Número de Expediente 556/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
556/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | CONTI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LA DETENCION DE LOS CIUDADANOS MARIO REARTE Y JOSE FERNANDEZ . |
Listado de Autores |
---|
Conti
, Diana Beatriz
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
11-04-2003 | 28-05-2003 | 39/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
14-04-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: |
14-04-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 04-04-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0556/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Se dirige al Poder Ejecutivo Nacional para que, por intermedio de quien
corresponda, se sirva informar razones y circunstancias de la detención
de los ciudadanos Mario Rearte y José Fernández, los que, según
información de prensa, habrían sido detenidos al cabo de un
procedimiento a cargo de personal de la Policía Federal, el 9/4/03,
luego de entrevistarse con el presidente del Cuerpo, senador José Luis
Gioja y con motivo de gestiones que realizaban en esta capital
vinculadas a la implementación de los Programas de Propiedad
Participada (PPP) en su carácter de ex empleados de la petrolera
estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF).
Asimismo, si conoce (y, en caso afirmativo, que juicio le merece)
opinión vertida por el fiscal federal Carlos Cearras en el sentido de
que "las detenciones de Fernández y Rearte pudieron haberse llevado a
cabo a su regreso a la ciudad de Salta, evitando el dispendio que
implica haber formado este expediente" (diario Página 12, 11/4/03, p.
14).
Diana B. Conti.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente
Es conocido el problema social de la Argentina en sus aristas más
dramáticas, de las cuales la emergencia del fenómeno "piquetero"
constituye uno de los problemas que requieren urgente solución.
Sin embargo, a nadie escapa que la represión del síntoma no equivale al
tratamiento correcto de la enfermedad y, en el caso que nos ocupa, la
protesta social de los sectores más humildes de la población constituye
el síntoma de una falencia estructural cuyo origen está en el abandono
de políticas públicas que deberían haber hecho del pleno empleo
objetivo prioritario.
En efecto, la multiplicación de las fuentes de trabajo seguramente
evitaría la manifestación de fenómenos de violencia como los que, a
veces, protagonizan los desocupados de este país, que no siempre
encuentran como respuesta una actividad represiva del Estado enmarcada
en estándares mínimos de observancia de los derechos humanos.
Como quiera que sean las cosas, lo que parece cierto es que no es
apartándonos de las leyes como lograremos un adecuado control social
sobre poblaciones que se expresan desde la exclusión porque carecen de
un derecho humano básico que la sociedad y el Estado no les procuran:
el derecho al empleo.
En el caso que nos ocupa, las informaciones periodísticas dan cuenta
de que los ciudadanos detenidos lo fueron al cabo de una audiencia que
les había concedido el presidente del H. Senado de la Nación para
tratar, precisamente, el problema que los aqueja, esto es, la
implementación, en la provincia de la que son oriundos (Salta), de los
Programas de Propiedad Participada (PPP). Con el agravante de que lo
habrían sido en el marco de un procedimiento en el que efectivos de la
Policía Federal habrían incurrido en violación de las garantías de
raigambre constitucional que deben tutelar a todos los habitantes del
país.
Asimismo, las fuentes periodísticas atribuyen a un fiscal federal la
opinión de que esas detenciones deberían haberse producido, de ser
necesarias, en la propia provincia de Salta, evitándose, de ese modo,
el dispendio que significó la apertura del expediente respectivo.
Es de hacer notar que prestigiosas organizaciones de la sociedad civil
se hallan en estos momentos denunciando al Estado argentino por lo que
ellas llaman "criminalización de la protesta social", por lo cual
habría que plantearse seriamente los fundamentos y procederes del
Estado en el tratamiento del conflicto social, habida cuenta de que una
de las obligaciones de buen gobierno consiste en evitarle al país males
mayores que aquellos que se quieren evitar.
No puede admitirse que el libre ejercicio del derecho de petición
implique necesariamente el desorden o uso abusivo de las libertades
consagradas por nuestro orden legal fundamental.
Por lo expuesto, solicitamos del gobierno nacional que informe
taxativamente sobre causas y circunstancias de la detención de las
personas mencionadas y sobre la actitud que le cupo a la policía
actuante en dicho procedimiento.
