Número de Expediente 4647/06

Origen Tipo Extracto
4647/06 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación BUSSI Y PINCHETTI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE CITE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL PARA MODIFICAR LA LEY 24449 ( TRANSITO ) , RESPECTO AL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR .
Listado de Autores
Bussi , Ricardo Argentino
Pinchetti de Sierra Morales , Delia Norma

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
22-02-2007 14-03-2007 219/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
27-02-2007 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 1
28-02-2007 28-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 16-10-2008

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-4647/06)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación:

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la Nación, por intermedio del organismo que pudiera corresponder, cite al Consejo Federal de Seguridad Vial, para que en el marco del establecido en el articulo 7 de la Ley Nº 24449, coordine con las distintas jurisdicciones una propuesta de modificación del Titulo III Capitulo II, artículos 15 a 20 de la Ley Nacional Nº 24449 - Ley de Transito - en un plazo no mayor de 90 días hábiles, teniendo en cuenta los siguientes criterios y pautas.

1) Que las licencias de conducir sean expedidas por un organismo único, de carácter nacional, el que podría integrarse y unificarse en el actual Registro Nacional de Antecedentes del Tránsito, al cual habría que reestructurar, con lo cual este organismo estaría en condiciones de evaluar periódicamente a cada conductor en oportunidad de renovarle su licencia de conducir, evitando de esta manera la migración de jurisdicción.
2) Elaborar y proponer un sistema de premios y castigos, basado en la buena conducta de los conductores
3) Elaborar y proponer un convenio marco, por el cual las distintas reparticiones de las Jurisdicciones que hoy expiden las licencias de conducir, actúen como delegados de este organismo único, percibiendo por ello un arancel.
4) Adecuar y proponer el actual régimen de requisitos para la expedición de las licencias,
5) Elaborar y proponer un régimen las causales para su denegación
Recrear un sistema apto, eficiente y rápido de comunicación entre el organismo central y las distintas reparticiones expedidoras de manera tal que cada oficina, pueda evaluar en base a la información recibida si el peticionante, no se encuentra incurso en alguna de las causales para que se le deniegue el otorgamiento de la licencia de conducir.
Proponer las modificaciones legislativas que sobre la base de lo antedichosedeba realizar.

Ricardo A. Bussi.- Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

En estos últimos tiempos se ha puesto en el tapete, lo referido a la seguridad vial, todo ello con fundamento en una serie de acontecimientos que se dieron con singular presencia con un luctuoso
resultado de 503 muertos, 1162 heridos en lo que va del año 2007, lo que hace un promedio de aproximadamente 10 personas muertas diarias.

Según el Banco de Datos de Siniestralidad Vial Grave, del Instituto de Seguridad y Educación Vial (ISEV) la Argentina es uno de los países con mayores niveles de accidentes graves de la región. En cuanto al resto del mundo, en el país hay 25 muertos por siniestros viales cada 100.000 habitantes, mientras que en los Estados Unidos hay 15 cada 100.000 y en Australia hay entre 5 y 6.

La diferencia entre ellos y nosotros es que en esos países existen campañas de educación vial a corto, mediano y largo plazo. Además de la ausencia de campañas viales, la falta de acatamiento a las más elementales normas de tránsito como, por ejemplo, respetar el semáforo en rojo o los límites de velocidades máximas permitidas son algunas de las causas que han contribuido a incrementar el número de siniestros fatales. Las cifras de personas muertas por accidentes de tránsito son más que elocuentes y expresan la necesidad, en consecuencia, de encarar el tema desde el máximo nivel, con la seriedad y celeridad que las circunstancias requieren.

Desde la Asociación Luchemos por la Vida se asegura que más del 50 por ciento de los accidentes es por culpa del exceso de velocidad y de conductores ebrios. Por su parte, el ISEV suministró otros datos interesantes que pueden resultar de utilidad a la hora de buscar soluciones que contribuyan a disminuir la altísima siniestralidad que golpea duramente a nuestro país. Casi la mitad de las víctimas mortales eran menores de 30 años (47,5 por ciento). En dicha franja de edad, la principal causa de fallecimiento son los accidentes de tránsito, por encima de cualquier enfermedad. Además, del total de muertos, 70 por ciento son varones. En cuanto a los accidentes, el 60 por ciento ocurre en las zonas urbanas, en tanto, en rutas y en caminos rurales, donde las velocidades son más altas, se registra el mismo porcentaje, pero de muertes. Asimismo, los domingos fueron los días con mayor cantidad de accidentes graves (21,8 por ciento del total) mientras que la peor franja horaria fue la ubicada entre las 6 y las 12 del mediodía. Esto se explica, mayoritariamente, por las salidas de los sábados que terminan en la madrugada del domingo, muchas veces con exceso de alcohol y a altas velocidades al conducir. Además, de cada 10 accidentes, tres fueron de los denominados "solitarios", es decir que sólo involucraron a un vehículo cuyo conductor perdió el control, volcó o impactó contra árboles o columnas de alumbrado o semáforos
Este breve análisis nos lleva a la conclusión que esta problemática, aparte de ser ardua es de una complejidad tal, cuya solución trasciende largamente de lo que puede llegar a ser una propuesta legislativa.

El tema no se soluciona solamente, como algunos pregonan, con un endurecimiento de las normas y de su régimen de sanciones, acá ingresan cuestiones culturales, económicas y de infraestructura entre otras, cuya solución requieren de no pocas inversiones y tiempo.

