Número de Expediente 646/95
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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646/95 | Senado De La Nación | Proyecto De Resolución | LOSADA Y HUMADA : PROYECTO DE RESOLUCION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LAS DECLARACIONES PUBLICAS DEL PRESIDENTE DE LA NACION Y DEL MINISTRO DE ECONOMIA RELATIVAS A LA APERTURA DEL PROCESO LICITATORIO PARA LA CONSTRUCCION DE LA REPRESA YACYRETA |
Listado de Autores |
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Losada
, Mario Aníbal
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Humada
, Julio Cesar
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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22-06-1995 | 28-06-1995 | 51/1995 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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22-06-1995 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
23-06-1995 | 28-02-1997 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
23-06-1995 | 28-02-1997 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1997
ENVIADO AL ARCHIVO : 28-04-1997
OBSERVACIONES |
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PARA CONOCIMIENTO LEY 23696 Y COMISION DEL MERCOSUR 23/06/95 |
En proceso de carga
S-95-0646:LOSADA Y HUMADA.
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional con motivo de las
declaraciones públicas del señor Presidente de la Nación y del señor
Ministro de Economía relativas a la apertura del proceso licitatorio para
la construcción de la represa de "Corpus", con el objeto de que informe a
este Honorable Cuerpo, sobre las siguientes cuestiones:
1.- Si se ha concertado efectivamente dicho acuerdo con la hermana
República del Paraguay a los efectos de poner en marcha el proceso
licitatorio, acompañando en su caso los instrumentos que documenten tal
decisión.
2.- Si se han efectuado las consultas pertinentes con la provincia
de Misiones a los efectos de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por
el art. 124 de la Constitución Nacional, concordante con el art. 58 de la
Constitución de la provincia de Misiones, de modo que se respeten
acabadamente la propiedad exclusiva provincial sobre los recursos naturales
y los legítimos intereses de sus pobladores.
3.- En el caso de no haberse cumplimentado estos requisitos se
proceda a la anulación de dicho acuerdo por constituir una flagrante
violación a los marcos jurídicos y constitucionales vigentes.
Mario A. Losada. - Julio C. Humada.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE RESOLUCION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL D.A.E. 51/95.
-A las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto de Asuntos
Constitucionales y para conocimiento de las comisiones del Mercosur y de la
creada por ley 23.696.