Atento el desarrollo que antecede, solicito la aprobación del presente
proyecto de comunicación.
Diana B. Conti.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0556/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Se dirige al Poder Ejecutivo Nacional para que, por intermedio de quien
corresponda, se sirva informar razones y circunstancias de la detención
de los ciudadanos Mario Rearte y José Fernández, los que, según
información de prensa, habrían sido detenidos al cabo de un
procedimiento a cargo de personal de la Policía Federal, el 9/4/03,
luego de entrevistarse con el presidente del Cuerpo, senador José Luis
Gioja y con motivo de gestiones que realizaban en esta capital
vinculadas a la implementación de los Programas de Propiedad
Participada (PPP) en su carácter de ex empleados de la petrolera
estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF).
Asimismo, si conoce (y, en caso afirmativo, que juicio le merece)
opinión vertida por el fiscal federal Carlos Cearras en el sentido de
que "las detenciones de Fernández y Rearte pudieron haberse llevado a
cabo a su regreso a la ciudad de Salta, evitando el dispendio que
implica haber formado este expediente" (diario Página 12, 11/4/03, p.
14).
Diana B. Conti.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente
Es conocido el problema social de la Argentina en sus aristas más
dramáticas, de las cuales la emergencia del fenómeno "piquetero"
constituye uno de los problemas que requieren urgente solución.
Sin embargo, a nadie escapa que la represión del síntoma no equivale al
tratamiento correcto de la enfermedad y, en el caso que nos ocupa, la
protesta social de los sectores más humildes de la población constituye
el síntoma de una falencia estructural cuyo origen está en el abandono
de políticas públicas que deberían haber hecho del pleno empleo
objetivo prioritario.
En efecto, la multiplicación de las fuentes de trabajo seguramente
evitaría la manifestación de fenómenos de violencia como los que, a
veces, protagonizan los desocupados de este país, que no siempre
encuentran como respuesta una actividad represiva del Estado enmarcada
en estándares mínimos de observancia de los derechos humanos.
Como quiera que sean las cosas, lo que parece cierto es que no es
apartándonos de las leyes como lograremos un adecuado control social
sobre poblaciones que se expresan desde la exclusión porque carecen de
un derecho humano básico que la sociedad y el Estado no les procuran:
el derecho al empleo.
En el caso que nos ocupa, las informaciones periodísticas dan cuenta
de que los ciudadanos detenidos lo fueron al cabo de una audiencia que
les había concedido el presidente del H. Senado de la Nación para
tratar, precisamente, el problema que los aqueja, esto es, la
implementación, en la provincia de la que son oriundos (Salta), de los
Programas de Propiedad Participada (PPP). Con el agravante de que lo
habrían sido en el marco de un procedimiento en el que efectivos de la
Policía Federal habrían incurrido en violación de las garantías de
raigambre constitucional que deben tutelar a todos los habitantes del
país.
Asimismo, las fuentes periodísticas atribuyen a un fiscal federal la
opinión de que esas detenciones deberían haberse producido, de ser
necesarias, en la propia provincia de Salta, evitándose, de ese modo,
el dispendio que significó la apertura del expediente respectivo.
Es de hacer notar que prestigiosas organizaciones de la sociedad civil
se hallan en estos momentos denunciando al Estado argentino por lo que
ellas llaman "criminalización de la protesta social", por lo cual
habría que plantearse seriamente los fundamentos y procederes del
Estado en el tratamiento del conflicto social, habida cuenta de que una
de las obligaciones de buen gobierno consiste en evitarle al país males
mayores que aquellos que se quieren evitar.
No puede admitirse que el libre ejercicio del derecho de petición
implique necesariamente el desorden o uso abusivo de las libertades
consagradas por nuestro orden legal fundamental.
Por lo expuesto, solicitamos del gobierno nacional que informe
taxativamente sobre causas y circunstancias de la detención de las
personas mencionadas y sobre la actitud que le cupo a la policía
actuante en dicho procedimiento.
Atento el desarrollo que antecede, solicito la aprobación del presente
proyecto de comunicación.
Diana B. Conti.-