Ley COSTANZO : PROYECTO DE LEY FIJANDO LOS LIMITES DE LA RESERVA NACIONAL NAHUEL HUAPI , ZONA GUTIERREZ , RIO NEGRO .
Listado de Autores
Costanzo , Remo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
28-05-1997 04-06-1997 54/1997 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
28-05-1997 02-07-1997

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO:
04-06-1997 02-07-1997

ORDEN DE GIRO: 1
29-05-1997 02-07-1997

ORDEN DE GIRO: 2
29-05-1997 02-07-1997

ENVIADO AL ARCHIVO : 03-02-1998

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 03-09-1997
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 03-12-1997
SANCION: APROBO
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 03-12-1997
NUMERO DE LEY: 24910

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
622/97 04-07-1997 APROBADA Sin Anexo
S-97-0938:COSTANZO.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1 .- Fíjanse los límites de la Reserva Nacional
Nahuel Huapi-Zona Gutiérrez, de la siguiente manera:

Reserva Nacional Nahuel Huapi

-Zona Gutiérrez-

Partiendo del Esquinero Sureste del éjido municipal de San
Carlos de Bariloche, sobre la orilla Este del Río Ñarihuau el
límite se determina por la orilla Este del citado río hasta
enfrentar el Esquinero Sur del Lote Pastoril 133 (ciento treinta y
tres), de allí se trazará una línea que pase por el Cerro Colorado
y el Paso Villegas y llegue hasta el cauce del río de este nombre.
De aquí el límite sur lo constituye la orilla Sur de los ríos
Villegas y Manso, hasta el Límite Internacional con la República de
Chile. Luego continúa por el límite internacional hasta la cumbre
del Cerro Aguirre. Desde aquí con rumbo Sureste y por el divorcio
de aguas hasta encontrar la cumbre del Cerro Bastión. De aquí y por
el mismo divorcio de aguas hasta el Cerro Santa Elena y continuando
con una línea hacia el Este hasta la desembocadura del Río Villegas
hasta el veril Oeste de la Ruta Nacional 258 (doscientos cincuenta
y ocho). Desde aquí continúa por el mismo veril de la citada ruta
hacia el Norte hasta la cabecera Sureste del Lago Guillelmo,
continúa por la margen Este del Lago Guillelmo, hasta encontrar la
cabecera Noroeste de la cabecera Norte del citado lago. Desde este
lugar hasta el Esquinero Suroeste del Lote 35 (treinta y cinco) de
la Villa Mascardi, hasta llegar al Esquinero Noroeste del lote 25
(veinticinco) de la misma villa, y con rumbo Norte por la margen
Este del Lago Mascardi, hasta su cabecera Noreste. De aquí por el
límite Oeste del Lote Pastoril 102 (ciento dos) de la Colonia
Pastoril Nahuel Huapi, hasta su Esquinero Noroeste. De aquí
continúa con una línea con rumbo Noroeste, hasta encontrar el
Esquinero Oeste del Lote Pastoril 94 (noventa y cuatro). De aquí
sigue con una línea con rumbo Noroeste hacia el Cerro Negro,
continuando con una línea con rumbo Norte hasta encontrar el
Esquinero Suroeste del éjido municipal de San Carlos de Bariloche.
Desde aquí el límite continúa por el límite Suroeste del Lote
Pastoril 82 (ochenta y dos) de la Colonia Pastoril Nahuel Huapi con
rumbo Sur 38 14´(treinta y ocho grados catorce minutos) Este hasta
un punto llamado Pico de la Cruz que se encuentra a 1.118,40 m. (un
mil ciento dieciocho metros con cuarenta centímetros) del Esquinero
Sureste de dicho lote. En ese punto, con ángulo interno de 111 12´
(ciento once grados doce minutos) se medirá con rumbo Sur 30
34´(treinta grados treinta y cuatro minutos) Oeste, 1.862,80 m (un
mil ochocientos sesenta y dos metros con ochenta centímetros); de
aquí con ángulo interno de 270 (doscientos setenta grados) se
medirá con rumbo Sur 59 26´(cincuenta y nueve grados veintiséis
minutos) Este, 3.250 m (tres mil doscientos cincuenta metros); y
desde este punto con ángulo interno 268 48´(doscientos sesenta y
ocho grados cuarenta y ocho minutos) con rumbo Norte, 31
46´(treinta y un grado cuarenta y seis minutos) Este, 1.200 m (un
mil doscientos metros) hasta encontrar aquí el límite del éjido
municipal de San Carlos de Bariloche en el Lote Pastoril 84
(ochenta y cuatro). Desde este punto el límite lo constituyen los
lotes pastoriles del éjido municipal de San Carlos de Bariloche
identificados como: Lote Pastoril 84 (ochenta y cuatro), Lote
Pastoril 85 (ochenta y cinco), Lote Pastoril 86 (ochenta y seis),
Lote Pastoril 87 (ochenta y siete), Lote Pastoril 94 (noventa y
cuatro), Lote Pastoril 95 (noventa y cinco), Lote Pastoril 96
(noventa y seis), Lote Pastoril 110 (ciento diez), Lote Pastoril
109 (ciento nueve) y Lote Pastoril 108 (ciento ocho hasta su
Esquina sureste.

