Número de Expediente 84/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
84/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MARINO : PROYECTO DE LEY DEROGANDO LA LEY 25723 - REDUCCION DE ALICUOTAS APLICADAS A LAS CONTRIBUCIOES PATRONALES . |
Listado de Autores |
---|
Marino
, Juan Carlos
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
02-03-2007 | 14-03-2007 | 4/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
07-03-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
08-03-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 25-06-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-84/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Articulo 1 - Derógase la Ley 25.723 sobre Contribuciones Patronales Promulgada de Hecho el día 16 de enero del año 2003.
Articulo 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Juan C. Marino.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Hacia mediados del año 2001, y como una forma de paliar los efectos recesivos de la crisis, que ya a esa altura era estructural, el Poder Ejecutivo a través del Decreto Nº 814/01 implementa un sistema a partir del cual puede computarse una parte de las Contribuciones Patronales como crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado.
Inspirada en lo que constituye verdaderamente una política fiscal expansiva, que en el contexto de la crisis generalizada pasaría a ser una medida completamente estéril, la idea pasaba por reducir la presión tributaria sobre la nomina salarial, una manera de liberar recursos cuyo destino pudiera contribuir a contrarrestar los efectos de la situación adversa que por allí se vivía.
El Decreto en cuestión, estableció en su anexo los puntos porcentuales de reconocimiento en el Impuesto al Valor Agregado según la zona de la geografía nacional que se trate. No obstante, posteriormente hacia finales del año 2002, y en virtud del cambio del escenario económico donde el Sector Público no podía resignar recursos fiscales, ya que comenzaba a peligrar el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado; la Ley Nº 25.723 reduce en el orden del 1.50% todos los porcentajes permitidos como pago a cuenta que establecía el anexo del Decreto Nº 814/2001.
Hoy, frente a un cambio total del escenario económico, y ante el inminente cumplimiento de lo que algunos economistas denominan ¿poker de nueves¿, esto es, casi cuatro años de crecimiento económico a una tasa real del 9% anual; queda claro que la vigencia de la Ley Nº 25.723 no tiene otro motivo que el sostenimiento de un abultado superávit fiscal primario.
En un contexto de una exacerbada presión fiscal, que a nivel agregado con la existente en los diferentes niveles de gobierno se vuelve insoportable, es indispensable tomar cartas en el asunto, sin que ello signifique sacrificar el buen desempeño que vienen teniendo las finanzas publicas.
Por otro lado, la posibilidad de incrementar el tope de las Contribuciones Patronales como crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado, al disminuir indirectamente la presión tributaria sobre la nomina salarial, constituye un incentivo adicional para el blanqueo del trabajo en negro, que según las ultimas mediciones del Instituto Nacional de Estadística y Censo, asciende al 44.3% de los trabajadores.
Es necesario comenzar a adecuar la estructura tributaria a la nueva realidad de la política económica; y el sentido de la oportunidad de hacerlo en la coyuntura actual es ideal, ya que nada mejor que dichos cambios se encuentren respaldados por un contexto de holgura fiscal.
Por todo lo expuesto, y porque considero que la política fiscal es una de las herramientas más recomendables para asegurar el crecimiento económico sostenido; es que solicito a mis pares me acompañen en esta iniciativa.
Juan C. Marino.