Número de Expediente 924/03

Origen Tipo Extracto
924/03 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación ZAVALIA : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE LA ADQUISICION DE BASES DE DATOS DE CIUDADANOS ARGENTINOS POR PARTE DEL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA .
Listado de Autores
Zavalía , José Luis

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
23-05-2003 28-05-2003 60/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
27-05-2003 06-05-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1
27-05-2003 06-05-2004
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: 2
27-05-2003 06-05-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 07-06-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 19-05-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:CONJ.S. 841/03

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
360/04 13-05-2004 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-924 y S-953/03)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN.

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, informe este Senado a
través del organismo que corresponda, sobre la adquisición por parte del
Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica de bases datos de ciudadanos
Latinoamericanos y particularmente Argentinos.

José L. Zavalía.-


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Distintos Países de la Región, revelaron que el Gobierno de los Estados
Unidos adquirió el acceso a bancos de datos sobre cientos de millones de
habitantes de diez países latinoamericanos, sin su consentimiento o sin su
conocimiento, con el fin de permitir que una importante cantidad de agencias
federales norteamericanas obtuviese información vinculada con el interés
especifico de cada una de ellas.

Así los hechos, se sabe que la empresa estadounidense Choic Point, con sede
en Atlanta, vendió información sobre ciudadanos de México, Nicaragua,
Honduras, Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Colombia, Venezuela, Brasil y
la Argentina. Los datos incluyen; nombres, fechas de nacimientos y números
de documentos de identidad.

El gobierno de Nicaragua denunció que la información obtenida incluye datos
personales, como cuentas corrientes bancarias, títulos de propiedad,
antecedentes penales, entre otros.

Por su parte, la empresa Choic Point hizo saber que obtuvo los datos de
sub-contratistas, a quienes les exigió una certificación de que la
información vendida había sido obtenida legalmente; y admitió, a través de
un comunicado oficial, que también compró información de organismos
públicos. Paradójicamente, cuando le fue requerido el nombre de los
sub-contratistas aludidos, la compañía se negó a suministrarlos, amparándose
en que podría violarse el derecho de privacidad de sus clientes. Es decir,
no reparó en violentar ese derecho a millones de Latinoamericanos, pero puso
especial esmero en respetarlo en beneficio de quienes habían tal vez
cometidos actos delictivos.

La venta de información a las Agencia federales de los Estados Unidos ha
originado investigaciones de distintas naciones que sospechan que los datos
fueron obtenidos de manera ilegal. Es de destacar, que la información se
convirtió en unos de los activos económicos más valiosos y su recopilación y
utilizaciones expandió vertiginosamente, tanto en el sector público, como
privado.

En ese marco, resulta preocupante que, una empresa estadounidense
especializada en recopilación de datos personales le habría vendido al
Gobierno de su país registros relativos a ciudadanos Argentinos y de otros
Países de Latinoamérica.

En nuestro País, desde octubre de 2000 rige la Ley 25.326 de Protección de
Datos Personales, que establece que, para que aparezcan en una base sean
lícitos, deberá mediar el consentimiento expreso del titular. A su vez, dice
que nadie puede ser obligado a proporcionar "datos sensibles"; tales como
origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas,
filosóficas o morales, etc.

Este tipo de información, solo podrán ser recolectados cuando medien razones
de interés general autorizadas por Ley o con finalidad estadística o
científica, sin identificación del titular.

El articulo 12 dispone que está prohibida la transferencia de datos
personales de cualquier tipo con países u organismos internacionales o
supranacionales, excepto en los casos de colaboración judicial
internacional, intercambio de datos médicos para un tratamiento o
investigación epidemiológica o transferencias bancarias o bursátiles
legales.

De confirmarse los hechos denunciados, las autoridades nacionales deberán
arbitrar las medidas necesarias para determinar de qué manera fue
recolectada la información, sí existió o no incumplimientos de deberes de
funcionario público, o sí los datos fueron obtenidos de manera ilegal. En
tal caso deberían entablarse las respectivas acciones judiciales, tendientes
a identificar y sancionar a los responsables.

El imperialismo avanza sobre los derechos individuales de los ciudadanos, en
el caso los latinoamericanos, sopretexto de aniquilar los focos terroristas,
nuestro gobierno deberá ser el garante de que nuestros derechos se mantengan
incólumes. De confirmarse lo expuesto, el derecho a la intimidad, entre
otros, se vería avasallado.

A los efectos de dilucidar lo grave del caso en examen, es que solicito el
informe del organismo correspondiente. Por lo expuesto, solicito su
aprobación.

José L. Zavalía.-