Número de Expediente 868/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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868/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | CURLETTI : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO ART. 8 DE LA LEY 22.285 DE RADIODIFUSION RESPECTO DE LA PRESENTACION DEL SERVICIO |
Listado de Autores |
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Curletti
, Mirian Belén
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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05-04-2006 | 19-04-2006 | 37/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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12-04-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 1 |
12-04-2006 | 29-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 31-07-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-868/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º: Incorpórese al artículo 8º de Ley N° 22.285 de Radiodifusión, el inciso c), el que quedará redactado de la siguiente forma:
¿ARTICULO 8: Los servicios de radiodifusión serán prestados por:
a) Personas físicas o jurídicas titulares de licencias de
radiodifusión, adjudicadas de acuerdo con las condiciones y los procedimientos establecidos por esta ley;
b) El Estado Nacional, los estados provinciales o las
municipalidades, en los casos especialmente previstos por esta ley.
c) Las instituciones educativas en general, y en particular por aquellas que por orientación curricular tengan incumbencia en el mantenimiento y operación de equipos transeptores de baja y alta frecuencias y potencias. ¿
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mirian Curletti.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La Constitución Nacional entre sus objetivos expresa que los servicios de radiodifusión deben colaborar con el enriquecimiento cultural de la población, propendiendo al respeto de la libertad, la solidaridad, la dignidad de las personas, los derechos humanos y el afianzamiento de la democracia.
La educación contribuye al ejercicio de los derechos del hombre a comunicarse, en este sentido es necesario promover la participación en los servicios de radiodifusión de los jóvenes educandos que son los futuros encargados de la conducción de nuestra Nación.
Uno de los objetivos de la Ley Nacional de Radiodifusión vigente es ¿servir al enriquecimiento de la cultura y contribuir a la educación de la población¿, razón que motiva incluir dentro de los sujetos prestadores del servicio, a las instituciones educativas en general, y en particular a aquellas, cuya orientación curricular, tenga vinculaciones con la operación de equipos de transeptores de alta y baja frecuencia, por cuanto, el Articulo 8º de la Ley, establece que ¿los servicios de radiodifusión serán prestados por:
a) Personas físicas o jurídicas titulares de licencias de radiodifusión, adjudicadas de acuerdo con las condiciones y los procedimientos establecidos por esta ley; y b) El Estado Nacional, los estados provinciales o las municipalidades, en los casos especialmente previstos por esta ley¿.
Al incluir a las instituciones educativas explícitamente en la legislación vigente, las reconocemos como medio legítimo al cual niños, adolescentes y jóvenes pueden acceder como ciudadanos plenos de derecho, constituyendo las radios educativas una nueva modalidad de comunicación entre la escuela y la comunidad.
Por otra parte, existen en nuestro país instituciones educativas, cuya orientación se encuentra relacionada al mantenimiento y operación de equipos transeptores de baja y alta frecuencias y potencias, por lo que la modificación propuesta posibilita a estos establecimientos educacionales, a ser titulares de servicios de radiodifusión, contribuyendo a cumplimentar los objetivos curriculares de la carrera y concluir el proceso de aprendizaje.
Con este contexto, las radios educativas contribuirían a la recuperación y difusión de los referentes de cultura de cada región y a detectar experiencias innovadoras en el campo de la utilización de los medios de comunicación.
Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Mirian Curletti.