Número de Expediente 6/04

Origen Tipo Extracto
6/04 Poder Ejecutivo Nacional Acuerdos MENSAJE N° 297/04 SOLICITANDO ACUERDO PARA DESIGNAR JUEZA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION A LA DRA. CARMEN MARIA ARGIBAY .-
Autor HCD: PEN

Envío PEN
Nro. Men. PEN: 297/04

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
19-03-2004 31-03-2004 1 (A)/2004 Tipo: ACUERDOS

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
SIN FECHA 07-07-2004
SIN FECHA 07-07-2004
19-03-2004 07-07-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ACUERDOS
ORDEN DE GIRO: 1
19-03-2004 07-07-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 20-07-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 07-07-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:
OBSERVACIONES
DICTAMENES (TRES), C/5 firmas, 3 y 1.
En proceso de carga
Senado del Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones


(PE-0006/04)

BUENOS AIRES, 9 de marzo de 2004

AL HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN:

Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad a fin de solicitar, en
los términos del artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional, al
acuerdo correspondiente para designar Jueza de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN a la Doctora Da. Carmen María ARGIBAY (L.C. N° 6.623.409).

Finalizado el procedimiento de transparencia y participación ciudadana,
regulado en el Decreto N° 222 del 19 de junio de 2003, se procede a la
elevación de la presente propuesta teniendo en cuenta la capacidad técnica y
jurídica de la citada profesional y su profundo compromiso con la defensa de
los derechos humanos y los valores democráticos que ha demostrado en su
larga trayectoria pública.

Siguiendo dicho procedimiento se receptaron tanto presentaciones espontáneas
como de instituciones y entidades de reconocida relevancia profesional y
social, universidades, colegios profesionales, y academias, destacándose una
gran mayoría favorable a su propuesta.

Al respecto, cabe destacar que la mayoría de las opiniones a favor de la
Doctora ARGIBAY, se sustentan en la idoneidad de la misma para el desempeño
del cargo de que se trata, su dilatada trayectoria en la función judicial y
en el campo académico, su conducta ética y fuerte compromiso con el estado
de derecho y su postura frente a la defensa de los derechos de la mujer y la
igualdad de oportunidades, mientras que las oposiciones efectuadas se
centran casi exclusivamente en las opiniones vertidas por la Doctora ARGIBAY
acerca de la problemática del aborto y del "derecho de la mujer a decidir
sobre su propio cuerpo".

Sin embargo, aún las presentaciones críticas reconocen el estricto
cumplimiento y aplicación por parte de la Doctora ARGIBAY de las normas
constitucionales y legales vigentes, en su actuación como magistrada. Dentro
de tal contexto, las opiniones personales de la nombrada sobre un tema
polémico como el referido, forman parte de su libertad de expresión en el
marco del pluralismo de ideas, y no afectan su idoneidad para desempeñar la
alta función para la que es convocada.

Resulta, además, destacable la espontánea adhesión que realizaron
representativas instituciones del extranjero, tales como la Asociación de
Jueces para la Democracia de la República del Ecuador; el Comité de América
Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM); el
Movimiento Boliviano por los Derechos Humanos; la Corte Suprema de Justicia
de la República del Salvador; la Asociación Tiempo Nuevo de la República del
Paraguay; The International Association of Women Judges, y la Comisión
Interamericana de Mujeres de la Organización de Estados Americanos (OEA),
todo lo cual da cuenta de la trascendencia de la figura de la Doctora
ARGIBAY, más allá de nuestras fronteras.

No cabe dudar en cuanto a que el procedimiento establecido a través del
Decreto N° 222/03, ha venido a sumar calidad institucional y transparencia
como nunca antes se había experimentado en propuestas de este tipo. Tampoco
cabe hacerlo respecto del provechoso efecto que la presencia de una jurista
de la talla de la nominada, aportará en el sentido de prestigiar a la
Institución para la que se la propone, a la vez que significará en el
interior de aquella, debates jurídicos que, asumidos desde la diversidad y
la pluralidad, no pueden menos que enriquecer su vida interna y su
funcionamiento.

El Gobierno Nacional sostuvo al inicio del proceso que no nos interesaba
conformar una Corte adicta. Vale repetirlo y sostenerlo con vigor.
Compromiso con la Constitución, compromiso con la democracia, compromiso con
la dignidad del ser humano y los derechos del hombre. Compromiso para con la
República y con el Pueblo. Esos son los compromisos exigibles en un Estado
al que le preocupa la calidad institucional y esos parámetros están
cubiertos en esta selección que proponemos.

Como ya expresáramos, respecto de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN,
por su rol como poder del Estado, por su carácter de rectora de la Justicia
Federal, por su función como rama judicial del Gobierno, por ser la
intérprete última de nuestra Carta Magna, por su importante papel como
Tribunal de Garantías Constitucionales, la Corte necesita ganarse la
confianza de la sociedad argentina, para solidez de sus decisiones.

La candidata propuesta es una jurista que posee condiciones reconocidas, más
allá de toda crítica, para contribuir en ese sentido.
En mérito a todo lo expuesto, se eleva el presente pedido de acuerdo, para
que la Doctora Da. Carmen María ARGIBAY sea nombrada miembro de la CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.

MENSAJE N° 297

NÉSTOR C. KIRCHNER
Gustavo O. Beliz.-