Número de Expediente 678/92

Origen Tipo Extracto
678/92 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación BRAVO Y POSLEMAN : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INCLUIR DENTRO DEL ANEXO IX, SECCION 2DA. (CONTRATOS DE CONTINUACION OBLIGATORIA) DEL CITADO PLIEGO, LOS CELEBRADOS ENTRE OBRAS SANITARIAS DE LA NACION Y LOS PROVEEDORES DE SULFATO DE ALUMINIO NATURAL, DERIVADOS DEL CONVENIO CELEBRADO CON LA PCIA. DE SAN JUAN.
Listado de Autores
Bravo , Leopoldo
Posleman , Eduardo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-09-1992 02-09-1992 98/1992 Tipo: NORMAL

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 02-09-1992
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE 367/92 29-10-1992
En proceso de carga

S-678-92: BRAVO Y POSLEMAN

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional -visto el pliego
de bases y condiciones generales y particulares del llamado a licitación
para la privatización de la empresa Obras Sanitarias de la Nación- proceda
a :

1°- Incluir dentro del anexo IX. sección 2° -denominada "Contratos
de continuación obligatoria"- del citado pliego, los celebrados entre Obras
Sanitarias de la Nación y los proveedores de sulfato de aluminio natural,
derivados del convenio firmado en 1984 entre aquella empresa y la provincia
de San Juan y que por las actuales condiciones figuran dentro de la sección
1° del antes referido anexo.

2°- Arbitrar las más urgentes y útiles medidas para que los
oferentes al concurso público puedan tomar conocimiento de las nuevas
condiciones, haciendo las correcciones que fueran necesarias en la fecha de
apertura del sobre número 1 para el cumplimiento de aquellos fines.

Leopoldo Bravo.- Eduardo A. Posleman.

FUNDAMENTOS

LOS FUNDAMENTOS DEL PRESENTE PROYECTO DE COMUNICACION, SE
ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE N°98./92.

A las comisiones de Asuntos Administrativos y Municipales, de
Economías Regionales, de Minería y para conocimiento de la comisión creada
por ley 23.696.