Número de Expediente 918/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
918/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | SALVATORI Y GOMEZ DIEZ : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE EL CONTROL DE LA PIROPLASMOSIS EN RODEOS BOVINOS . |
Listado de Autores |
---|
Salvatori
, Pedro
|
Gómez Diez
, Ricardo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
23-05-2003 | 28-05-2003 | 60/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
27-05-2003 | 24-07-2003 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1 |
27-05-2003 | 24-07-2003 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 11-08-2003
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 06-08-2003 |
SANCION: Com.Art106 |
COMENTARIO: |
NOTA:DESPACHO N° 64 |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 596/03 | 09-02-2004 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-918/03)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los
organismos correspondientes, informe respecto del control en rodeos
bovinos de la enfermedad denominada piroplasmosis, sobre los siguientes
puntos:
1. Qué medidas se están llevando a cabo fundamentalmente en el manejo
del ganado bovino, respecto al control de la enfermedad denominada
piroplasmosis.
2. Si se cumplimenta lo establecido por la ley 12.566 y decreto
reglamentario 14.436, así como normativas complementarias relacionadas
por las cuales se establece la obligatoriedad en todo el país de la
lucha contra las diferentes especies de garrapata en el ganado y
animales domésticos.
3. Cómo está procediendo el SENASA respecto a esta problemática, en las
provincias de Corrientes, Formosa, norte de Santa Fe, norte de Entre
Ríos y norte de Córdoba donde la enfermedad es prácticamente endémica y
se halla en franco avance hacia el sur.
4. Cómo se administran los recursos económicos y técnicos en las zonas
que son receptoras de hacienda denominadas comúnmente zonas limpias.
5. Qué penalizaciones les correspondería a los productores,
funcionarios, comisionistas y/o consignatarios de hacienda que procedan
en forma negligente y descuidada respecto al manejo de los rodeos
infectados.
6. Si la autoridad nacional ha considerado conjuntamente con los
gobiernos provinciales afectados por este complejo infeccioso, medidas
de promoción fiscal, a fin de que los productores puedan acceder al
suministro de antiparasitarios o productos quimioterápicos destinados
al control y erradicación de la enfermedad.
Pedro Salvatori - Ricardo Gómez Diez.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El término piroplasmosis sirve para designar un complejo infeccioso y
febril, de curso agudo, con graves trastornos sanguíneos y elevado
índice de mortalidad que afecta a varias especies de nuestro ganado
doméstico y es trasmitido por la picadura de la garrapata (Boophilus
mucroplus), en forma casi exclusiva y específica.
Precisamente, la dispersión geográfica de la enfermedad guarda una
estrecha relación con la zona de influencia de la garrapata bovina,
extendiéndose hasta hace unos años aproximadamente desde el paralelo
32 hacia el norte y desde el meridiano 66 de longitud O hasta la
región mesopotámica, comprendiendo la formación chaqueña, la selva
tucumano-oranense, el norte de Córdoba y Santa Fe, todo Santiago del
Estero, Misiones y Corrientes y el centro- norte de Entre Ríos.
Sin embargo de manera alarmante, ya están comprometidos más de 40 mil
animales de rodeos entrerrianos, avanzando hacia el sur de las áreas
anteriormente citadas.
Se debe tener en cuenta que factores externos, como el clima y el tipo
de suelo influyen marcadamente en la trasmisibilidad de la enfermedad,
por ejemplo las garrapatas infectantes trasladadas a zonas frías de
nuestro país terminan prácticamente por perder no solo su infecciosidad
propia, sino que desaparece en las generaciones sucesivas. Respecto a
los suelos, constituyen un elemento de singular importancia en lo
concerniente a la propagación y mantenimiento de la afección, puesto
que la vida de las garrapatas transmisoras está condicionada al
carácter físico químico de los mismos. Los suelos arenosos del litoral
argentino, ofrecen mayores posibilidades de vida a las garrapatas
ovígeras, las cuales se entierran fácilmente bajo la superficie
protegiendo sus desoves.
Específicamente en el bovino, a través de las lesiones en la piel por
las picaduras, se instalan infecciones secundarias producidas por
microorganismos oportunistas y larvas de moscas (bicheras) que
conjuntamente por el hábito hematófago del vector se producen
importantes pérdidas de sangre que ocasionan anemias. Además sus
secreciones salivales causan toxicosis y parálisis, trasmitiendo los
patógenos responsables de la anaplasmosis y la babesiosis bovina.
