Número de Expediente 585/07

N° Origen Tipo Extracto
585/07 Senado De La Nación Proyecto De Ley MAZA : PROYECTO DE LEY INSTITUYENDO EL AÑO 2008 COMO " AÑO NACIONAL DE NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER " .
Listado de Autores
Maza , Ada Mercedes

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
29-03-2007 11-04-2007 27/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
10-04-2007 02-07-2008

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1
10-04-2007 02-07-2008
DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 2
10-04-2007 02-07-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 02-03-2010

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 22-10-2008
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:SE AP. OTRO PL - PASA A HCD CONJ. S. 1936/07
OBSERVACIONES
GIRADO AL ARCHIVO POR ISP 27/10 (LEY 13.640 Y MODIF. -CADUCIDAD)

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
418/08 24-06-2007 APROBADA
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-585/07)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Art.1º: Institúyase el año 2008, como "Año Nacional de No Violencia contra la Mujer" en la República Argentina.

Art.2º: El Estado Nacional tomara las diligencias necesarias a fin de que el presente slogan, sea usado en todo documento oficial.

Art.3º: El Estado Nacional, organizará y coordinará en todo el territorio las siguientes acciones de entre otras:

-Propenderá a la creación de centros de autoayuda para hombres violentos.

-Implementará campañas publicas por medios orales y escritos, alusivos a la No violencia contra la Mujer.

-Solicitará la adhesión y difusión al presente cometido de personalidades reconocidas en los distintos ámbitos culturales, deportivos ,científicos etc., para que se manifiesten a favor de la no violencia contra la mujer.

-En el ámbito educativo promoverá campañas en forma sostenida que contemplen la entrega de volantes alusivos en establecimientos educacionales, al mismo tiempo solicitara a las Universidades para que a través de su función de extensión, realicen acciones destinadas a reforzar la temática de la no violencia contra la mujer.

-Promoverá cursos de capacitación para personal hospitalario y de la salud, a fin de poder detectar y denunciar ante los casos que ante ellos se presenten de violencia contra la mujer.

-Facilitará por todos los medios a su alcance, las acciones positivas desarrolladas por grupos de contención y/o O.N.G.s. hacia las víctimas para la prevención, apoyo y esclarecimiento de hechos violentos contra la mujer.

Art. 4: El Poder Ejecutivo reglamentara la presente ley a los treinta días de su promulgación.

Art.5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Ada Maza.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Esta propuesta se inscribe en las acciones suscritas por el Estado Argentino de implementar políticas públicas destinadas a proporcionar niveles satisfactorios de efectividad a los derechos contenidos en ella. "PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CEDAW " Abril del 2002.

La repercusión publica que esta teniendo este tipo de practicas nocivas día a día expresada por los medios de comunicación, es por demás elocuente y plasma el daño que ello produce en una persona, en su núcleo familiar y luego en la comunidad, infectando el tejido social con estas practicas aberrantes que enferman inclusive a los mas jóvenes, que observan estas conductas y que si no son tratados a tiempo por especialistas que les ayuden a superar estas experiencias traumáticas, seguramente repetirán estas conductas anómalas produciendo cadenas de violencias, alterando así grandes grupos sociales en el espacio y en el tiempo, es por ello que el Estado no puede ni debe hacerse el desentendido y debe actuar de manera preventiva, haciendo publico el problema, debatiendo y apoyando las posibles soluciones.

Es penoso decirlo pero se debe reconocer que el principal agresor de la condición de la mujer es el " hombre violento", y que muchas veces no reconoce que necesita ayuda para superar estas actitudes, últimamente, gracias al aporte de especialistas se crean centros de autoayuda para tratar de que el enfermo reflexione y tome conciencia de su conducta y su actitud habitual dándole la valorización negativa que tiene, es así que se ha logrado la reinserción de estos individuos ya rehabilitados en su grupo familiar y social.

Si bien es cierto estos últimos años se ha producido un gran avance en la legislación respecto a los temas de la mujer, producto de que el genero se encuentra con una representación mas significativa en las Cámaras, ello no es suficiente y es imprescindible apoyar estas leyes con practicas activas, como las propuestas en la presente ley.

En la Argentina existen episodios de violencia de distinto grado en una de cada cinco parejas. El 42% de las mujeres víctimas de homicidio, cuyo autor es descubierto fueron asesinadas por sus parejas. El 37% de las mujeres golpeadas por sus esposos llevan 20 años o mas soportando abusos de ese tipo. Según información del BID se estima que el 25% de las mujeres argentinas son víctimas de violencia, y que el 50% pasará por alguna situación violenta en algún momento de su vida. La edad del grupo mas afectado es de 25 a 34 años.


La violencia contra la mujer, sigue siendo un tema pendiente en la República Argentina especialmente por la falta de información y difusión de los derechos que asisten a la mujer en casos paradigmàticos como:

VIOLACION Y OTROS DELITOS SEXUALES. La violencia sexual contra la mujer sigue siendo una acción impune del cual son víctimas mayoritariamente mujeres jóvenes, sobre todo aquellas que tienen una necesidad imperiosa de conservar el trabajo( sin embargo todavía no puede aprobarse la ley de violencia laboral). Se calcula que solo se denuncian el 10% de los casos por lo que habría 60.000 casos de delitos sexuales al año, 16 casos diarios. El procedimiento previsto por la ley , y su forma de aplicación sigue siendo tan violatorio como el suceso mismo.

Existe un Departamento de Asistencia a la víctima en la Policía Federal y una Oficina de Asistencia Integral a la Víctima en la Procuración General de la Nación estas son muy poco conocidas por la población en general por lo que campañas de difusión , cursos de capacitación con continuidad y sistematicidad podría comenzar a posibilitar cumplir con los protocolos firmados por el Estado, un cambio en las practicas judiciales y de la Salud, permitirían una mayor conciencia comunitaria a cerca de estos delitos que en la mayoría de los casos esta a la vista de todos permanecen impunes.

Resulta inquietante que pese a los importantes progresos, las actitudes tradicionales hacia la mujer (machismo) sigan ejerciendo una influencia negativa en su disfrute de los derechos. Preocupa en especial la alta incidencia de casos de violencia contra la mujer, incluidas la violación y la violencia domestica, también es preocupante el acoso sexual, moral y directo y otras manifestaciones de discriminación en los sectores públicos y privados.

El Comité de Derechos Humanos ha recomendado sistemáticamente a la Argentina que se emprenda una campaña de información y apoyo en gran escala para promover el conocimiento que las mujeres tienen de sus derechos y de los recursos de que disponen.

Por todo es que no dudamos el apoyo de los señores senadores al presente proyecto.


Ada Maza.