Número de Expediente 538/07

Origen Tipo Extracto
538/07 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación CURLETTI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LAS MEDIDAS IMPLEMENTADAS PARA CORREGIR FALENCIAS DETECTADAS POR LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION SEGUN INFORME DE JULIO DE 2006 EN LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES .
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
28-03-2007 11-04-2007 25/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
10-04-2007 24-08-2007

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1
10-04-2007 24-08-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 05-02-2008

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 07-11-2007
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:
OBSERVACIONES
PRESENTACION DEL DICTAMEN POR ART. 101 DEL REGLAMENTO DEL H. SENADO

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
699/07 28-08-2007 APROBADA
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-538/07)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Se dirige al Poder Ejecutivo Nacional, por su intermedio a la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, a los fines de solicitar informes acerca de las medidas implementadas para corregir las falencias detectadas por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), según informe de auditoria de julio de 2006, efectuada con el objeto ¿de evaluar la gestión de la Gerencia de Control de Entidades de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones -SAFJP- de acuerdo a las responsabilidades asignadas en la estructura orgánica y a las funciones dispuestas por la Ley Nº 24.241, así como verificar que el sistema de control interno haya sido diseñado con el objeto de proporcionar una garantía razonable para el logro de los objetivos de la gerencia citada¿.

Mirian Curletti.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones -SIJP-, modelo de previsión social creado en 1994, por la Ley 24.241, cubre las contingencias de vejez, invalidez y muerte de los trabajadores en relación de dependencia y autónomos se trata de un sistema mixto, de carácter obligatorio, conformado por un Régimen Público de Reparto y un Régimen de Capitalización Individual. El Régimen de Reparto es administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES-.

La gestión del Régimen de Capitalización está a cargo de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones -AFJP-. Estas empresas reciben la recaudación previsional de la AFIP y administran las cuentas de capitalización individual de los afiliados, desde la inversión de los fondos acumulados en las mismas hasta el pago de las prestaciones correspondientes a vejez: la jubilación, invalidez (retiro) y muerte (pensión).

Las AFJP son entidades autorizadas y controladas por la Superintendencia de AFJP, que tienen como objeto único y exclusivo administrar el Fondo de Jubilaciones y Pensiones y otorgar las prestaciones establecidas por la ley.

Cada administradora debe llevar su propia contabilidad, separada de la contabilidad del Fondo de Jubilaciones y Pensiones que administra, ya que el patrimonio de la AFJP es propiedad de sus accionistas, mientras que el patrimonio del Fondo es propiedad de los afiliados. Las AFJP perciben una retribución por la actividad que desempeñan mediante el cobro de comisiones. Una parte de las comisiones se destina al pago del Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento, que las administradoras deben contratar para asegurar el financiamiento de los retiros por invalidez y pensiones por fallecimiento. El importe de las comisiones es fijado libremente por cada AFJP, ya que así lo establece la Ley 24.241.

La Superintendencia de Administradoras de Jubilaciones y Pensiones es el Organismo del Estado encargado de la supervisión y regulación del Régimen de Capitalización Individual del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Es una entidad autárquica, con autonomía funcional y financiera, en jurisdicción del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

La misión de la Superintendencia de AFJP es velar por los intereses de los afiliados y beneficiarios del Régimen de Capitalización Individual, en un marco de preservación y protección del Sistema Previsional Argentino y del interés general

Entre julio y septiembre de 2005, la Sindicatura General de la Nación, realizó una auditoria, con el objeto de evaluar la gestión de la Gerencia de Control de Entidades de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones -SAFJP- de acuerdo a las responsabilidades asignadas en la estructura orgánica y a las funciones dispuestas por la Ley Nº 24.241, así como verificar que el sistema de control interno haya sido diseñado con el objeto de proporcionar una garantía razonable para el logro de los objetivos de la gerencia citada.

El informe de auditoría, presentada en julio de 2006, revela los siguientes falencias:

a) La Gerencia de Control de Entidades carece de una planificación adecuada, que le permita realizar un control eficiente sobre el Régimen de Capitalización vigentes en base a las funciones asignadas.
b) Existen demoras significativas en la concreción de sanciones originadas por incumplimientos diversos que dieron origen a los proyectos de actas de cargo, Con ello vulnera el deber impuesto por la Ley 24.241art. 118 inc r, en cuanto al procedimiento previsto para la imposición de sanciones.
c) La normativa aplicable resulta inadecuada tanto para la fiscalización y supervisión de las Administradoras, como de la aplicación de proceso correctivos. Ello trae aparejado problemas en cuanto a la metodología y a los criterios que se aplican en la gestión.

La Sindicatura considera, en su informe, que ¿la naturaleza de los hallazgos mencionados denota debilidades funcionales en la organización que repercuten directamente en el control que ejerce la SAFJP sobre los Sistemas de Capitalización¿.

Las recomendaciones que efectúa la Sindicatura General de la Nación a la Superintendecia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, como órgano de Control y supervisión del Sistema de Capitalización son que: ¿deberá adecuar y modificar la normativa vigente, definir con precisión las funciones a desarrollar por los Comités de Gestión y el Tribunal de Disciplina, ajustando la gestión a dicho marco normativo. Ello permitirá consolidar y mejorar los controles a aplicar dentro del sistema de Capitalización vigente, en salvaguarda de los intereses de las personas incorporadas al SIJP, como aportantes o beneficiarios, de acuerdo con lo previsto en el artículo Nº 117 de la Ley Nº 24.241¿

Dada la importancia de lograr que las responsabilidades conferidas a este organismo sean llevados a cabo con la mayor eficiencia y eficacia posible, es que solicitamos se informe a este cuerpo legislativo las acciones concretas realizadas a los fines de optimizar los recursos disponibles, con el propósito de velar por los intereses de los beneficiarios.

Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.

Mirian Curletti.