Número de Expediente 709/99
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
709/99 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ZALAZAR : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LO QUE RESPECTA A LOS RECURSOS INTERPUESTOS CONTRA RESOLUCIONES DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS .- |
Listado de Autores |
---|
Zalazar
, Horacio Anibal
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
13-05-1999 | 09-06-1999 | 37/1999 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
13-05-1999 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
14-05-1999 | 28-02-2001 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
14-05-1999 | 28-02-2001 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2001
ENVIADO AL ARCHIVO : 06-04-2001
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-99-0709: ZALAZAR
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Modifícase el inciso b) del artículo 39 bis del
Decreto Ley 1285/58, modificado por la lay 24.463, que quedará
redactado de la siguiente forma:
Artículo 39 bis: La Cámara Federal de la Seguridad conocerá:
b) En los recursos interpuestos contra resoluciones que dicte la
Administración Federal de Ingresos Públicos que denieguen total o
parcialmente impugnaciones de deuda determinadas por el citado
organismo en ejercicio de las funciones asignadas por el decrteo
507/93, siempre que en el plazo de su interposición se hubiere
depositado el importe resultante de la resolución impugnada. Exímase de
la obligación de efectuar el depósito a las personas de existencia
visible, a las asociaciones civiles sin fines de lucro y a las empresas
de la Ley 24.467.
Art. 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Horacio A. Zalazar.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
DAE 37/99.
-A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Trabajo y
Previsión Social.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-99-0709: ZALAZAR
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Modifícase el inciso b) del artículo 39 bis del
Decreto Ley 1285/58, modificado por la lay 24.463, que quedará
redactado de la siguiente forma:
Artículo 39 bis: La Cámara Federal de la Seguridad conocerá:
b) En los recursos interpuestos contra resoluciones que dicte la
Administración Federal de Ingresos Públicos que denieguen total o
parcialmente impugnaciones de deuda determinadas por el citado
organismo en ejercicio de las funciones asignadas por el decrteo
507/93, siempre que en el plazo de su interposición se hubiere
depositado el importe resultante de la resolución impugnada. Exímase de
la obligación de efectuar el depósito a las personas de existencia
visible, a las asociaciones civiles sin fines de lucro y a las empresas
de la Ley 24.467.
Art. 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Horacio A. Zalazar.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
DAE 37/99.
-A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Trabajo y
Previsión Social.