Número de Expediente 741/01

Origen Tipo Extracto
741/01 Senado De La Nación Proyecto De Ley CARBONELL : PROYECTO DE LEY DISPONIENDO EL NO PAGO DEL S.A.C. A LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .-
Listado de Autores
Carbonell , Jose Fernando Francisco

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
04-06-2001 13-06-2001 47/2001 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
04-06-2001 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1
03-03-2003 04-03-2003
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 2
03-03-2003 04-03-2003
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 3
03-03-2003 04-03-2003

ORDEN DE GIRO: 1
04-06-2001 28-02-2003

ORDEN DE GIRO: 2
04-06-2001 28-02-2003

ORDEN DE GIRO: 3
04-06-2001 28-02-2003

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003

ENVIADO AL ARCHIVO : 21-04-2003

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-010741: CARBONELL

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°- Por esta única vez y a los efectos previstos en la
presente ley no se abonará el sueldo anual complementario devengado en
el primer semestre del año 2001 y cuyo pago debe realizarse al
vencimiento de este.

Art.- 2° Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para quienes
desempeñen:

a) Cargos electivos en los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

b) Cargos de Ministros, Secretarios y Subsecretarios en el Poder
Ejecutivo y de Secretarios y Prosecretarios del Poder Legislativo.

c) Autoridades superiores de los Bancos Oficiales y de las Empresas del
Estado y de las Sociedades en las que el Estado nacional posea la
mayoría del capital social.

d) Autoridades superiores de la Auditoría y Sindicatura General de la
Nación.

e) Autoridades superiores de los entes que ejerzan el control de las
actividades y/o empresas privatizadas.

f) Autoridades superiores de los organismos descentralizados,
autárquicos y descentralizados de la Administración publica Nacional.

Art. 3°- Los importes resultantes de la aplicación de lo
dispuesto en el artículo anterior se destinará al financiamiento de los
planes sociales en la orden de prioridad que al efecto se declare.

Art. 4°- Invítase al Poder Judicial de la Nación; a los
Gobiernos de Provincias, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y a
las autoridades superiores de la Defensoría del Pueblo y del Ministerio
Públicos a adherir a la presente ley.

Art. 5°- La presente ley es de orden público.

Art. 6°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

José F. Carbonell.-

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE
047/01.

-A las comisiones de Asuntos Administrativos y Municipales, de Asuntos
Constitucionales y de Presupuesto y Hacienda.