Número de Expediente 839/05

N° Origen Tipo Extracto
839/05 Senado De La Nación Proyecto De Ley LOPEZ ARIAS : PROYECTO DE LEY RATIFICANDO LA LEY 24616 - DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION - UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE SALTA .
Listado de Autores
López Arias , Marcelo Eduardo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
13-04-2005 20-04-2005 44/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
18-04-2005 23-05-2005
SIN FECHA 14-03-2006

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1
20-12-2005 14-03-2006
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1
18-04-2005 23-05-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 06-05-2008

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 05-04-2006
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:Se aconseja aprobar un proyecto de resolucion
OBSERVACIONES
CADUCO EN HCD POR ISP 91/08

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
436/05 24-05-2005 Sin Anexo
46/06 15-03-2006 CADUCA POR RENOV. BIENAL
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0839/05)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1º- Ratifícase la ley 24616.

Art. 2º- Los plazos referidos a los artículos. 2º, 3 y 4 de la ley 24616 se computarán a
partir de la fecha de promulgación de la presentación.

Art. 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo

Marcelo E. López Arias.-


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La "Casa de Leguizamón", llamada también "Casa de Arias Velázquez", sita en la intersección
de las calles Florida y Caseros de la ciudad de Salta, fue declarada monumento histórico
nacional por decreto Nº 1739/79 del Poder Ejecutivo Nacional.

El Proyecto 1374 S-94 dio lugar a la ley 24616 promulgada el 12 de enero de 1996 que
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble situado en la intersección
de las calles Caseros y Florida de la ciudad de Salta, cuyos datos catastrales son los
siguientes: Sección E-Manzana 2- Parcela 1 del Departamento Capital, Matrícula 2923.

Por distintas razones esta expropiación no fue llevada a cabo.

Esta casa fue construida entre 1806 y 1808 para un comerciante próspero de Salta: don Juan
Galo Leguizamón, con celo y cariño, tal cual era en la época de la colonia. El equipamiento
que se encuentra en ella es tan valioso como la casa misma. Tal como lo expresara la
arquitecta María Brathamburu de Mesples en su libro Salta IV siglos de arquitectura y
urbanismo la casa es uno de los escasos testigos que nos quedan en Salta y en el país de la
forma de vida y el lenguaje de las cosas simples con que nuestros antepasados llevaban
durante su existencia. En su salón principal se bailaba al son del piano que aún se
conserva. Allí danzó el general Paz, según lo describe en sus memorias.

El conjunto que representa la casa y sus muebles y accesorios nos impone una obligación
ineludible: conservarla para evitar su destrucción y la dispersión de su contenido con la
inevitable pérdida que ello significaría para el patrimonio cultural de la provincia y de
la Nación.

Por lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.

Marcelo E. López Arias.-