Número de Expediente 624/95
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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624/95 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | BORDON : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE EL PRINCIPIO DE ACUERDO ARRIBADO EN LONDRES ENTRE NUESTROS REPRESENTANTES DIPLOMATICOS Y LOS DEL GOBIERNO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA SOBRE EXPLOTACION PETROLERA EN LAS AGUAS ADYACENTES DE LAS ISLAS MALVINAS |
Listado de Autores |
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Bordon
, Jose Octavio
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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21-06-1995 | 28-06-1995 | 49/1995 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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22-06-1995 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
23-06-1995 | 28-02-1997 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
23-06-1995 | 28-02-1997 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1997
ENVIADO AL ARCHIVO : 28-04-1997
En proceso de carga
S-95-0624:BORDON
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, informe
con carácter urgente sobre todos los aspectos relativos al "principio de
acuerdo" al que se habría arribado en las negociaciones entre los
representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto de la República Argentina y los representantes del
Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña sobre explotación petrolera
conjunta en las aguas adyacentes a las Islas Malvinas, particularmente
sobre los siguientes aspectos:
1. Los pormenores y resultados de la reunión mantenida en Londres
entre el Señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y
Culto de la Argentina, Canciller Guido Di Tella, y el Canciller Británico,
Douglas Hurd.
2. Si existe un principio de acuerdo entre ambos gobiernos sobre
explotación petrolera conjunta en dos zonas que se extienden sobre las 200
millas de soberanía y control exclusivo argentino y una parte de aguas de
soberanía argentina bajo el control británico desde las Islas Malvinas.
3. Si se mantendría ese acuerdo de no extenderse al resto de las
aguas adyacentes a las Islas Malvinas, que quedarían bajo control
unilateral del Reino Unido, afectando seriamente los derechos soberanos
argentinos sobre las Islas Malvinas y aguas del Atlántico Sur circundante.
4. Si se prevee la división entre los gobiernos de la República
Argentina y el Reino Unido de las regalías petroleras a percibir por la
explotación de las áreas de explotación conjunta, y los efectos de esta
decisión sobre nuestros derechos soberanos a las Islas Malvinas Malvinas.
5. Si se han previsto o desarrollado acciones preventivas en caso
de que no se llegue a un acuerdo satisfactorio para nuestros intereses,
ante la posibilidad que el Gobierno Británico y las autoridades
admintrativas de las Islas Malvinas autoricen la explotación unilateral sin
participación o cooperación de la República Argentina.
José Octavio Bordón.
LOS FUNDAMENTOS DEL PRESENTE PROYECTO DE COMUNICACION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL DAE N°49/95.
-A las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de
Combustibles.