Número de Expediente 608/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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608/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ROSSI : REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY INCORPORANDO EL TRATAMIENTO Y PREVENCION DE LA OBESIDAD , A LAS COBERTURAS DE PRESTACIONES MEDICAS REF. S. 3098/05 |
Listado de Autores |
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Rossi
, Carlos Alberto
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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05-06-2008 | SIN FECHA | 28/2007 Tipo: NORMAL |
29-03-2007 | 11-04-2007 | 28/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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10-04-2007 | 04-09-2007 |
SIN FECHA | 07-08-2008 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
06-06-2008 | 07-08-2008 |
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 2 |
06-06-2008 | 07-08-2008 |
ORDEN DE GIRO: 1 |
10-04-2007 | 04-09-2007 |
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 2 |
10-04-2007 | 04-09-2007 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 04-08-2010
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 28-11-2007 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: CON MODIFICACIONES |
NOTA:SE AP. OTRO PL. CONJ. S.13,163,616,1278,2349,3439,4236,4370/06, 341,1779 Y 2049/07 |
DIPUTADOS |
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FECHA DE SANCION: 04-06-2008 |
SANCION: MODIFICO |
SENADORES |
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FECHA DE SANCION: 13-08-2008 |
SANCION:APROBO |
NOTA: SE ACEPTAN MODIF. ART.11, SE RECHAZA EL RESTO DE LAS MODIF., E INSISTE EN LA SANCION ORIGINARIA |
SANCION DE LEY |
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FECHA DE SANCION: 13-08-2008 |
NUMERO DE LEY: 26396 |
PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
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RESOLUCION: Observacion Parcial |
FECHA: 02-09-2008 |
OBSERVACIONES: SE OBSERVAN LOS ART. 59 , 11 , 20 Y 21. (PE 257/08) |
DECRETO NUMERO: 1395/08 |
FECHA DEL DECRETO: 02-09-2008 |
OBSERVACIONES |
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DICT. CONJ. ; VER S .13/06 28/02/10 CADUCA LA OBSERVACION , ISP-175/08. |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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739/07 | 05-09-2007 | APROBADA | |
495/08 | 08-08-2008 | APROBADA |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-608/07)
Buenos Aires, 27 de marzo de 2007.-
Señor
Presidente del Honorable Senado de la Nación
D. DANIEL O. SCIOLI
S/DESPACHO
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de solicitarle quiera tener a bien dar por reproducido el Proyecto de Ley de mi autoría registrado bajo el número S- 3098/05 por el cual se incorpora al tratamiento y prevención de la obesidad a las coberturas de prestaciones médicas.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para saludarlo con mi más distinguida consideración.
Carlos A. Rossi.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados....
ARTICULO 1°: El Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y las obras sociales y asociaciones de obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga, deberán incorporar a sus coberturas de prestaciones médicas a la obesidad como enfermedad y a su tratamiento y prevención entre las prestaciones brindadas en el Programa Médico Obligatorio tanto en niños como adultos.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Carlos A. Rossi.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto de ley tiene por objeto considerar a la obesidad como una enfermedad y, tal como la clasifica la Organización Mundial para la Salud, considerarla como uno de los diez principales factores de riesgo para la salud en todo el mundo, en la medida que aumenta las posibilidades de padecer otras enfermedades como diabetes, hipertensión, problemas cardiovasculares y respiratorios, algunos tipos de cáncer, además de la litiasis vesicular, gota, várices, hernias, hemorroides, artrosis y alteraciones endócrinas, entre otras.
Según lo establecen la International Obesity Task Force (IOTF) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), se estará en presencia de obesidad en mayores de 18 años, cuando el índice de masa corporal (IMC) sea igual o superior a 30 (peso en kg/talla en m2), y para el diagnóstico de obesidad en niños, se establecen diferentes criterios de acuerdo a los indicadores propuestos por estos mismos organismos internacionales.
