Número de Expediente 659/00
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
659/00 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | RAIJER : PROYECTO DE LEY SOBRE APLICACION DE LA LEY DE CUPO FEMENINO EN LA ELECCION DE SENADORES . |
Listado de Autores |
---|
Raijer
, Beatriz Irma
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
19-04-2000 | 10-05-2000 | 32/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
19-04-2000 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
24-04-2000 | 28-02-2002 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2002
ENVIADO AL ARCHIVO : 03-04-2002
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0659:RAIJER.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
COMPOSICION DEL SENADO DE LA NACION
Artículo 1°.- A los fines de integrar las listas de candidatos
a ser electos en forma directa y conjunta para Senadores de la Nación,
se considerará de aplicación lo establecido en la ley 24.012 sobre Cupo
Femenino y en su Decreto Reglamentario N° 379/93, según lo prescripto
en el artículo 2° y Tabla Anexa y en el artículo 5°.
Art. 2°.- En consecuencia, las listas de candidatos a
Senadoras/es de la Nación, a partir de las elecciones de 2001, tal como
lo establece la Constitución Nacional en su artículo 54 Capítulo
Segundo, deberán estar conformadas de la siguiente manera:
Cargos titulares: una mujer y un varón o viceversa
Cargos suplentes: una mujer y un varón o viceversa.
Art. 3°.- La Justicia Electoral no oficializará, en ningún caso
la lista de candidatos a Senadoras/es que incumplimiento con los
requisitos establecidos provinciales, que no respeten el cupo
establecido.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Beatriz Raijer.
LOS FUDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 032/00.
-A la Comisión de Asuntos
Constitucionales.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0659:RAIJER.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
COMPOSICION DEL SENADO DE LA NACION
Artículo 1°.- A los fines de integrar las listas de candidatos
a ser electos en forma directa y conjunta para Senadores de la Nación,
se considerará de aplicación lo establecido en la ley 24.012 sobre Cupo
Femenino y en su Decreto Reglamentario N° 379/93, según lo prescripto
en el artículo 2° y Tabla Anexa y en el artículo 5°.
Art. 2°.- En consecuencia, las listas de candidatos a
Senadoras/es de la Nación, a partir de las elecciones de 2001, tal como
lo establece la Constitución Nacional en su artículo 54 Capítulo
Segundo, deberán estar conformadas de la siguiente manera:
Cargos titulares: una mujer y un varón o viceversa
Cargos suplentes: una mujer y un varón o viceversa.
Art. 3°.- La Justicia Electoral no oficializará, en ningún caso
la lista de candidatos a Senadoras/es que incumplimiento con los
requisitos establecidos provinciales, que no respeten el cupo
establecido.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Beatriz Raijer.
LOS FUDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 032/00.
-A la Comisión de Asuntos
Constitucionales.