Número de Expediente 739/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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739/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | MASSONI : PROYECTO DE DECLARACION DECLARANDO DE INTERES DE ESTE H. CUERPO LAS " GUIAS ALIMENTARIAS PARA LA POBLACION ARGENTINA " , ELABORADO POR LA ASOCIACION ARGENTINA DE DIETISTAS Y NUTRICIONISTAS DIETISTAS . |
Listado de Autores |
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Massoni
, Norberto
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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11-04-2007 | 25-04-2007 | 35/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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17-04-2007 | 28-06-2007 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
17-04-2007 | 28-06-2007 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 31-08-2007
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 08-08-2007 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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432/07 | 29-06-2007 | APROBADA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-739/07)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación
DECLARA:
De interés de este Honorable Cuerpo Legislativo las ¿Guías Alimentarias para la Población Argentina¿ elaborado por la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas.
Norberto Massoni.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
En noviembre del año 2000 la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas publicó las Guías Alimentarias para la Población Argentina.
Este valioso trabajo tiene como objetivo principal ¿alentar el consumo de alimentos variados, corregir los hábitos alimentarios perjudiciales y reforzar aquellos adecuados para mantener la salud¿.
Desde 1930, nutricionistas y profesionales de la salud han procurado cambiar pautas culturales de alimentación a través de una educación alimentaria activa. Conforme el paso del tiempo, el conocimiento científico del cuerpo humano, de sus funciones biológicas y de su relación con los alimentos, los nutricionistas aportaron nuevas conceptos que alteraron los paradigmas de salud y bienestar.
Lamentablemente, los conocimientos revolucionarios con respecto a una alimentación sana no son un bien común sino escaso, al que sólo pueden acceder los sectores de gran poder adquisitivo. Es posible ver todavía, sobre todo en los estratos sociales donde la pobreza es significativa (casi el 50 por ciento de la población argentina) y aún en las clases medias, culturas alimenticias atrasadas 80 años.
La encomiable labor de la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas debe ser reconocida por esta Honorable Cámara de Senadores. Y su voz, profesional y desinteresada, debe ser escuchada.
Cómo y por qué debemos alimentarnos mejor, el diagnóstico de la cultura nutricional argentina y los objetivos fundacionales en la confección y publicación de las Guías, están muy bien expresados en su página web (ver anexo):
VALORES CONSTITUCIONALES DE LAS GUÍAS
Las Guías Alimentarias para la Población Argentina expresan fielmente los valores Constitucionales que esta Honorable Cámara de Senadores defiende.
Ya en el Preámbulo de nuestra Constitución Nacional se establece claramente como obligación de la Nación Argentina ¿promover el bienestar general¿. En su artículo 42 identifica como derecho innegable para los consumidores y usuarios de bienes y servicios, en lo relativo al consumo,¿a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno¿. En el artículo 75, en su inciso 19, establece como obligación del Estado Nacional proveer lo conducente al ¿desarrollo humano, a la investigación, su difusión y aprovechamiento¿.
En el inciso 22 del artículo 75 se define la jerarquía constitucional de los pactos y convenios internacionales. Cabe mencionar entonces el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (suscripto y adherido por la Argentina), que en su artículo 11, inciso 1, expresa ¿el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación (...)¿, e insta a los Estados Partes a tomar ¿medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho (...)¿. En su inciso 2, exhorta a reconocer ¿el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre¿, y para tal efecto adoptar ¿individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos programas concretos¿, entre los que mencionan ¿la divulgación de principios sobre nutrición¿.
Las Guías Alimentarias para la Población Argentina resultan indispensables porque responde contundentemente a todos los requerimientos constitucionales y aquellos pactos y convenios internacionales de jerarquía constitucional (como la Declaración de Derechos Humanos y la Convención de los Derechos del Niño).
Ésta Honorable Cámara de Senadores debe garantizar lo establecido en el artículo 75, inciso 23, de nuestra Constitución Nacional: ¿Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre los derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. Seguridad integral del niño y madre en desamparo. Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia¿.
La acción positiva que afecta los intereses de la responsabilidad legislativa debe materializarse en medidas efectivas, en un hacer concreto.
Por todo lo expuesto y porque las Guías Alimentarias para la Población Argentina responde a los principios Constitucionales, solicito la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Norberto Massoni.
ANEXO:
¿Partiendo del conocimiento de la situación de salud de la población, la disponibilidad, el consumo y las costumbres de elección de los alimentos, se construyó este instrumento educativo en cuyo proceso se cubrieron numerosas instancias de consulta, evaluación y consenso.
¿En La Argentina hay abundancia y variedad de alimentos, sin embargo el principal problema alimentario de muchas personas es la dificultad para acceder a una adecuada alimentación.
¿Dicho acceso depende de los precios de los alimentos y la capacidad de compra basada en los ingresos de la población, y de sus costumbres alimentarias.
¿Con respecto a la situación de salud, en nuestro país conviven dos tipos de problemas nutricionales, unos por exceso y otros por defecto.
¿En el primer caso se encuentran las enfermedades crónicas de alta frecuencia en nuestra población adulta (obesidad, diabetes, hipertensión, problemas cardiovasculares; etc.) donde los estilos de vida relacionados con la alimentación están estrechamente asociados.
¿En el segundo caso, se trata de enfermedades como la desnutrición crónica o la falta de ciertas sustancias nutritivas.
¿Ambos tipos de problemas pueden ser prevenidos con una alimentación adecuada.
¿Al mismo tiempo brindar orientación en la elección de alimentos sanos y en el aprovechamiento del presupuesto familiar, al aprender a comprar y combinar los alimentos de manera correcta.
¿Se trata de recomendaciones generales, diseñadas específicamente, para personas sanas y mayores de dos años de edad¿.
Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas