Número de Expediente 504/00

Origen Tipo Extracto
504/00 Senado De La Nación Proyecto De Ley COSTANZO : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A LA PCIA. DE RIO NEGRO DOS FRACCIONES DE TERRENO CON DESTINO EXCLUSIVO PARA EL CENTRO DE EDUCACION FISICA N° 8 .
Listado de Autores
Costanzo , Remo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-04-2000 SIN FECHA 25/2000 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
10-04-2000 08-11-2001

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO:
10-04-2000 08-11-2001

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 21-11-2001
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
OBSERVACIONES
CADUCO EN DIPUTADOS 28-02-2003

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1050/01 09-11-2001 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-00-0504:COSTANZO.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,¿

Artículo 1°.- Transfiérese a título gratuito a favor de la
provincia de Río Negro, el dominio de dos (2) fracciones de terreno
propiedad del Estado nacional (Administración de Parques Nacionales),
de dos mil novecientos cuarenta y dos metros cuadrados (2.942m2) de
superficie cada una, ubicadas en la ciudad de San Carlos de Bariloche e
identificables como Parcelas 1-A y 13-A del Distrito Catastral 19,
Sección E. Manzana 155, de conformidad con los datos, referencias y
planos que obran en el Catastro y el Folio Parcelario, cuya copia
forman parte de la presente ley.

Art. 2°.- La transferencia prevista por el artículo anterior comprende,
además, las siguientes construcciones e instalaciones existentes en las
fracciones de referencia: el edificio donde funciona el Centro de
Educación Física N° 8 (Resolución del Directorio de Parques Nacionales
N° 1.379-D/62), cuya superficie cubierta es de 988,58 m2 (novecientos
ochenta y ocho metros cuadrados con cincuenta y ocho centímetros
cuadrados), se encuentra ubicado en la calle Angel Gallardeo N° 531 de
la ciudad de Bariloche e identifica en el Catastro Parcelario, como
Unidad Funcional 00-01 de la Parcela 1-A; el edificio del Ex - Salón
Social (Ayekán Ruca), y las construcciones anexas al mismo (albergue,
depósitos), que tienen, en conjunto, una superficie cubierta de
1.130,42 m2 (mil ciento treinta metros cuadrados cuarenta y dos
centímetros cuadrados), se encuentran ubicados en la calle Angel
Gallardo N° 527 de la ciudad de Bariloche e identificables, en el
Catastro Parcelario, como Unidades Funcionales 00-02 y 00-03 de la
citada Parcela 1-A; cuatro galpones metálicos modulares conocidos como
"gamelas" localizados en la misma Parcela 1-A, Unidad Funcional 00-03;
y dos pequeñas cabañas de madera ubicadas en la referida Parcela 13-A,
de acuerdo a los datos, referencias y planos que obran en el Catastro y
el Folio Parcelario, cuyas copias forman parte de la presente ley.

Art. 3°.- La presente transferencia se realiza con cargo para la
provincia de Río Negro, de afectar, en forma exclusiva, la totalidad de
los terrenos y edificios descriptos en los artículos anteriores, al
Centro de Educación Física N° 8 de la ciudad de San Carlos Bariloche;
de construir en ellos un gimnasio y una pileta cubiertos y de dotar al
mencionado establecimiento educacional de instalaciones necesarias para
la práctica de la educación física, el deporte aficionado, de alto
rendimiento y la educación física especial.

Art. 4°.- La provincia de Río Negro deberá demostrar dentro de un
plazo, que no pueda exceder los tres (3) años, contados a partir de la
publicación de la presente, que ha dado inicio de cumplimiento al cargo
impuesto, de no ser así, los inmuebles descriptos en los artículos 1° y
2°, revertirán al patrimonio de la nación.

Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Remo J. Costanzo.


LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 025/00.

-A la Comisión de Asuntos Administrativos y
Municipales.