Número de Expediente 661/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
661/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | CURLETTI Y OTROS : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO A LA CONMEMORACION DEL DIA INTERNACIONAL DE ACCION POR LA SALUD DE LA MUJER . |
Listado de Autores |
---|
Curletti
, Mirian Belén
|
Losada
, Mario Aníbal
|
Mastandrea
, Alicia Ester
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
25-03-2004 | 31-03-2004 | 42/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
26-03-2004 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
29-03-2004 | 28-02-2006 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006
ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-0006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0661/04)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación,
DECLARA:
Adhiere a la conmemoración del 28 de Mayo, Día Internacional de Acción
por la Salud de la Mujer, instando a que en el marco de la definición
de la Organización Mundial de la Salud -OMS-, mediante medidas de
acción en distintos ámbitos, como la educación y la salud, se promueva
el derecho a la salud de las mujeres como un derecho de ciudadanía.
Mirian Curletti.- Mario A. Losada.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, se conmemora
el 28 de Mayo de cada año, con el objeto de difundir y promover los
derechos de mujeres y niñas a vivir una vida saludable, en el marco de
la definición OMS: "la salud es el estado de bienestar físico, mental y
social y no meramente la ausencia de enfermedad" -de la definición
oficial de la Organización Mundial de la Salud, sitio www.who.org-
El derecho a la salud es un derecho humano inalienable y fundamental
que tienen todos y cada uno de los seres humanos sin distinción de
raza, religión, creencia política, condición social o económica. En un
concepto ampliado de lo que supone la ciudadanía, el ejercicio pleno de
los derechos civiles y políticos, se ha incorporado a los derechos
sociales, culturales, económicos y el derecho a la salud, en particular
el derecho a la salud de mujeres y niñas.
Según la declaración de la Cumbre de Derechos Humanos de Viena -1993-,
los derechos humanos de las mujeres son también derechos humanos. Este
reconocimiento, aunque resulte culturalmente redundante, no hace mas
que actualizar los tratados y declaraciones internacionales de derechos
humanos incorporando explícitamente a mujeres, niñas y niños, quienes
resultaban, de hecho, invisibilizados por los genéricos masculinos
utilizados en los documentos internacionales desde 1945, en los que
erróneamente se interpretaba al "hombre" como el único "sujeto de
derecho".
A través de un curso de acción abierto por organizaciones no
gubernamentales y redes de mujeres en el mundo, los documentos
internacionales se fueron haciendo sensibles a la perspectiva de género
y una utilización adecuada de un lenguaje inclusivo y no sexista.
Algunas de estas organizaciones reunidas en la Red de Salud de Mujeres
de América Latina y el Caribe han establecido desde 1987 el Día
Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, en ocasión de su V
Encuentro Internacional celebrado en Costa Rica.
Desde entonces, cada año es utilizado para activar en la defensa de los
derechos a la salud de las mujeres, sin exclusiones y a lo largo de su
vida.
Este año el llamamiento esta destinado a: promover el derecho a la
salud como un derecho de ciudadanía, a impulsar la responsabilidad que
tienen los Estados de proveer las condiciones necesarias para el
ejercicio de ese derecho, y sensibilizar a la sociedad en general, y
en particular a las mujeres, de la importancia del ejercicio ciudadano,
es decir, que las mujeres sean reconocidas y se reconozcan a si mismas
como sujetas de derechos, con capacidad para exigir el respeto de los
mismos y para apropiarse de las leyes que los cautelan.
En este concepto de la salud de la mujer, quedan comprendidos los
derechos a la salud sexual y reproductiva, que en la República
Argentina y en la gran mayoría de los estados provinciales y en la
Ciudad de Buenos Aires cuentan con leyes que protegen su ejercicio.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Mirian Curletti.- Alicia E. Mastandrea.- Mario A. Losada.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0661/04)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación,
DECLARA:
Adhiere a la conmemoración del 28 de Mayo, Día Internacional de Acción
por la Salud de la Mujer, instando a que en el marco de la definición
de la Organización Mundial de la Salud -OMS-, mediante medidas de
acción en distintos ámbitos, como la educación y la salud, se promueva
el derecho a la salud de las mujeres como un derecho de ciudadanía.
Mirian Curletti.- Mario A. Losada.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, se conmemora
el 28 de Mayo de cada año, con el objeto de difundir y promover los
derechos de mujeres y niñas a vivir una vida saludable, en el marco de
la definición OMS: "la salud es el estado de bienestar físico, mental y
social y no meramente la ausencia de enfermedad" -de la definición
oficial de la Organización Mundial de la Salud, sitio www.who.org-
El derecho a la salud es un derecho humano inalienable y fundamental
que tienen todos y cada uno de los seres humanos sin distinción de
raza, religión, creencia política, condición social o económica. En un
concepto ampliado de lo que supone la ciudadanía, el ejercicio pleno de
los derechos civiles y políticos, se ha incorporado a los derechos
sociales, culturales, económicos y el derecho a la salud, en particular
el derecho a la salud de mujeres y niñas.
Según la declaración de la Cumbre de Derechos Humanos de Viena -1993-,
los derechos humanos de las mujeres son también derechos humanos. Este
reconocimiento, aunque resulte culturalmente redundante, no hace mas
que actualizar los tratados y declaraciones internacionales de derechos
humanos incorporando explícitamente a mujeres, niñas y niños, quienes
resultaban, de hecho, invisibilizados por los genéricos masculinos
utilizados en los documentos internacionales desde 1945, en los que
erróneamente se interpretaba al "hombre" como el único "sujeto de
derecho".
A través de un curso de acción abierto por organizaciones no
gubernamentales y redes de mujeres en el mundo, los documentos
internacionales se fueron haciendo sensibles a la perspectiva de género
y una utilización adecuada de un lenguaje inclusivo y no sexista.
Algunas de estas organizaciones reunidas en la Red de Salud de Mujeres
de América Latina y el Caribe han establecido desde 1987 el Día
Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, en ocasión de su V
Encuentro Internacional celebrado en Costa Rica.
Desde entonces, cada año es utilizado para activar en la defensa de los
derechos a la salud de las mujeres, sin exclusiones y a lo largo de su
vida.
Este año el llamamiento esta destinado a: promover el derecho a la
salud como un derecho de ciudadanía, a impulsar la responsabilidad que
tienen los Estados de proveer las condiciones necesarias para el
ejercicio de ese derecho, y sensibilizar a la sociedad en general, y
en particular a las mujeres, de la importancia del ejercicio ciudadano,
es decir, que las mujeres sean reconocidas y se reconozcan a si mismas
como sujetas de derechos, con capacidad para exigir el respeto de los
mismos y para apropiarse de las leyes que los cautelan.
En este concepto de la salud de la mujer, quedan comprendidos los
derechos a la salud sexual y reproductiva, que en la República
Argentina y en la gran mayoría de los estados provinciales y en la
Ciudad de Buenos Aires cuentan con leyes que protegen su ejercicio.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Mirian Curletti.- Alicia E. Mastandrea.- Mario A. Losada.-