Número de Expediente 632/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
632/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MARTINAZZO : PROYECTO DE LEY SOBRE RECONOCIMIENTO DE LA LENGUA DE SEÑAS . |
Listado de Autores |
---|
Martinazzo
, Luis Eduardo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
23-03-2004 | 31-03-2004 | 41/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
24-03-2004 | 05-11-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
20-12-2005 | 28-02-2006 |
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
24-03-2004 | 05-11-2004 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006
ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-0006
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
1534/04 | 08-11-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0632/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Se reconoce oficialmente la Lengua de Señas como lengua y
medio de comunicación para las personas con necesidades especiales
auditivas.
Art. 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Luis E. Martinazzo.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
No sólo el mandato que el pueblo nos
delegó a través del voto sino también la gracia de Dios nos ha
privilegiado a quienes periódicamente debatimos en este Senado de la
Nación. Somos privilegiados por tener una herramienta fundamental para
la confrontación de ideas, que nos iguala incluso en el disenso.
Sin embargo, mientras abogamos por garantizar los derechos que la
Constitución Nacional estipula para nuestros conciudadanos, muchos de
ellos permanecen condenados al exilio del silencio dentro de nuestro
territorio.
Hay argentinos excluidos que no reconocen el peligro cuando una
sirena suena, que no se enteran de que alguien está golpeando la puerta
o tocando un timbre, llamar una ambulancia, que no tienen acceso a la
alegría de la música y -por dar sólo un ejemplo más de desigualdad- que
ni siquiera pueden aprovechar la inmediatez informativa de la radio o
la televisión. Datos de las distintas asociaciones de sordos adultos
revelan la existencia de aproximadamente 2.700.000 personas con
dificultades auditivas en nuestro país.
Son personas sordas e hipoacúsicas. Sólo eso. Pero no son ni más ni
menos argentinos que cualquiera de nosotros. Y como tales, tienen el
mismo derecho que nosotros a ser iguales ante la ley, y
-consecuentemente- a participar de todas las instancias de la vida en
comunidad en pie de igualdad con el resto de sus compatriotas. La
Constitución Nacional prevé ese derecho.
Es nuestro deber legislar y promover medidas de acción positiva que
garanticen la igualdad de oportunidades y de trato, y el pleno goce y
ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y
por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en
particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las
personas con capacidades diferentes.
Las señas del idioma no son hechas al azar, ha sido reconocida como
"Lengua" en el año 1985 por la ONU. Son sistemáticas y tienen normas
de gramática, al igual que las lenguas orales. La Lengua de Señas es
en un sentido de vocabulario único. Tiene elementos distintos de
cualquier otra lengua de signos, pero de similar gramática y otros
comunes con todas las lenguas de señas del mundo. Cabe aclarar, que
oficializar la lengua de señas no interfiere con el aspecto foniátrico
de estas personas. Por el contrario, investigaciones realizadas en
varios países han demostrado que el uso del mencionado lenguaje amplía
la posibilidad de comunicación y comprensión de la lengua del país
natal.
Es en ese camino, que proponemos el reconocimiento de la Lengua de
Señas como lengua hablada por la comunidad sorda. Para el colectivo de
las personas sordas, las barreras físicas no suponen obstáculos para el
desarrollo normal de sus actividades. Los problemas de accesibilidad
vienen dados por aquello que conlleva una necesidad de información, que
genera barreras en la comunicación que son las que imposibilitan su
autonomía y su total integración.
"Los sordomudos consiguen, por lo demás, en su vida colectiva
propia, la elaboración de un mensaje por gestos, de un vivo interés,
que es a la vez social y surgido de los significantes de carácter
imitativo que intervienen bajo una forma individual; este lenguaje por
gesto constituiría con sus propiedades de eficacia adaptativas y no
lúdicas una forma independiente y original de función semiótica." (J.
Piaget. Psicología del Niño Edl Morata. Edición 1972, Madrid España).
Por otra parte, la carencia de oportunidades que padecen las
personas sordas por la ausencia de conocimiento sobre su realidad
lingüística no se limita a los aspectos antes mencionados, sino que se
extiende a otras situaciones tales como que, en hospitales, en
comisarías, no existen intérpretes de lenguas de señas para auxiliar,
no sólo a la persona sorda, sino a los profesionales que intervienen.
La sordera es mucho más que una disfunción y un diagnóstico, pues
entre las personas que conforman esta población se entrelazan
estrechamente factores de índole emocional, social y lingüístico. "En
este sentido las personas sordas son individuos bilingües y
biculturales por pertenecer a la cultura oyente y como a la no oyente y
por tener dos lenguas: la lengua oral y escrita del país nativo y la
lengua de señas" (Alvaro Marchesi "El desarrollo cognitivo y
lingüístico de los niños sordos" "Psicología y Educación" Tomo 3 Ed.
Alianza 1996 España).
Finalmente, es cierto que la brecha de la desigualdad es enorme y
requiere muchas (muchísimas) acciones en este sentido. No obstante
ello, reconocer la lengua de señas argentina como lenguaje oficial en
nuestro país significa establecer la piedra fundamental de esta
construcción en la que no se puede ni se debe cejar. Es una decisión
capital para la integración de aquellos argentinos que si bien, no
podrán escuchar el sonido que sus propias palmas produzcan al batirse
cuando aplaudan el voto positivo de esta Cámara sí lo sentirán en sus
corazones.