Es sumamente importante que todos los sectores involucrados trabajen de
manera muy seria y firme. Fueron muchos los años de lucha, esfuerzo y
dinero gastado por el sector privado, y no se debe permitir que el
debilitamiento de los controles oficiales por un lado y el
incumplimiento de las obligaciones del sector privado, por el otro,
conspiren en la lucha contra este flagelo.
Como medidas imprescindibles, los compradores de hacienda proveniente
del centro y norte del país deberían conocer muy bien cuál es el
procedimiento habitual para la adquisición de esos animales, a saber:
a) El invernador rara vez viaja al norte y generalmente delega la
elección y el cierre de la operación en una firma consignataria o en un
comisionista,
b) Una vez cerrado el negocio, el intermediario le pide a la oficina
local del SENASA el formulario 55 B, el cual es llenado y firmado por
él en representación del comprador, quien se hace responsable de esa
hacienda que viaja al sur y que puede trasladar la garrapata. De
ocurrir un brote de la enfermedad en el destino de los animales o en
cualquier lugar del tránsito, el responsable es el comprador, quien
deberá someterse a las penalidades que dicta la ley Nº 12.566, de
octubre de 1938,
c) Los productores deben saber que el formulario 55 B que se pide en
representación del comprador es una solicitud de declaración jurada de
despacho de tropas. En esa declaración jurada se dice que la tropa está
limpia y que ha sido sometida a los dos baños garrapaticidas con un
intervalo de 9 días entre ambos,
d) El productor también debe avisar a la oficina local del SENASA que
se va a cargar la tropa un día determinado, para que esté presente en
el lugar un funcionario del organismo.
El SENASA por su parte, debe revisar un mínimo del 30% de los animales
de la tropa, no debiéndose encontrar garrapatas vivas en ningún animal
así como controlar el baño precaucional que se realizará antes de
cargar los animales, autorizando los bañaderos correspondientes y la
carga de animales una vez comprobada la ausencia de garrapatas.
La individualización de los vacunos despachados con pintura asfáltica u
otra provista por el productor, deberán presentar las marcas del SENASA
de la siguiente manera:
a) se aplicará una marca a todos los animales y dos marcas a los
animales revisados por volteo, consignándose la cantidad de vacunos con
una y dos marcas, y el color de la pintura utilizada en el dorso del
Documento para Tránsito de Animales (DTA),
b) Comunicación a destino: la comisión local notificará por fax la
salida de la tropa a la comisión de destino,
c) Una vez que la tropa llega al destino, el productor tiene la
obligación de entregar, dentro de las 48 horas, en la oficina local del
SENASA, el DTA que acompaña la guía de despacho,
d) El veterinario o un paratécnico del servicio oficial deben revisar
la tropa arribada y tendrán que voltear al 20% de los animales que
tengan una sola marca, ya que los que poseen dos fueron revisados en
origen.
Indudablemente se debe exigir a los actores involucrados a que
realmente cumplan con los pasos anteriormente detallados desde el
origen de las tropas, para lo cual deberán contar con los recursos
necesarios en tiempo y forma, recursos que debieran existir dadas las
retenciones de dinero que se realizan en las ventas.
Las responsabilidades son compartidas entre las personas que están
involucradas en esta cadena de acciones, desde el comprador de
invernada que delega su firma de la declaración jurada al comisionista,
que arma las tropas y firma por el comprador, pasando por el
paratécnico, que debe voltear el 30% de los animales y debe supervisar
el baño y firmar el DTA hasta el personal de la oficina de destino, el
cual debe revisar la tropa que llega.
Lamentablemente a veces algunos de los eslabones de esta cadena tan
importante son evitados o mal realizados, ya sea por la falta de
recursos o por negligencia de los responsables. Es nuestra
responsabilidad que ninguna persona deje de cumplir con sus
obligaciones y que el SENASA provea los recursos necesarios a sus
funcionarios para atender sus tareas. Esto incluye recursos económicos
y recursos intelectuales, asegurando la capacitación de los técnicos y
paratécnicos, tanto en las provincias de salida como en las receptoras
de hacienda.
Los comisionistas y consignatarios de hacienda deberán merecer la
confianza de los productores, ya que son sus representantes en los
lugares de transacción y firman por los mismos la declaración jurada de
la limpieza de la tropa. Evitar los problemas en las provincias del
norte argentino, así como exigir mayor cantidad de controles, redundará
en una mayor calidad y la sanidad de nuestras haciendas que tanto
esfuerzo, tiempo y dinero han demandado.
