Número de Expediente 79/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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79/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BAR : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY N° 25287 - OBLIGATORIEDAD DE MEDIACION PREVIA A TODO JUICIO POR EL TERMINO DE CINCO AÑOS . |
Listado de Autores |
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Bar
, Graciela Yolanda
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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01-03-2006 | 08-03-2006 | 1278/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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06-03-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
06-03-2006 | 28-02-2008 |
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 2 |
06-03-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 01-08-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-79/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, ...
ARTICULO 1º: Prorrogase el plazo previsto en el artículo 1 de la Ley 25.287, por el término de cinco (5) años a partir de su vencimiento.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Graciela Bar.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La Ley 24.573, instituyo con carácter obligatorio la mediación como previa a todo juicio. Pese a que la mediación es un procedimiento voluntario en el cual las partes tienen autoridad como para mantenerse dentro del sistema el tiempo que lo deseen y para decidir si van a aceptar un acuerdo o no, existe la obligatoriedad como una forma de lograr que los contendientes ingresen al programa.
La mediación es voluntaria en el sentido de que las partes son libres de llegar o no a un acuerdo, por lo que siempre la continuación del proceso debe entenderse como una manifestación de las partes de que las negociaciones continúan siendo productivas. El hecho de la obligatoriedad no desnaturalizó la calidad de voluntario, pues lo que es obligatorio es el acceso al programa de mediación, que puede tomarse como una obligación legal y otra distinta es la participación en el procedimiento.
El objetivo de esta ley fue la necesidad de tomar conciencia de una cultura para disminuir el grado de litigiosidad imperante en nuestra sociedad y lo ha logrado.
La mediación es un procedimiento no adversarial en el que un tercero neutral ayuda a las partes a que en forma cooperativa encuentren un resultado mutualmente aceptable. El mediador induce a las partes a identificar los puntos de la controversia, a reconocer sus intereses por encima de las posiciones, a explicar formulas de arreglo que trasciendan el nivel de la disputa; no actúa como juez, pero sugiere a aquellas ponerse de acuerdo, dado que no puede imponerles una solución si es que no actúan por mutuo consentimiento. Esta sociedad no se encontraba acostumbrada a la obligatoriedad como una manera de instalar la cultura de la mediación sino a la litigiosidad. La mediación constituyo un elemento importante para la modernización y el mejoramiento del sistema judicial argentino y para la consolidación de la democracia, conllevó a una instancia de reflexión donde las partes involucradas encontraron una nueva alternativa. Asimismo es la alternativa al litigio pues esta basada en la activa participación de los involucrados para resolver sus propios problemas y encontrar una solución entre ellos y para ellos. Las partes son capaces de resolver sus propios conflictos, brindando un ambiente seguro y privado para que exploten las causas subyacentes de sus disputas y así lo determinan las estadísticas llevadas a cabo por el Ministerio de Justicia de la Nación. El Pacto de San José de Costa Rica en su instrumentación a través del tribunal, determina que la conciliación debe ser la instancia previa de todos los conflictos. En el año 1.949, el General Perón en ocasión del Primer Congreso Nacional de Filosofía, cuando dio a conocer una de las obras mas importantes de la política nacional ¿La comunidad organizada ¿ concluyo su exposición diciendo: ¿...La Justicia no es un termino insinuador de violencia sino una persuasión general¿...A esta persuasión es a la que pretendemos arribar a través de la mediación. Ya hemos visto lo que significa encadenar a las personas a largos procesos judiciales, a interminables litigios y conflictos, a cambiar la vida de las personas mientras se desarrolla un juicio, a perder el interés en una cuestión que quizás un día lleno de animo o de impulsos a quien litiga observando los costos a los que se halla expuesto y las ataduras que significan no poder resolver a veces otras cuestiones de la vida por sujeción a lo que ocurre en un largo proceso judicial.
Mediante Ley 25.287 se ha prorrogado la obligatoriedad de la mediación por cinco años mas, plazo que se encuentra próximo a vencerse, y como los resultados han sido altamente beneficiosos, es imperioso prorrogarla nuevamente.
Es por ello que solicito la aprobación del presente proyecto.
Graciela Bar.-