Por lo expuesto, señor Presidente, es que solicito a mis pares la
aprobación del presente proyecto.
Luis E. Martinazzo.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0632/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Se reconoce oficialmente la Lengua de Señas como lengua y
medio de comunicación para las personas con necesidades especiales
auditivas.
Art. 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Luis E. Martinazzo.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
No sólo el mandato que el pueblo nos
delegó a través del voto sino también la gracia de Dios nos ha
privilegiado a quienes periódicamente debatimos en este Senado de la
Nación. Somos privilegiados por tener una herramienta fundamental para
la confrontación de ideas, que nos iguala incluso en el disenso.
Sin embargo, mientras abogamos por garantizar los derechos que la
Constitución Nacional estipula para nuestros conciudadanos, muchos de
ellos permanecen condenados al exilio del silencio dentro de nuestro
territorio.
Hay argentinos excluidos que no reconocen el peligro cuando una
sirena suena, que no se enteran de que alguien está golpeando la puerta
o tocando un timbre, llamar una ambulancia, que no tienen acceso a la
alegría de la música y -por dar sólo un ejemplo más de desigualdad- que
ni siquiera pueden aprovechar la inmediatez informativa de la radio o
la televisión. Datos de las distintas asociaciones de sordos adultos
revelan la existencia de aproximadamente 2.700.000 personas con
dificultades auditivas en nuestro país.
Son personas sordas e hipoacúsicas. Sólo eso. Pero no son ni más ni
menos argentinos que cualquiera de nosotros. Y como tales, tienen el
mismo derecho que nosotros a ser iguales ante la ley, y
-consecuentemente- a participar de todas las instancias de la vida en
comunidad en pie de igualdad con el resto de sus compatriotas. La
Constitución Nacional prevé ese derecho.
Es nuestro deber legislar y promover medidas de acción positiva que
garanticen la igualdad de oportunidades y de trato, y el pleno goce y
ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y
por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en
particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las
personas con capacidades diferentes.
Las señas del idioma no son hechas al azar, ha sido reconocida como
"Lengua" en el año 1985 por la ONU. Son sistemáticas y tienen normas
de gramática, al igual que las lenguas orales. La Lengua de Señas es
en un sentido de vocabulario único. Tiene elementos distintos de
cualquier otra lengua de signos, pero de similar gramática y otros
comunes con todas las lenguas de señas del mundo. Cabe aclarar, que
oficializar la lengua de señas no interfiere con el aspecto foniátrico
de estas personas. Por el contrario, investigaciones realizadas en
varios países han demostrado que el uso del mencionado lenguaje amplía
la posibilidad de comunicación y comprensión de la lengua del país
natal.
Es en ese camino, que proponemos el reconocimiento de la Lengua de
Señas como lengua hablada por la comunidad sorda. Para el colectivo de
las personas sordas, las barreras físicas no suponen obstáculos para el
desarrollo normal de sus actividades. Los problemas de accesibilidad
vienen dados por aquello que conlleva una necesidad de información, que
genera barreras en la comunicación que son las que imposibilitan su
autonomía y su total integración.
"Los sordomudos consiguen, por lo demás, en su vida colectiva
propia, la elaboración de un mensaje por gestos, de un vivo interés,
que es a la vez social y surgido de los significantes de carácter
imitativo que intervienen bajo una forma individual; este lenguaje por
gesto constituiría con sus propiedades de eficacia adaptativas y no
lúdicas una forma independiente y original de función semiótica." (J.
Piaget. Psicología del Niño Edl Morata. Edición 1972, Madrid España).
Por otra parte, la carencia de oportunidades que padecen las
personas sordas por la ausencia de conocimiento sobre su realidad
lingüística no se limita a los aspectos antes mencionados, sino que se
extiende a otras situaciones tales como que, en hospitales, en
comisarías, no existen intérpretes de lenguas de señas para auxiliar,
no sólo a la persona sorda, sino a los profesionales que intervienen.
La sordera es mucho más que una disfunción y un diagnóstico, pues
entre las personas que conforman esta población se entrelazan
estrechamente factores de índole emocional, social y lingüístico. "En
este sentido las personas sordas son individuos bilingües y
biculturales por pertenecer a la cultura oyente y como a la no oyente y
por tener dos lenguas: la lengua oral y escrita del país nativo y la
lengua de señas" (Alvaro Marchesi "El desarrollo cognitivo y
lingüístico de los niños sordos" "Psicología y Educación" Tomo 3 Ed.
Alianza 1996 España).
Finalmente, es cierto que la brecha de la desigualdad es enorme y
requiere muchas (muchísimas) acciones en este sentido. No obstante
ello, reconocer la lengua de señas argentina como lenguaje oficial en
nuestro país significa establecer la piedra fundamental de esta
construcción en la que no se puede ni se debe cejar. Es una decisión
capital para la integración de aquellos argentinos que si bien, no
podrán escuchar el sonido que sus propias palmas produzcan al batirse
cuando aplaudan el voto positivo de esta Cámara sí lo sentirán en sus
corazones.
Por lo expuesto, señor Presidente, es que solicito a mis pares la
aprobación del presente proyecto.
Luis E. Martinazzo.-