Por las razones expuestas solicito a los Señores Senadores la
aprobación del presente proyecto.
Pedro Salvatori - Ricardo Gómez Diez.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-918/03)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los
organismos correspondientes, informe respecto del control en rodeos
bovinos de la enfermedad denominada piroplasmosis, sobre los siguientes
puntos:
1. Qué medidas se están llevando a cabo fundamentalmente en el manejo
del ganado bovino, respecto al control de la enfermedad denominada
piroplasmosis.
2. Si se cumplimenta lo establecido por la ley 12.566 y decreto
reglamentario 14.436, así como normativas complementarias relacionadas
por las cuales se establece la obligatoriedad en todo el país de la
lucha contra las diferentes especies de garrapata en el ganado y
animales domésticos.
3. Cómo está procediendo el SENASA respecto a esta problemática, en las
provincias de Corrientes, Formosa, norte de Santa Fe, norte de Entre
Ríos y norte de Córdoba donde la enfermedad es prácticamente endémica y
se halla en franco avance hacia el sur.
4. Cómo se administran los recursos económicos y técnicos en las zonas
que son receptoras de hacienda denominadas comúnmente zonas limpias.
5. Qué penalizaciones les correspondería a los productores,
funcionarios, comisionistas y/o consignatarios de hacienda que procedan
en forma negligente y descuidada respecto al manejo de los rodeos
infectados.
6. Si la autoridad nacional ha considerado conjuntamente con los
gobiernos provinciales afectados por este complejo infeccioso, medidas
de promoción fiscal, a fin de que los productores puedan acceder al
suministro de antiparasitarios o productos quimioterápicos destinados
al control y erradicación de la enfermedad.
Pedro Salvatori - Ricardo Gómez Diez.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El término piroplasmosis sirve para designar un complejo infeccioso y
febril, de curso agudo, con graves trastornos sanguíneos y elevado
índice de mortalidad que afecta a varias especies de nuestro ganado
doméstico y es trasmitido por la picadura de la garrapata (Boophilus
mucroplus), en forma casi exclusiva y específica.
Precisamente, la dispersión geográfica de la enfermedad guarda una
estrecha relación con la zona de influencia de la garrapata bovina,
extendiéndose hasta hace unos años aproximadamente desde el paralelo
32 hacia el norte y desde el meridiano 66 de longitud O hasta la
región mesopotámica, comprendiendo la formación chaqueña, la selva
tucumano-oranense, el norte de Córdoba y Santa Fe, todo Santiago del
Estero, Misiones y Corrientes y el centro- norte de Entre Ríos.
Sin embargo de manera alarmante, ya están comprometidos más de 40 mil
animales de rodeos entrerrianos, avanzando hacia el sur de las áreas
anteriormente citadas.
Se debe tener en cuenta que factores externos, como el clima y el tipo
de suelo influyen marcadamente en la trasmisibilidad de la enfermedad,
por ejemplo las garrapatas infectantes trasladadas a zonas frías de
nuestro país terminan prácticamente por perder no solo su infecciosidad
propia, sino que desaparece en las generaciones sucesivas. Respecto a
los suelos, constituyen un elemento de singular importancia en lo
concerniente a la propagación y mantenimiento de la afección, puesto
que la vida de las garrapatas transmisoras está condicionada al
carácter físico químico de los mismos. Los suelos arenosos del litoral
argentino, ofrecen mayores posibilidades de vida a las garrapatas
ovígeras, las cuales se entierran fácilmente bajo la superficie
protegiendo sus desoves.
Específicamente en el bovino, a través de las lesiones en la piel por
las picaduras, se instalan infecciones secundarias producidas por
microorganismos oportunistas y larvas de moscas (bicheras) que
conjuntamente por el hábito hematófago del vector se producen
importantes pérdidas de sangre que ocasionan anemias. Además sus
secreciones salivales causan toxicosis y parálisis, trasmitiendo los
patógenos responsables de la anaplasmosis y la babesiosis bovina.
Es sumamente importante que todos los sectores involucrados trabajen de
manera muy seria y firme. Fueron muchos los años de lucha, esfuerzo y
dinero gastado por el sector privado, y no se debe permitir que el
debilitamiento de los controles oficiales por un lado y el
incumplimiento de las obligaciones del sector privado, por el otro,
conspiren en la lucha contra este flagelo.