De aquí sigue 184,10 m (ciento ochenta y cuatro metros con
diez centímetros) con un ángulo interno de 127 18´35" (ciento
veintisiete grados dieciocho minutos treinta y cinco segundos) en
dirección Sureste, desde donde continúa 1.865 m (mil ochocientos
sesenta y cinco metros) hacia el Sureste con ángulo interno de 168
13´48" (ciento sesenta y ocho grados trece minutos cuarenta y ocho
segundos), hasta encontrarse con el Esquinero Suroeste del predio
ocupado por el Departamento Provincial de Aguas de la provincia de
Río Negro. De aquí sigue por el límite Sur del citado predio con un
ángulo interno de 204 35´10" (doscientos cuatro grados treinta y
cinco minutos diez segundos) en dirección Sureste, hasta
interceptar en la margen Este del Río Ñireco el límite de los Lote
Pastoril 126 (ciento veintiséis). De aquí continúa hacia el Noreste
por la extrapoligonal de los Lotes Pastoril 126 (ciento veinte
seis) y 121 (ciento veintiuno) hasta encontrarse con el extremo
Suroeste de la Fracción Uno (1) del Lote Pastoril 121 (ciento
veintiuno). Continúa con rumbo Este por el límite Sur de la
mencionada fracción, hasta su extremo Sureste, y de aquí hacia el
Norte hasta encontrarse con el límite del Lote Pastoril 118 (ciento
dieciocho) del éjido municipal. De aquí, el límite Norte de esta
Reserva Nacional continúa con rumbo Este siguiendo el límite de los
Lotes Pastoriles del éjido municipal de San Carlos de Bariloche 118
(ciento dieciocho) y 117 (ciento diecisiete) hasta encontrarse con
el Arroyo del Medio, desde donde continúa siguiendo la margen norte
del mencionado arroyo hasta el Esquinero Sureste del éjido
municipal de San Carlos de Bariloche.

Art. 2 .- La Administración de Parques Nacionales convendrá
con el municipio de San Carlos de Bariloche, la realización de los
trabajos de mensura necesarios y la demarcación en el terreno, de
los límites establecidos por el artículo anterior, en los sectores
correspondientes a las fracciones de los lotes pastoriles 127 y
121, que en virtud de esta ley quedan desafectadas de la Reserva
Nacional Nahuel Huapi-Zona Gutiérrez, según plano que como Anexo 1
forma parte integrante de la misma. La materialización de dichos
límites, deberá concretarse dentro de un plazo máximo de ciento
veinte (120) días posteriores a la promulgación del presente acto
legislativo.

Art. 3 .- La Administración de Parques Nacionales, acordará
con el municipio de San Carlos de Bariloche la realización conjunta
de estudios, destinados a prevenir la dirección y tasa del
crecimiento de los asentamientos humanos existentes en las áreas
desafectadas por esta ley, con el objetivo de anticipar medidas,
destinadas a evitar la expansión urbana de los mismos, sobre la
reserva nacional contigua.

Art. 4 .- Derógase el artículo 7 de la ley 22.459.

Art. 5 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Remo J. Costanzo.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN
EL D.A.E. 54/97

-A las comisiones de Asuntos Administrativos y Municipales y
de Ecología y Desarrollo Humano.

Texto Original109501