Número de Expediente 57/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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57/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MORO : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART. 19 DE LA LEY 25.156 ( DEFENSA DE LA COMPETENCIA ), ACERCA DE LA INTEGRACION DEL TRIBUNAL . |
Listado de Autores |
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Moro
, Eduardo Aníbal
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
05-03-2003 | 06-03-2003 | 4/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
07-03-2003 | 18-06-2003 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE INDUSTRIA Y COMERCIO
ORDEN DE GIRO: 1 |
13-05-2003 | 18-06-2003 |
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: 1 |
07-03-2003 | 13-05-2003 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 19-11-2003 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:PASA A DIP. |
DIPUTADOS |
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FECHA DE SANCION: 12-05-2004 |
SANCION: APROBO |
SANCION DE LEY |
---|
FECHA DE SANCION: 12-05-2004 |
NUMERO DE LEY: 25897 |
PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
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RESOLUCION: Observacion Total |
FECHA: 14-06-2004 |
OBSERVACIONES: OBS.TOTAL DCTO. 733/04 |
OBSERVACIONES |
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Boletin de Novedades N°5 (28-05-03) Dado cuenta Cambio de giro a Comisiones. |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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237/03 | 25-06-2003 | APROBADA | Sin Anexo |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0057/03)
Proyecto de Ley
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º: Modifícase el artículo 19 de la Ley Nº 25.156, el que
quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 19: Los miembros del Tribunal serán designados por el Poder
Ejecutivo Nacional previo concurso público de antecedentes y oposición
ante un Jurado integrado por el Procurador del Tesoro de la Nación, el
Secretario de Industria, Comercio y Minería del Ministerio de Economía
y Obras y Servicios Públicos de la Nación, los Presidentes de las
Comisiones de Industria y Comercio del Senado de la Nación y de
Comercio de la Cámara de Diputados de la Nación, el presidente de la
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y los presidentes de la
Academia Nacional de Derecho y de la Academia Nacional de Ciencias
Económicas."
Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Eduardo A. Moro.-
FUNDAMENTOS
Sr., Presidente:
En el artículo 19 de la Ley 25156 (Defensa de la Competencia),
se consignan los miembros del Jurado para la selección, a través de
Concurso Público, de los integrantes del Tribunal Nacional de Defensa
de la Competencia, jurado que entre otros miembros lo componen los
Presidentes de las Comisiones de Comercio del Senado y de la Cámara de
Diputados.
En el mes de Diciembre de 2002 se aprobó la modificación del Reglamento
Interno del Senado de la Nación, que regirá a partir del 03 de marzo
del 2003.
En esta modificación se ha producido una disminución en el
número de comisiones, procediéndose al rediseño de varias de ellas en
función del organigrama de tratamiento de los proyectos. La Comisión de
Comercio que ha sido fusionada con la Comisión de Industria, será
denominada en adelante Comisión de Industria y Comercio.
En consecuencia es necesario modificar el mencionado artículo
de la Ley de Defensa de la Competencia.
Por lo expuesto se solicita al Senado la aprobación del presente
proyecto de ley.
Eduardo A. Moro.-
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0057/03)
Proyecto de Ley
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º: Modifícase el artículo 19 de la Ley Nº 25.156, el que
quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 19: Los miembros del Tribunal serán designados por el Poder
Ejecutivo Nacional previo concurso público de antecedentes y oposición
ante un Jurado integrado por el Procurador del Tesoro de la Nación, el
Secretario de Industria, Comercio y Minería del Ministerio de Economía
y Obras y Servicios Públicos de la Nación, los Presidentes de las
Comisiones de Industria y Comercio del Senado de la Nación y de
Comercio de la Cámara de Diputados de la Nación, el presidente de la
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y los presidentes de la
Academia Nacional de Derecho y de la Academia Nacional de Ciencias
Económicas."
Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Eduardo A. Moro.-
FUNDAMENTOS
Sr., Presidente:
En el artículo 19 de la Ley 25156 (Defensa de la Competencia),
se consignan los miembros del Jurado para la selección, a través de
Concurso Público, de los integrantes del Tribunal Nacional de Defensa
de la Competencia, jurado que entre otros miembros lo componen los
Presidentes de las Comisiones de Comercio del Senado y de la Cámara de
Diputados.
En el mes de Diciembre de 2002 se aprobó la modificación del Reglamento
Interno del Senado de la Nación, que regirá a partir del 03 de marzo
del 2003.
En esta modificación se ha producido una disminución en el
número de comisiones, procediéndose al rediseño de varias de ellas en
función del organigrama de tratamiento de los proyectos. La Comisión de
Comercio que ha sido fusionada con la Comisión de Industria, será
denominada en adelante Comisión de Industria y Comercio.
En consecuencia es necesario modificar el mencionado artículo
de la Ley de Defensa de la Competencia.
Por lo expuesto se solicita al Senado la aprobación del presente
proyecto de ley.
Eduardo A. Moro.-
Texto Original