Número de Expediente 724/03

Origen Tipo Extracto
724/03 Senado De La Nación Proyecto De Declaración FERNANDEZ DE KIRCHNER : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO A LA CELEBRACION DEL 150° ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCION NACIONAL .-
Listado de Autores
Fernández de Kirchner , Cristina E.

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
06-05-2003 28-05-2003 48/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
07-05-2003 09-06-2003

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
07-05-2003 09-06-2003

ENVIADO AL ARCHIVO : 16-07-2003

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 02-07-2003
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
146/03 18-06-2003 CADUCA POR RENOV. BIENAL Sin Anexo
En proceso de carga
SENADO DE LA NACIÓN
SECRETARÍA PARLAMENTARIA
DIRECCIÓN PUBLICACIONES

(S-724/03)

PROYECTO DE DECLARACION

El Senado de la Nación


DECLARA

La importancia, trascendencia y vigencia de la Constitución Nacional al
haberse cumplido el 1° de mayo próximo pasado ciento cincuenta años de
su firma y rinde homenaje a todos aquellos que lucharon para dotar al
país de una ley fundamental que reconoce los derechos esenciales de las
personas y fija las reglas básicas para organizar el poder, y a todos
los que diariamente velan por respetar, aplicar y hacer prevalecer sus
principios.

Graciela Fernández de Kirchner.-

Fundamentos

Señor Presidente:

El 1° de mayo próximo pasado se cumplieron ciento cincuenta años de la
firma de la Constitución Nacional.

No fue fácil el proceso que debió transitar nuestro país para poder
contar con una ley jurídica suprema y obligatoria que defina los
objetivos fundamentales del Estado.

Derrotado en Caseros el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Don
Juan Manuel de Rosas, el 3 de febrero de 1852 y por iniciativa del
triunfante gobernador de la provincia de Entre Ríos, Don Justo José de
Urquiza, se firmó el 31 de mayo de ese año el fundamental Acuerdo de
San Nicolás de los Arroyos, pieza jurídica que convocó a un Congreso
General Constituyente en la ciudad de Santa Fe, con dos representantes
por cada una de las entonces catorce provincias. El Congreso tuvo su
sesión inaugural el 20 de noviembre de 1852, aunque a éste no concurrió
la provincia de Buenos Aires, separada de la Confederación Argentina a
raíz de la revolución del 11 de septiembre de 1852.
El Congreso sesionó pocos meses. El 24 de diciembre de 1852 designó a
la comisión redactora del proyecto constitucional, que nucleó durante
su gestión a los constituyentes Leiva, Gutiérrez, Gorostiaga, Díaz
Colodrero, Ferré, Derqui, Zapata, Zavalía y del Campillo. El 18 de
abril de 1853 se presentó el proyecto de Constitución, en cuyo texto la
pluma de Gorostiaga fue decisiva.

Es importante señalar que tal vez los documentos más influyentes para
la formulación del texto constitucional fueron el Proyecto de
Constitución publicado por Juan Bautista Alberdi en la segunda edición
de sus "Bases y puntos de partida para la organización política de la
República Argentina" y la ley fundamental de los Estados Unidos de
Norteamérica.

Las deliberaciones de la asamblea constituyente fueron breves: se
llevaron a cabo del 20 al 30 de abril de 1853, ya que la Constitución
se firmó el 1° de mayo y fue promulgada por el General Urquiza,
Director de la Confederación Argentina, el 25 de mayo del mismo año,
produciéndose finalmente su jura en las provincias -con excepción de la
de Buenos Aires- el 9 de julio de 1853.

Desde entonces se llevó adelante un proceso para dotar a la sociedad de
las instituciones y de las normas capaces de construir el futuro. Con
la Constitución nuestros grandes hombres han gobernado para poblar el
país y para educar al pueblo. Sobre esta base, se amplió la legitimidad
del orden político con el voto universal y obligatorio.

Pero, la estabilidad política fundada en la obediencia de las reglas
constitutivas de nuestras instituciones se quebró por primera vez en
1930, dándose inicio a una trágica serie de golpes de Estado que
culminaron con la última dictadura militar en el año 1983.

Como consecuencia de los golpes militares y de la transgresión a los
procesos constitucionales, se torna imperioso e ineludible resguardar y
obedecer la norma que fundamenta el orden político nacional y que
otorga un conjunto de derechos básicos a los habitantes del país a fin
de evitar padecer nuevamente períodos de inestabilidad institucional
que tanto mal han causado a nuestra República.

Sin embargo, cabe advertir que la Constitución no tiene por sí misma
virtudes mágicas, y que su condición de ley suprema fluye de un
comportamiento social -de gobernantes y gobernados- acorde con su letra
y con su espíritu. Es la conducta del pueblo dispuesto a vivir bajo la
legalidad constitucional lo que da vigencia, valor y dignidad a la
Constitución .

En definitiva, cabe combinar dos ideas claves: respetar y repensar a la
Constitución. Respetarla, mediante el cumplimiento leal de sus
principios y dispositivos. Repensarla, para afianzarla en su ideario de
bien común, de justicia, libertad, igualdad, orden, moral pública,
cooperación, paz y unión nacional. Perfeccionarla, en síntesis, para
robustecerla y recomponer así a una sociedad que está conflictuada y
dividida, entendiendo que la Constitución Nacional constituye el
soporte de nuestro Estado de Derecho, como marco regulatorio de una
coexistencia pluralista y participativa.

Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación de este
proyecto de declaración.

Graciela Fernández de Kirchner.-