Número de Expediente 726/06

Origen Tipo Extracto
726/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley CURLETTI : PROYECTO DE LEY SOBRE PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACION CONJUNTA .
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
28-03-2006 05-04-2006 30/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
31-03-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ECONOMÍAS REGIONALES, ECONOMÍA SOCIAL, MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
ORDEN DE GIRO: 1
31-03-2006 28-02-2008

ORDEN DE GIRO: 2
31-03-2006 29-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 24-07-2008

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-726/06)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°: Créase el ¿Programa Nacional de Investigación Conjunta - PNIC¿, el que tendrá como finalidad principal, contribuir a la ¿competencia sistémica¿ de las MIPyMES en el marco de la especialización flexible.

Artículo 2°: A los efectos de la presente se entederá por ¿investigación conjunta¿ aquella que, desarrollada por el Estado, las Universidades, Institutos Tecnológicos Nacionales de la zona o región y las Empresas, se convenga realizar a los fines de crear, fortalecer y posicionar a las MIPyMES, brindándoles la oportunidad de incorporación de tecnologías, modernización de los procesos y colocación del producto.

Artículo 3°: Se entenderá por ¿especialización flexible¿, a la basada en la acumulación de conocimientos y habilidades locales predominantes de la zona, incorporando dimensiones económicas, culturales y ambientales.

Artículo 4°: A los efectos del ¿Programa Nacional de Investigación Conjunta¿, se conformará el ¿Consejo del Programa Nacional¿, en el que participarán:

-El Estado Nacional y los Estados Provinciales que adhieran a la presente, a través sus áreas vinculados con el sector MIPyMES y con la Ciencia y Tecnología;
-Las Universidades Nacionales; los Institutos Nacionales de Investigación, articulando la participación en cada jurisdicción;
-Las entidades representativas del sector MIPyMEs. articulando su participación a nivel local y regional.

Artículo 5°: El ¿Consejo del Programa Nacional¿ participará como facilitador en la organización de los Consejos de Programa Provinciales, los que ejecutarán el PNIC en forma descentralizada dentro de su jurisdicción. Estarán integrados por:
-Las áreas MIPyMES. provinciales o en su defecto quienes designen los ejecutivos provinciales;
-Las Universidades Nacionales; los Institutos Nacionales de Investigación, a través de convenios estén presentes o no en cada jurisdicción;
-Las entidades representativas del sector MIPyMEs. a nivel local y regional.

Artículo 6°: Los Consejos de Programa Provinciales podrán organizar los Consejos de Programa locales, participando en su conformación como facilitadotes de la organización.

Artículo 7°: Son responsabilidades generales del ¿Consejo del Programa¿ en los niveles nacional, provincial y local:

-Evaluar las necesidades locales y regionales para el desarrollo de investigaciones tecnológicas y de otra índole para brindar apoyo a las MIPyMES.
-Favorecer las alianzas y la cooperación interfirmas.
-Formular estrategias de capacitación y programas adecuados a las especificidades regionales.
-Establecer las bases de los ¿acuerdos de investigación conjunta¿, que resulten necesarios, entre las Universidades, Institutos Tecnológicos Nacionales, las empresas y organizaciones de la sociedad civil.

Artículo 8°: Las Universidades e Institutos de Investigación y Tecnología Nacionales que participen en el PNIC incorporarán a su planificación anual, programas específicos contemplando los objetivos del Programa.

Artículo 9°: Por las tareas desarrolladas en los Consejos de Programa Nacional, los funcionarios públicos participantes no tendrán otra remuneración que la que perciben habitualmente, sin de ningún tipo de asignación extra por ningún concepto.

Artículo 10: La Secretaría de las Pequeñas y Medianas Empresas -PyMES.- tendrá bajo su responsabilidad directa proceder a la convocatoria del Consejo de Programa Nacional, creado según el artículo 4°, el que funcionará dentro de su ámbito.

Artículo 11: La Secretaria PyMEs. abrirá un registro nacional de cooperación empresarial, a aquellas empresas que presenten potencialidades para la conformación de alianzas interfirmas.

Artículo 12: El Poder Ejecutivo Nacional procederá a reglamentar la presente dentro de los noventa -90- días de su promulgación.

Artículo 13: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mirian Curletti.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El presente Proyecto de Ley tiene como finalidad posicionar al sector de las MIPyMES, fortaleciéndolo en un contexto de crisis generalizada y mercados emergentes donde, la competitividad, resulta difícil de no mediar políticas que las faciliten y promuevan.

