Número de Expediente 539/06

N° Origen Tipo Extracto
539/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley GIRI : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A TITULO GRATUITO A LA MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ , CORDOBA , INMUEBLES E INSTALACIONES DEL ESTADO NACIONAL DONDE FUNCIONARA LA ESTACION FERROVIARIA DE LA EX LINEA GENERAL BARTOLOME MITRE DE FERROCARRILES ARGENTINOS , DE ESA LOCALIDAD .-
Listado de Autores
Giri , Haide Delia

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
16-03-2006 05-04-2006 022/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
27-03-2006 11-08-2006

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1
28-03-2006 11-08-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 09-02-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 06-09-2006
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 13-12-2006
SANCION: APROBO
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 13-12-2006
NUMERO DE LEY: 26201
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Promulgo
FECHA: 09-01-2007
OBSERVACIONES: PROMULGADA DE HECHO. 09/01/07

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
751/06 14-08-2006 APROBADA

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-539/06)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Art. 1.- Transfiérase a título gratuito y en favor de la municipalidad de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, el dominio de los inmuebles e instalaciones pertenecientes al Estado Nacional, en los que antiguamente funcionara la estación ferroviaria Marcos Juárez correspondiente a la ex línea General Bartolomé Mitre de Ferrocarriles Argentinos.

Art. 2.- La transferencia dominial de los inmuebles consistentes en cuadro de Estación Marcos Juárez delimitado por las calles Boulevard Córdoba y las vías del ferrocarril y las calles Mansilla y Perú, amparado dominialmente por el título de propiedad identificado con el nro. R.G. 40, testimonio inscripto en el registro de la propiedad inmueble de la ciudad de Córdoba bajo el nº 1132- Tº VI - Fº 1428 y por planilla Ley 13490 Serie C.2-Nº 1 a nombre del Estado Nacional, dispuesta en el artículo anterior, se destinará a fomentar el desarrollo urbano de la cuidad, a la construcción de un velódromo y de una plazoleta, como así también a la recuperación edilicia de las estaciones y del arbolado.

Art. 3.- El Poder Ejecutivo Nacional, dentro de los ciento ochenta (180) días de sancionada la presente, procederá a realizar los trámites necesarios para el otorgamiento de la correspondiente escritura traslativa de dominio a efectos de su inscripción catastral.

Art. 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Haide Giri.-

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

La presente iniciativa tiene por finalidad otorgar al Municipio de Marcos Juárez, la posibilidad de contar en su planificación de desarrollo urbano con estas importantes tierras, que, en razón de su ubicación y extensión, son propicias para la construcción de un predio deportivo y una importante plazoleta, creaciones todas que implicarían un significativo aporte a la comunidad.

Del mismo modo, la refacción de las instalaciones donde ha funcionado la vieja estación ferroviaria, ayudaría a acercar al presente la historia del pueblo, íntimamente relacionada a los ferrocarriles, dando así la posibilidad de que las nuevas generaciones conozcan y mantengan viva la historia de la comunidad.

La facultad de disponer de estos predios, le otorga al municipio la posibilidad de desarrollar un proyecto urbanístico tendiente a unir el norte y el sur de la ciudad.

Procurando lo descripto, el municipio ha celebrado y firmado con el ente Nuevo Central Argentino, concesionario del Estado Nacional para la explotación integral de la ex línea General Bartolomé Mitre, el pertinente Convenio de Desafectación, por el cual la concesionaria manifiesta, a pedido del municipio, su intención de privarse del uso de los predios e instalaciones correspondientes a la Estación Marcos Juárez, ubicada en la ciudad homónima, por no resultarle de trascendental importancia para sus operaciones. Esto, a cambio de la condonación de deudas de tasas y contribuciones municipales existentes y/o que pudieran generarse por esos conceptos sobre los inmuebles e instalaciones concesionadas que se encuentren en la jurisdicción de dicha municipalidad.

Con el mismo objeto, el consejo deliberante de la ciudad de Marcos Juárez, mediante ordenanza n° 1660, ha ratificado el Convenio de Desafectación ut supra mencionado y el Convenio de Derecho de Uso Precario de espacios de estación firmado el 27 de diciembre de 2.002.

Por todas las consideraciones expuestas, solicito a mis pares acompañen con su voto afirmativo el presente proyecto de ley.

Haide Giri.-



Texto Original234455