Número de Expediente 862/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
862/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MORO Y OTROS : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART. 23 DE LA LEY 23.298 ( PARTIDOS POLITICOS ) ACERCA DE LAS CONDICIONES DE AFILIACION . |
Listado de Autores |
---|
Moro
, Eduardo Aníbal
|
Maestro
, Carlos
|
Agundez
, Jorge Alfredo
|
Curletti
, Mirian Belén
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
21-05-2003 | 28-05-2003 | 56/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
22-05-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
22-05-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 20-01-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-862/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°: Modifícase el 1° párrafo del Art. 23 de la ley 23.298
(Orgánica de los Partidos Políticos), él que quedará redactado de la
siguiente forma:
"Artículo 23: Para afiliarse a un partido se requiere la expresa
solicitud de incorporarse y formar parte de la asociación política
respectiva, expresando su adhesión a la declaración de principios,
programa de acción política y carta orgánica del mismo, y cumplir
además los siguientes requisitos:
a)¿
b)¿
c)¿".-
Artículo 2°: Comuníquese al poder Ejecutivo.-
Eduardo A. Moro - Carlos Maestro - Jorge A. Agúndez - Mirian Curletti.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El art. 23 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos
establece las condiciones de afiliación a los partidos políticos,
efectuando un enunciado de aspectos formales, tales como el domicilio
en el distrito, la comprobación de identidad, presentación de la ficha,
certificación de firma, etc.
Resulta conveniente que como primera y esencial condición de
afiliación, se complete una referencia expresa al aspecto substancial
de la incorporación, cual es la voluntad concretada en la solicitud, de
formar porte de la asociación política respectiva, expresando su
adhesión a la declaración de principios, programa de acción política y
carta orgánica; cumpliendo además los recaudos formales ya incluidos en
la ley.
Todas las propuestas de reforma política instrumental, aluden a
la necesidad de procurar una relación sincera del vínculo afiliatorio,
y en ese propósito, sin perjuicio de otros aspectos, es interesante la
mención del meollo de la vinculación colegiada que no es formal sino
que comprende a un conjunto de ideas, valores y compromisos de cada
partido político con vistas al futuro, de acuerdo a sus documentos
fundamentales.
Por lo cual solicito la aprobación de este proyecto de ley.
Eduardo A. Moro - Carlos Maestro - Jorge A. Agúndez - Mirian Curletti.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-862/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°: Modifícase el 1° párrafo del Art. 23 de la ley 23.298
(Orgánica de los Partidos Políticos), él que quedará redactado de la
siguiente forma:
"Artículo 23: Para afiliarse a un partido se requiere la expresa
solicitud de incorporarse y formar parte de la asociación política
respectiva, expresando su adhesión a la declaración de principios,
programa de acción política y carta orgánica del mismo, y cumplir
además los siguientes requisitos:
a)¿
b)¿
c)¿".-
Artículo 2°: Comuníquese al poder Ejecutivo.-
Eduardo A. Moro - Carlos Maestro - Jorge A. Agúndez - Mirian Curletti.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El art. 23 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos
establece las condiciones de afiliación a los partidos políticos,
efectuando un enunciado de aspectos formales, tales como el domicilio
en el distrito, la comprobación de identidad, presentación de la ficha,
certificación de firma, etc.
Resulta conveniente que como primera y esencial condición de
afiliación, se complete una referencia expresa al aspecto substancial
de la incorporación, cual es la voluntad concretada en la solicitud, de
formar porte de la asociación política respectiva, expresando su
adhesión a la declaración de principios, programa de acción política y
carta orgánica; cumpliendo además los recaudos formales ya incluidos en
la ley.
Todas las propuestas de reforma política instrumental, aluden a
la necesidad de procurar una relación sincera del vínculo afiliatorio,
y en ese propósito, sin perjuicio de otros aspectos, es interesante la
mención del meollo de la vinculación colegiada que no es formal sino
que comprende a un conjunto de ideas, valores y compromisos de cada
partido político con vistas al futuro, de acuerdo a sus documentos
fundamentales.
Por lo cual solicito la aprobación de este proyecto de ley.
Eduardo A. Moro - Carlos Maestro - Jorge A. Agúndez - Mirian Curletti.-