Número de Expediente 543/00
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
543/00 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | YOMA Y OTROS : PROYECTO DE LEY DEROGANDO EL DCTO. 303/2000 ( MODIFICACION DE ALICUOTAS DE LOS IMPUESTOS INTERNOS ) Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS . |
Listado de Autores |
---|
Yoma
, Jorge Raúl
|
Sala
, Osvaldo Ruben
|
Verna
, Carlos Alberto
|
Villaverde
, Jorge Antonio
|
Tell
, Alberto Maximo
|
Alasino
, Augusto
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
11-04-2000 | 12-04-2000 | 27/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
12-04-2000 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
12-04-2000 | 28-02-2002 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2002
ENVIADO AL ARCHIVO : 16-04-2002
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0543:YOMA Y OTROS.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
Artículo 1°.- Derógase el decreto del Poder Ejecutivo nacional
N° 303/2000 por el que se reestructura provisionalmente las tasas
aplicables a las denominadas bebidas alcohólicas y se excluyen del
gravamen determinados productos calificados como objetos suntuarios.
Art. 2°.- Retómanse las facultades delegadas en el Poder
Ejecutivo nacional mediante el artículo 8° inciso e) del le ley 25.239d
e Reforma Tributaria.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge R. Yoma. - Carlos A. Verna. - Alberto R. Maglietti. -
Osvaldo R. Sala. - Augusto Alasino. - Jorge A. Villaverde.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 027/00.
-A la Comisión de Presupuesto y
Hacienda.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0543:YOMA Y OTROS.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
Artículo 1°.- Derógase el decreto del Poder Ejecutivo nacional
N° 303/2000 por el que se reestructura provisionalmente las tasas
aplicables a las denominadas bebidas alcohólicas y se excluyen del
gravamen determinados productos calificados como objetos suntuarios.
Art. 2°.- Retómanse las facultades delegadas en el Poder
Ejecutivo nacional mediante el artículo 8° inciso e) del le ley 25.239d
e Reforma Tributaria.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge R. Yoma. - Carlos A. Verna. - Alberto R. Maglietti. -
Osvaldo R. Sala. - Augusto Alasino. - Jorge A. Villaverde.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 027/00.
-A la Comisión de Presupuesto y
Hacienda.