Número de Expediente 60/97
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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60/97 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | LOPEZ Y OTROS : PROYECTO DE LEY DECLARANDO DE INTERES NACIONAL LAS ACTIVIDADES DE ESTUDIO , PROSPECCION , CATEO , PERFORACION Y EXTRACCION DE AGUAS TERMALES EN LA COSTA ARGENTINA DEL RIO URUGUAY , Y SU EXPLOTACION TURISTICA . |
Listado de Autores |
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Lopez
, Alcides Humberto
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Genoud
, Jose
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Maglietti
, Alberto Ramon
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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05-03-1997 | 12-03-1997 | 4/1997 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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06-03-1997 | 15-09-1997 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
06-03-1997 | 15-09-1997 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
06-03-1997 | 15-09-1997 |
ORDEN DE GIRO: 3 |
06-03-1997 | 15-09-1997 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2000
ENVIADO AL ARCHIVO : 11-04-2000
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 05-11-1997 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:PASA A DIP. |
OBSERVACIONES |
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CADUCO EN DIPUTADOS |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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922/97 | 16-09-1997 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
S-97-0060:LOPEZ Y OTROS.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1 .- Declárese de interés nacional las actividades de
estudio, prospección, cateo, perforación y extracción de aguas
termales en la costa argentina del río Uruguay, y su explotación
turística.
Art. 2 .- el Estado Nacional, en la medida de sus
posibilidades, proveerá ayuda técnica y financiera para el
desarrollo de las actividades mencionadas en el artículo anterior,
e incluirá la promoción de la cuenca termal de la Mesopotamia
Argentina en los planes de promoción turísticos internos y externos
de la Secretaría de Turismo de la Nación.
Art. 3 .- El Ministerio de Economía y Obras y Servicios
Públicos designará al funcionario de su dependencia que lo
representará y actuará con los representantes técnicos de las
Provincias y Municipios involucrados en la cuestión, en las tareas
de recopilación de antecedentes, exámenes, evaluación y formulación
de los proyectos tendientes a concretar las actividades previstas
en el art. 1 .
Art. 4 .- Facúltase al Poder Ejecutivo para celebrar toda
clase de convenios, integración de consorcios, sociedades o
corporaciones con la provincia de Entre Ríos y los Municipios
involucrados, y a realizar toda clase de acciones y gestiones que
favorezcan la concreción de los proyectos a que hace referencia el
art. anterior.
Art. 5 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Alcides H. López. - Alberto R. Maglietti. - José Genoud.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN
EL D.A.E. 4/97.
-A las comisiones de Obras Públicas, de Recursos Hídricos y de
Turismo.