Sin embargo, se sigue asociando el exceso de peso con una cuestión puramente estética, posiblemente debido al desconocimiento de los enormes efectos negativos que tiene esta enfermedad sobre la salud.
Esta dolencia ha crecido de tal modo que distintos organismos internacionales la consideran una epidemia y su incidencia es sustancial en los aspectos psicosociales, de la salud y la economía de los que la padecen.
La OMS define a la salud como un estado de equilibrio biopsicosocial. La presencia de obesidad indica ausencia de ese equilibrio, por las consecuencias a nivel físico, psíquico y social que su padecimiento acarrea. Entendida como un incremento en el porcentaje del tejido adiposo corporal, debe ser considerada enfermedad por dos motivos: en primer lugar, porque acorta la expectativa de vida, sobre todo en aquellos obesos cuyo peso es superior al 30% de lo normal; en segundo lugar, porque provoca, complica o agrava otras patologías, siendo en sí misma motivo determinante para que aparezcan o se agraven otras dolencias como las mencionadas anteriormente.
Asimismo, debe considerarse especialmente la obesidad infantil ya que la misma se presenta en un número elevado de infantes y tal tendencia, continúa en un camino ascendente. Tal es así que la obesidad infantil se constituye también en un problema de salud pública debido a su considerable aumento, y a que su detección precoz disminuye las posibilidades de padecimiento de obesidad en la adultez y contribuye a la salud general y a una buena calidad de vida del niño obeso.
De todas las secuelas que sufren las personas obesas, las más importantes son las que tienen implicaciones sociales ya que en los parámetros de salud y belleza considerados por la sociedad actual, los obesos son víctimas de discriminación y segregación, desencadenando sentimientos de automarginación y depresión que inducen a la ingesta de alimentos y perpetúan, de este modo, el cuadro.
Por su parte, en la niñez, la obesidad tiene una repercusión muy importante en el desarrollo psicológico y en la adaptación social del niño. Los niños obesos refieren sentimientos de inferioridad, rechazo y escasa autoestima que se mantienen hasta la edad adulta. La discriminación que sufren desencadena actitudes antisociales, depresión, aislamiento e inactividad, logrando el mismo efecto negativo que en los adultos. La niñez es una etapa en la que es factible cambiar conductas, por ello, es tan importante su diagnóstico y tratamiento precoz. Es este el momento en que se conforman los hábitos, se estructura la personalidad y se pueden establecer patrones que en el futuro serán más difíciles de cambiar.
Al ser considerada la obesidad como un problema estético, las obras sociales no cubren el tratamiento de dicha patología, por lo que a los pacientes se les dificulta, debido a su elevado costo, la obtención de un tratamiento adecuado. Si se considera a la obesidad como una enfermedad de riesgo, su atención y tratamiento pasaría a ser una obligación del Estado y de las obras sociales, siendo beneficioso y hasta vital para el paciente que un equipo interdisciplinario atienda los problemas de dicha patología con el fin de encararla desde una perspectiva integral e integradora.
Por todo lo expuesto solicito, señor Presidente, la aprobación del presente proyecto.
Carlos A. Rossi.
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-608/07)
Buenos Aires, 27 de marzo de 2007.-
Señor
Presidente del Honorable Senado de la Nación
D. DANIEL O. SCIOLI
S/DESPACHO
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de solicitarle quiera tener a bien dar por reproducido el Proyecto de Ley de mi autoría registrado bajo el número S- 3098/05 por el cual se incorpora al tratamiento y prevención de la obesidad a las coberturas de prestaciones médicas.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para saludarlo con mi más distinguida consideración.
Carlos A. Rossi.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados....
