Número de Expediente 501/00
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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501/00 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | COSTANZO :REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A TITULO GRATUITO A LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE , RIO NEGRO , EL DOMINIO DE TRES FRACCIONES DE TERRENO , PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL .- (REF.S-593/97).- |
Listado de Autores |
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Costanzo
, Remo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
07-04-2000 | 12-04-2000 | 25/2000 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
10-04-2000 | 08-11-2001 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
10-04-2000 | 08-11-2001 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 21-11-2001 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:PASA A DIP. |
OBSERVACIONES |
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CADUCO EN DIPUTADOS 28-02-2003 |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
1055/01 | 09-11-2001 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0501:COSTANZO.(REPRODUCCION)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.- Transfiérese a título gratuito, a la
Municipalidad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, el
dominio sobre tres (3) fracciones de terreno, propiedad del Estado
nacional, identificadas en el Distrito Catastral 19, Circunscripción
2°, Sección B, Quinta 012, como Parcelas Seis (6), Siete (7) y Ocho
(8), con una superficie de tres mil seiscientos treinta y ocho meros
cuadrados (3.638m2) la primera, de siete mil cincuenta y cuatro metros
cuadrados con seis mil novecientos cincuenta y cinco centímetros
cuadrados ( 7.054 m2 con 6.955 cm2) la segunda y de diez mil metros
cuadrados (10.000 m2) la tercera; situadas entre la Avenida Exequiel
Bustillo (Ruta Nacional 237) y el Lago Nahuel Huapi, en el paraje
conocido como Playa Bonita. Las tres fracciones están unidas y afectan,
en su conjunto, la forma de un polígono irregular cuya superficie es de
veinte mil seiscientos noventa y dos metros cuadrados con seis mil
novecientos cincuenta y cinco centímetros cuadrados (20.692 m2. con
6.955 cm2).
Art. 2°.- Las parcelas mencionadas en el artículo anterior
tienen como límites, los que surgen del plano de mensura y las copias
del Folio Parcelario, que forma parte de la presente Ley como ANEXO I,
II, III y IV.
Art. 3°.- La transferencia de las parcelas, dispuesta por esta
Ley, se realiza con cargo de su utilización para la creación de
espacios verdes forestados y el desarrollo de actividades recreativas,
deportivas y/o turísticas de la ciudad de Bariloche.
Art. 4°.- En razón de lo dispuesto en el artículo anterior, la
Municipalidad de Bariloche deberá demostrar, dentro de un plazo que no
puede exceder los tres (3) años, contados a partir de la publicación de
esta Ley, que ha dado inicio de cumplimiento al cargo impuesto; de no
ser así, las parcelas transferidas se revertirán al patrimonio de la
nación con las mejoras introducidas y sin que ello autorice a la
incumpliente a reclamar indemnización alguna.
Art. 5°.- A partir de la publicación de la presente Ley, la
Municipalidad de Bariloche recibirá la posesión de las parcelas antes
mencionadas, a efectos de poner en ejecución el plan de desarrollo
integral de Playa Bonita.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Remo J. Costanzo.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 25/00.
- A la Comisión de Asuntos Administrativos y Municipales.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-0501:COSTANZO.(REPRODUCCION)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.- Transfiérese a título gratuito, a la
Municipalidad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, el
dominio sobre tres (3) fracciones de terreno, propiedad del Estado
nacional, identificadas en el Distrito Catastral 19, Circunscripción
2°, Sección B, Quinta 012, como Parcelas Seis (6), Siete (7) y Ocho
(8), con una superficie de tres mil seiscientos treinta y ocho meros
cuadrados (3.638m2) la primera, de siete mil cincuenta y cuatro metros
cuadrados con seis mil novecientos cincuenta y cinco centímetros
cuadrados ( 7.054 m2 con 6.955 cm2) la segunda y de diez mil metros
cuadrados (10.000 m2) la tercera; situadas entre la Avenida Exequiel
Bustillo (Ruta Nacional 237) y el Lago Nahuel Huapi, en el paraje
conocido como Playa Bonita. Las tres fracciones están unidas y afectan,
en su conjunto, la forma de un polígono irregular cuya superficie es de
veinte mil seiscientos noventa y dos metros cuadrados con seis mil
novecientos cincuenta y cinco centímetros cuadrados (20.692 m2. con
6.955 cm2).
Art. 2°.- Las parcelas mencionadas en el artículo anterior
tienen como límites, los que surgen del plano de mensura y las copias
del Folio Parcelario, que forma parte de la presente Ley como ANEXO I,
II, III y IV.
Art. 3°.- La transferencia de las parcelas, dispuesta por esta
Ley, se realiza con cargo de su utilización para la creación de
espacios verdes forestados y el desarrollo de actividades recreativas,
deportivas y/o turísticas de la ciudad de Bariloche.
Art. 4°.- En razón de lo dispuesto en el artículo anterior, la
Municipalidad de Bariloche deberá demostrar, dentro de un plazo que no
puede exceder los tres (3) años, contados a partir de la publicación de
esta Ley, que ha dado inicio de cumplimiento al cargo impuesto; de no
ser así, las parcelas transferidas se revertirán al patrimonio de la
nación con las mejoras introducidas y sin que ello autorice a la
incumpliente a reclamar indemnización alguna.
Art. 5°.- A partir de la publicación de la presente Ley, la
Municipalidad de Bariloche recibirá la posesión de las parcelas antes
mencionadas, a efectos de poner en ejecución el plan de desarrollo
integral de Playa Bonita.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Remo J. Costanzo.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 25/00.
- A la Comisión de Asuntos Administrativos y Municipales.