Desde una perspectiva interdisciplinaria, aparece la ¿teoría de la especialización flexible¿ la que superando el modelo de producción ¿fordista¿ basa su vigencia en la acumulación de conocimientos y habilidades locales, relacionadas con la producción predominante en la zona.

Los beneficios de la ¿especialización flexible¿, dieron resultado en el noreste italiano donde redes de PyMES altamente flexibles, compiten con éxito en mercados mundiales merced a que aplican la última tecnología al proceso de diseño y producción.

Las firmas operan del siguiente modo: las PymES se integran en consorcios para la compra de insumos, obtención de créditos y tecnología conjunta en el caso en que la economía de escala individual no lo permita.

La investigación aplicada es suministrada por las universidades locales y por institutos técnicos de la zona o la región.

Los gobiernos locales, armonizan la legislación en materia laboral o contractual y propician el marco regulatorio de resolución de conflictos interfirmas.

La flexibilidad y adaptabilidad de la cooperación interfirmas, se basa en la acumulación local de conocimiento pero fundamentalmente, en las políticas públicas que alentaron la conformación de redes PyMES para superar las economías de escala trabajando en conjunto.

Distintos autores, coinciden en señalar que una de las precondiciones que hicieron posible el éxito de estas empresas, fue la existencia de una fuerte relación intercomunitaria y familiar lo que permitió a las firmas, ejercitar relaciones de cooperación tanto entre ellas, como en el resto de los actores sociales.

Esta base de cooperación, se nutre en la concreción de valores locales que enfatizan el consenso y promueven compromisos que ¿atemperan los excesos de las relaciones puras del mercado¿.

Dado que el contexto del Mercosur, presenta para las PyMES un cambio en los paradigmas de competitividad, es factible encarar entre la macro y la microeconomía, de modo tal de facilitar la inserción de firmas en mercados emergentes.

La experiencia argentina emparentada con la ¿especialización flexible¿ del modelo italiano, ha sido desarrollada en Rafaela donde se ha creado una fuerte estructura PyMES en el sector agroalimentario y metalmecánico que evidencia, respecto al resto de los sectores del país, un grado de desarrollo y competitividad superiores.

Rafalela, localidad en la que ha sido posible realizar constataciones respecto a cómo el entramado social sostiene y dinamiza el proceso de crecimiento y competitividad, viene nutriéndose de la fortaleza regional y recibiendo cooperación de instituciones gubernamentales y organismos tales como la ¿Fundación para el Desarrollo Regional¿ destinadas al fortalecimiento del sector gerencial de las firmas.

Tal como lo evidencian los resultados, las relaciones de cooperación son fundamentales para consolidar un modelo flexible. La experiencia internacional señala que avanzar competitivamente, implica incorporar tanto el progreso técnico, como recursos humanos calificados, signo de que el crecimiento y la educación se correlacionan.

Existe consenso en cuanto a que las ventajas comparativas de precios por si solas, no son suficientes para adquirir competitividad internacional: La calidad de los productos, la entrega en término, la adaptación a las tendencias de la moda, el packaging, el marketing, la compatibilidad ambiental son determinantes al momento de generar negocios. Asimismo, el cumplimiento de normas técnicas adquiere un significado especial que en el nivel empresarial deben tener presente.

El modo de posicionar a las MIPyMEs. en el mercado sí bien requiere de políticas inducidas a nivel gubernamental, se relaciona con estrategias propias que se vinculan con: 1) el desarrollo de nuevos conceptos en materia de logística y gestión de producción para incrementar la actividad; 2) identificación de proveedores eficientes que fortalezcan la cadena de competencia; 3) uso racional de los recursos aplicando los conceptos de ¿lean producción¿ y ¿total quality management¿; 4) incorporación de modernos procesos de producción; 5) formas de organización flexibles y eficientes; 6) apertura hacia la cooperación empresarial reales integradas.

La instrumentación de la dimensión intermedia entre la política macro y la micro economía, decide sólo en parte, respecto al grado de competitividad y el desarrollo industrial.

Es necesario acompañar con una infraestructura institucional donde interactúan tanto el sector privado como el público, como ¿una competencia sistemática¿ que complemente las incumbencias tanto del estado, como las que compete a las organizaciones no gubernamentales.

Las nuevas exigencias enfrentan al sector industrial y a las PyMES en particular, con desafíos que es necesario resolver adecuadamente dado el rol que estas empresas, asumen en el desarrollo regional.

La adopción por parte del gobierno nacional, de un modelo de crecimiento de perfil industrial y el impulso a las organizaciones en red para las PyMES, se fortalece con la experiencia que, tanto el modelo italiano, como el caso de Rafaela, aportan en cuanto a competitividad de las firmas.

Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.

Mirian Curletti.-