Como medidas imprescindibles, los compradores de hacienda proveniente
del centro y norte del país deberían conocer muy bien cuál es el
procedimiento habitual para la adquisición de esos animales, a saber:
a) El invernador rara vez viaja al norte y generalmente delega la
elección y el cierre de la operación en una firma consignataria o en un
comisionista,
b) Una vez cerrado el negocio, el intermediario le pide a la oficina
local del SENASA el formulario 55 B, el cual es llenado y firmado por
él en representación del comprador, quien se hace responsable de esa
hacienda que viaja al sur y que puede trasladar la garrapata. De
ocurrir un brote de la enfermedad en el destino de los animales o en
cualquier lugar del tránsito, el responsable es el comprador, quien
deberá someterse a las penalidades que dicta la ley Nº 12.566, de
octubre de 1938,
c) Los productores deben saber que el formulario 55 B que se pide en
representación del comprador es una solicitud de declaración jurada de
despacho de tropas. En esa declaración jurada se dice que la tropa está
limpia y que ha sido sometida a los dos baños garrapaticidas con un
intervalo de 9 días entre ambos,
d) El productor también debe avisar a la oficina local del SENASA que
se va a cargar la tropa un día determinado, para que esté presente en
el lugar un funcionario del organismo.
El SENASA por su parte, debe revisar un mínimo del 30% de los animales
de la tropa, no debiéndose encontrar garrapatas vivas en ningún animal
así como controlar el baño precaucional que se realizará antes de
cargar los animales, autorizando los bañaderos correspondientes y la
carga de animales una vez comprobada la ausencia de garrapatas.
La individualización de los vacunos despachados con pintura asfáltica u
otra provista por el productor, deberán presentar las marcas del SENASA
de la siguiente manera:
a) se aplicará una marca a todos los animales y dos marcas a los
animales revisados por volteo, consignándose la cantidad de vacunos con
una y dos marcas, y el color de la pintura utilizada en el dorso del
Documento para Tránsito de Animales (DTA),
b) Comunicación a destino: la comisión local notificará por fax la
salida de la tropa a la comisión de destino,
c) Una vez que la tropa llega al destino, el productor tiene la
obligación de entregar, dentro de las 48 horas, en la oficina local del
SENASA, el DTA que acompaña la guía de despacho,
d) El veterinario o un paratécnico del servicio oficial deben revisar
la tropa arribada y tendrán que voltear al 20% de los animales que
tengan una sola marca, ya que los que poseen dos fueron revisados en
origen.
Indudablemente se debe exigir a los actores involucrados a que
realmente cumplan con los pasos anteriormente detallados desde el
origen de las tropas, para lo cual deberán contar con los recursos
necesarios en tiempo y forma, recursos que debieran existir dadas las
retenciones de dinero que se realizan en las ventas.
Las responsabilidades son compartidas entre las personas que están
involucradas en esta cadena de acciones, desde el comprador de
invernada que delega su firma de la declaración jurada al comisionista,
que arma las tropas y firma por el comprador, pasando por el
paratécnico, que debe voltear el 30% de los animales y debe supervisar
el baño y firmar el DTA hasta el personal de la oficina de destino, el
cual debe revisar la tropa que llega.
Lamentablemente a veces algunos de los eslabones de esta cadena tan
importante son evitados o mal realizados, ya sea por la falta de
recursos o por negligencia de los responsables. Es nuestra
responsabilidad que ninguna persona deje de cumplir con sus
obligaciones y que el SENASA provea los recursos necesarios a sus
funcionarios para atender sus tareas. Esto incluye recursos económicos
y recursos intelectuales, asegurando la capacitación de los técnicos y
paratécnicos, tanto en las provincias de salida como en las receptoras
de hacienda.
Los comisionistas y consignatarios de hacienda deberán merecer la
confianza de los productores, ya que son sus representantes en los
lugares de transacción y firman por los mismos la declaración jurada de
la limpieza de la tropa. Evitar los problemas en las provincias del
norte argentino, así como exigir mayor cantidad de controles, redundará
en una mayor calidad y la sanidad de nuestras haciendas que tanto
esfuerzo, tiempo y dinero han demandado.
Por las razones expuestas solicito a los Señores Senadores la
aprobación del presente proyecto.
Pedro Salvatori - Ricardo Gómez Diez.-