ARTICULO 1°: El Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y las obras sociales y asociaciones de obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga, deberán incorporar a sus coberturas de prestaciones médicas a la obesidad como enfermedad y a su tratamiento y prevención entre las prestaciones brindadas en el Programa Médico Obligatorio tanto en niños como adultos.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Carlos A. Rossi.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto de ley tiene por objeto considerar a la obesidad como una enfermedad y, tal como la clasifica la Organización Mundial para la Salud, considerarla como uno de los diez principales factores de riesgo para la salud en todo el mundo, en la medida que aumenta las posibilidades de padecer otras enfermedades como diabetes, hipertensión, problemas cardiovasculares y respiratorios, algunos tipos de cáncer, además de la litiasis vesicular, gota, várices, hernias, hemorroides, artrosis y alteraciones endócrinas, entre otras.
Según lo establecen la International Obesity Task Force (IOTF) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), se estará en presencia de obesidad en mayores de 18 años, cuando el índice de masa corporal (IMC) sea igual o superior a 30 (peso en kg/talla en m2), y para el diagnóstico de obesidad en niños, se establecen diferentes criterios de acuerdo a los indicadores propuestos por estos mismos organismos internacionales.
Sin embargo, se sigue asociando el exceso de peso con una cuestión puramente estética, posiblemente debido al desconocimiento de los enormes efectos negativos que tiene esta enfermedad sobre la salud.
Esta dolencia ha crecido de tal modo que distintos organismos internacionales la consideran una epidemia y su incidencia es sustancial en los aspectos psicosociales, de la salud y la economía de los que la padecen.
La OMS define a la salud como un estado de equilibrio biopsicosocial. La presencia de obesidad indica ausencia de ese equilibrio, por las consecuencias a nivel físico, psíquico y social que su padecimiento acarrea. Entendida como un incremento en el porcentaje del tejido adiposo corporal, debe ser considerada enfermedad por dos motivos: en primer lugar, porque acorta la expectativa de vida, sobre todo en aquellos obesos cuyo peso es superior al 30% de lo normal; en segundo lugar, porque provoca, complica o agrava otras patologías, siendo en sí misma motivo determinante para que aparezcan o se agraven otras dolencias como las mencionadas anteriormente.
Asimismo, debe considerarse especialmente la obesidad infantil ya que la misma se presenta en un número elevado de infantes y tal tendencia, continúa en un camino ascendente. Tal es así que la obesidad infantil se constituye también en un problema de salud pública debido a su considerable aumento, y a que su detección precoz disminuye las posibilidades de padecimiento de obesidad en la adultez y contribuye a la salud general y a una buena calidad de vida del niño obeso.
De todas las secuelas que sufren las personas obesas, las más importantes son las que tienen implicaciones sociales ya que en los parámetros de salud y belleza considerados por la sociedad actual, los obesos son víctimas de discriminación y segregación, desencadenando sentimientos de automarginación y depresión que inducen a la ingesta de alimentos y perpetúan, de este modo, el cuadro.
Por su parte, en la niñez, la obesidad tiene una repercusión muy importante en el desarrollo psicológico y en la adaptación social del niño. Los niños obesos refieren sentimientos de inferioridad, rechazo y escasa autoestima que se mantienen hasta la edad adulta. La discriminación que sufren desencadena actitudes antisociales, depresión, aislamiento e inactividad, logrando el mismo efecto negativo que en los adultos. La niñez es una etapa en la que es factible cambiar conductas, por ello, es tan importante su diagnóstico y tratamiento precoz. Es este el momento en que se conforman los hábitos, se estructura la personalidad y se pueden establecer patrones que en el futuro serán más difíciles de cambiar.
Al ser considerada la obesidad como un problema estético, las obras sociales no cubren el tratamiento de dicha patología, por lo que a los pacientes se les dificulta, debido a su elevado costo, la obtención de un tratamiento adecuado. Si se considera a la obesidad como una enfermedad de riesgo, su atención y tratamiento pasaría a ser una obligación del Estado y de las obras sociales, siendo beneficioso y hasta vital para el paciente que un equipo interdisciplinario atienda los problemas de dicha patología con el fin de encararla desde una perspectiva integral e integradora.
Por todo lo expuesto solicito, señor Presidente, la aprobación del presente proyecto.
Carlos A. Rossi.
Texto Original