Número de Expediente 8/92

Origen Tipo Extracto
8/92 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación FIGUEROA : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO QUE LA COMISION PERMANENTE DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, SEA INFORMADA PERIODICAMENTE ACERCA DE LA IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA GLOBAL DEL CREDITO PARA LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA.
Listado de Autores
Figueroa , Jose Oscar

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
04-05-1992 20-05-1992 1/1992 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
06-05-1992 24-06-1993

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
06-05-1992 24-06-1993

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 07-07-1993
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
179/93 28-06-1993 APROBADA

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE 751/93 10-03-1994 SI
En proceso de carga
S-8-92:FIGUEROA.

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación:~
Vería con sumo agrado que el Secretario de Hacienda del Ministerio
de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación dicte, en ejercicio
de las facultades que le confiere el segundo párrafo del artículo 5° del
Decreto P.E.N. N° 522/92, (B.O. 7/4/92), las resoluciones pertinentes a
fin de que la Comisión Permanente de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
del Honorable Senado de la Nación sea informada periódicamente acerca de la
implementación por parte de UNIDAD COORDINADORA DEL PROGRAMA (U.C.P.)
respecto del PROGRAMA GLOBAL DEL CREDITO PARA LA PEQUEÑA EMPRESA Y
MICROEMPRESA, creada en el ámbito de aquella Secretaría por el referido
Decreto.~

José O. Figueroa.-~

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:~
El día 7 de abril del año en curso, se publicó en el Boletín
Oficial el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 522/92, redactado el día
27 de marzo del mismo año, por el cual se aprueban los Contratos de
Préstamos a suscribirse con el Banco Interamericano de Desarrollo, como así
también se declaran de interés nacional a las acciones emergentes de la
ejecución del Programa Global del Crédito para la Pequeña Empresa y
Microempresa.~

Figuran en los considerandos de dicha norma los objetivos de dichos
Contratos, entre los cu ales se destaca el compromiso que el Banco
Interamericano de Desarrollo asume a los efectos de otorgar a la República
Argentina el financiamiento del previamente mencionado Programa Global.~

A su vez se vislumbra entre los fines de dicho Programa, el de
mejorar los niveles de empleo e ingresos de los micros y pequeños
empresarios, mediante el incremento de la productividad, con una mayor
participación de las instituciones financieras de la economía, en el
otorgamiento del crédito a aquellos empresarios.~

Por dicho Decreto, se crea, dentro del ámbito de la Secretaría de
Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la
Nación, una UNIDAD COORDINADORA DEL PROGRAMA (U.C.P.), por cuanto se la
considera menester a fin de atender las tareas que demande la ejecución del
Programa.~

Esta Unidad tendrá su misión y funciones de acuerdo a las
resoluciones que el Secretario de Hacienda dicte al respecto, quien tiene,
de acuerdo al art. 5° del decreto, atribuciones para establecer el
funcionamiento de la misma, así como para contratar a los funcionarios que
la van a integrar.~

Los Contratos cuyos modelos se aprueban por este decreto son dos y
se suscribirán por un monto respectivo de U$S 30.000.000 destinados al
otorgamiento de créditos a los pequeños y microempresarios.~

Es por último constatar la circunstancia en virtud de la cual este
preciado paso que el Poder Ejecutivo Nacional ha tomado en dirección al
fomento de las PYMES, consideradas desde siempre como fundamentales en el
desarrollo de la economía argentina, constituye un ámbito que dista de
estar reglado en forma completa, atento a la intención ejecutiva del
referido Programa.~

Caracterizada esta situación fáctica, debo ahora tratar
especificamente el tema que motiva mi iniciativa, cual es la convicción en
base a la cual creo menester que, existiendo en el seno de esta Honorable
Cámara de Senadores una Comisión Permanente de la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa, pueda ésta mediante alguno de sus representantes ser interiorizada
en forma periódica respecto de la actividad que la mentada Unidad
Coordinadora del Programa (U.C.P.) despliegue a los efectos de desarrollar
el Programa Global mentado.~

Esta inquietud resulta de la aplicación del Decreto N° 208/90, del
4 de Julio de 1990, por el cual se creó la referida Comisión Permanente.~

En efecto, constan en dicha resolución las competencias exclusivas
correspondientes a la mentada Comisión, a saber: "...dictaminar en todo
asunto o proyecto relativo al fomento, afianzamiento y desarrollo de las
MIPYMES..." así como lo referido a "la asistencia y beneficios de cualquier
índole de tales empresas y toda otra legislación sobre la materia".~

Es lo suficientemente ilustrativo el párrafo transcripto, que
corresponde al inc. 2° del art. 85° del Reglamento de la Honorable Cámara
de Senadores de la Nación, en lo que al fundamento de mi pretensión
concierne.~

Es en virtud de todo lo expuesto y a los efectos de acompañar al
P.E.N. en esta loable iniciativa, que me permito solicitar a mis pares la
aprobación del presente Proyecto de Comunicación.~

José O. Figueroa.-~

-A la Comisión de Micro Pequeña y Mediana Empresa.-