Número de Expediente 558/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
558/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | LATORRE : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO CUMPLIMENTAR EL REFUERZO PRESUPUESTARIO PARA EL FINANCIAMIENTO DE OBRAS EN LAS PROVINCIAS . |
Listado de Autores |
---|
Latorre
, Roxana Itatí
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
14-04-2003 | 28-05-2003 | 39/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
15-04-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
15-04-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 06-09-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S0558/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
COMUNICA
Exhortar al Poder Ejecutivo Nacional para que, en forma urgente dé
pronto cumplimiento a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 25.725
de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2003.
Roxana I. Latorre.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Al momento de tratarse en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación
el Proyecto de Ley de Presupuesto del año 2003, los legisladores de
dicha Cámara introdujeron una modificación al proyecto estableciendo
que el Jefe de Gabinete de Ministros en oportunidad de proceder a la
distribución de los créditos presupuestarios debía efectuar una
reducción del quince por ciento (15%) de los créditos asignados a
Servicios No Personales, para destinarlos principalmente a la Dirección
Nacional de Vialidad, y en menor medida a otras dependencias de la
Secretaría de Obras Públicas, para reforzar el financiamiento de obras
en territorio de las provincias.
Posteriormente la Honorable Cámara de Senadores mantuvo el artículo en
cuestión, conscientes de la importancia que reviste para las provincias
las obras de infraestructura a realizarse, muchas de las cuales no
permiten mas postergación en su inicio. También los legisladores fuimos
conscientes, a la hora de votar el proyecto de ley, de las dificultades
actuales de todo el sector público, pero especialmente de la
provincias, en la obtención de financiamiento para la ejecución de
estas obras. Por ello, es que se consideró justo y necesario que el
Poder Ejecutivo Nacional colabore en dicho financiamiento derivando
recursos desde otras partidas presupuestarias originalmente destinadas
a Inciso 3 - Servicios no Personales.
El Poder Ejecutivo Nacional observó dicho artículo en ocasión de
promulgar la Ley 25.725 argumentando, entre otras cosas, que los gastos
previstos en el Inciso 3 incluyen esencialmente partidas para atender
el pago de servicios básicos y servicios tercerizados, especialmente
los correspondientes a mantenimiento y limpieza, como así también el
pago de viáticos y pasajes, y que en base a ello se considera
impracticable producir una rebaja en el porcentaje establecido sin
resentir la atención de los conceptos antes mencionados.
Este argumento no es válido toda vez que los gastos en el mencionado
inciso tienen destinos mucho más amplios que los descriptos, pudiéndose
realizar la reducción del 15% sin afectar considerablemente los gastos
en servicios básicos y en servicios tercerizados. Por ello, en forma
unánime, tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores rechazaron
el veto presidencial.
Sin embargo, el Poder Ejecutivo, a la fecha, y luego de más de un mes
de haberse aprobado la insistencia por parte de este Congreso, no ha
cumplimentado con lo exigido por el artículo de marras, por lo cual
solicitamos a los Señores Senadores que nos acompañen con su voto a los
efectos de que por medio del presente proyecto se insista ante el Poder
Ejecutivo Nacional a dar efectivo y rápido cumplimiento al mismo.
Roxana I. Latorre.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S0558/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
COMUNICA
Exhortar al Poder Ejecutivo Nacional para que, en forma urgente dé
pronto cumplimiento a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 25.725
de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2003.
Roxana I. Latorre.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Al momento de tratarse en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación
el Proyecto de Ley de Presupuesto del año 2003, los legisladores de
dicha Cámara introdujeron una modificación al proyecto estableciendo
que el Jefe de Gabinete de Ministros en oportunidad de proceder a la
distribución de los créditos presupuestarios debía efectuar una
reducción del quince por ciento (15%) de los créditos asignados a
Servicios No Personales, para destinarlos principalmente a la Dirección
Nacional de Vialidad, y en menor medida a otras dependencias de la
Secretaría de Obras Públicas, para reforzar el financiamiento de obras
en territorio de las provincias.
Posteriormente la Honorable Cámara de Senadores mantuvo el artículo en
cuestión, conscientes de la importancia que reviste para las provincias
las obras de infraestructura a realizarse, muchas de las cuales no
permiten mas postergación en su inicio. También los legisladores fuimos
conscientes, a la hora de votar el proyecto de ley, de las dificultades
actuales de todo el sector público, pero especialmente de la
provincias, en la obtención de financiamiento para la ejecución de
estas obras. Por ello, es que se consideró justo y necesario que el
Poder Ejecutivo Nacional colabore en dicho financiamiento derivando
recursos desde otras partidas presupuestarias originalmente destinadas
a Inciso 3 - Servicios no Personales.
El Poder Ejecutivo Nacional observó dicho artículo en ocasión de
promulgar la Ley 25.725 argumentando, entre otras cosas, que los gastos
previstos en el Inciso 3 incluyen esencialmente partidas para atender
el pago de servicios básicos y servicios tercerizados, especialmente
los correspondientes a mantenimiento y limpieza, como así también el
pago de viáticos y pasajes, y que en base a ello se considera
impracticable producir una rebaja en el porcentaje establecido sin
resentir la atención de los conceptos antes mencionados.
Este argumento no es válido toda vez que los gastos en el mencionado
inciso tienen destinos mucho más amplios que los descriptos, pudiéndose
realizar la reducción del 15% sin afectar considerablemente los gastos
en servicios básicos y en servicios tercerizados. Por ello, en forma
unánime, tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores rechazaron
el veto presidencial.
Sin embargo, el Poder Ejecutivo, a la fecha, y luego de más de un mes
de haberse aprobado la insistencia por parte de este Congreso, no ha
cumplimentado con lo exigido por el artículo de marras, por lo cual
solicitamos a los Señores Senadores que nos acompañen con su voto a los
efectos de que por medio del presente proyecto se insista ante el Poder
Ejecutivo Nacional a dar efectivo y rápido cumplimiento al mismo.
Roxana I. Latorre.-