Tenemos una ley, la Nº 24449, Ley de Transito, que constituye un plexo normativo equilibrado y de una sana lógica jurídica, cuyas normas lamentablemente, no siempre son respetadas y hechas cumplir.

Cito a modo de ejemplo, el capitulo referido a la educación vial, con una serie de reglas, que mas vale, no nos pongamos a analizar cuantas jurisdicciones lo cumplen.

Fíjese Señor Presidente, que recientemente, el Gobierno de la ciudad autónoma de Buenos Aires, planteo una nueva ley de Seguridad Vial en el orden local, en donde los voceros de la ciudad pregonan a voz de cuello, la incorporación, como algo novedoso, de la educación vial en los distintos niveles educativos, cuando la realidad es que vienen incumpliendo con lo preceptuado por el articulo 9 de la ley 24449 desde el año 1995, año en que se sanciono la ley.

Fuera de estas breves consideraciones, y yendo a la razón del presente Proyecto de Comunicación, hay un tema, que me parece central y es el referido al otorgamiento de las licencias de conducir.

Lo pongo como tema central, por cuanto este es el acto administrativo, partir del cual el individuo, puede estar al comando de un vehículo y circular por las calles y rutas de nuestra amada patria.

Según lo establecido por el artículo 14 de la ley 24449, para ser beneficiario de una licencia el ciudadano debe de acreditar un nivel de idoneidad teórico práctica en la conducción de vehículos.

La verificación de estos requisitos, huelga decir, que lamentablemente no se realiza en todas las localidades en la forma adecuada y necesaria.

Hay municipios en donde lamentablemente se privilegia más el aspecto referido a la recaudación que al de seguridad.

Todos los que estamos acá, sabemos que hay municipios, en donde para sacar la licencia de conducir, ni siquiera es necesario concurrir personalmente.

Por ello, es que como un punto de partida en la búsqueda de una pronta solución al tema de la seguridad vial, es que me aboco al tema de las licencias de conducir y lo hago por un proyecto de comunicación, cuando bien lo podría haber hecho a través de un proyecto de ley, modificando los artículos pertinentes de la Ley 24449.

Cuestión que de acuerdo a una sana técnica legislativa, no seria errónea, pero que por tratarse la ley 24449 de una ley convenio, entendí mucho mas conveniente que sean las distintas jurisdicciones, a través de su participación en el Consejo de Seguridad Vial, quienes propicien respetando sus legítimos intereses propicien una modificación consensuada del Titulo III Capitulo II, artículos 15 a 20 de la Ley Nacional Nº 24449 - Ley de Transito, en el sentido que seguidamente propongo.

Revisando el texto de la ley 24449, vemos que establece en el articulo 13 inc a) que las licencias serán otorgadas por las municipalidades y/o los organismos provinciales, de acuerdo a los requisitos establecidos en el articulo 14 - articulo que detalla casuísticamente todos los requisitos que debe satisfacer el interesado.

Paralelamente la ley crea el Registro de Antecedentes de Transito, con la misión y función de recabar y almacenar los datos de las licencias para conducir, de los presuntos infractores prófugos o rebeldes, las sanciones y demás información, los que deben ser comunicados por las reparticiones otorgantes, autoridades competentes de control y seguridad de inmediato a este Registro, el que deberá tomar razón y que a su vez debe ser consultado previo a cada nuevo trámite o para todo proceso contravencional o judicial relacionado a la materia.

Si se cumpliera con los preceptos de la ley, se supone que la autoridad otorgante, antes de hacerlo debiera consultar con el registro, los antecedentes del peticionante y dados los mismos, buenos o malos, tener en cuenta los mismo a los efectos de su otorgamiento.

Lamentablemente la ley, establece los casos en que se lo puede inhabilitar, pero no trae ningún repertorio de causales que le permitirían a la autoridad otorgantes, denegar el pedido de solicitud de otorgamiento de la licencia.

Sintéticamente todo esto lleva a que hoy, circulan por la calle, gente que en un país organizado, no podría ni soñar con tener el registro, ello encuentra gran parte de sus sustento en la dispersión de jurisdicciones otorgantes y en la falta de una base de datos centralizada, que permita evaluar, sobre pautas objetivas, si el peticionante, reúne los requisitos para poder ser acreedor de una licencia de conducir.

Hoy convengamos que es muy común, que a un conductor que le quitan la licencia de conducir en Capital Federal, cruza la General Paz, se va alguna localidad colindante y con el solo requisitos de fijar un domicilio, saca una nueva licencia, que le permite circular por todo el país.

Repito, circular por todo el país, entonces si el puede circular por todo el país, tenemos una cuestión federal, y así se entendió y lo cito como antecedente en el caso del articulo 13 inc f) La Nación será competente en el otorgamiento de licencias para conducir vehículos del servicio de transporte de pasajeros y carga interjurisdiccional

Por lo tanto y respetando las atribuciones y competencias jurisdiccionales, especialmente en lo que hace al Poder de Policía, entiendo que correspondería a la Nación, expedir, todas las licencias de conducir, cualquiera sea su clase o categoría.

Esto debería estar acompañado por un sistema de premios y castigos, en este último caso -castigos- debe existir un régimen gradual de sanciones, dentro del cual se incluya la inhabilitación, temporal y/o permanente y la imposibilidad de renovar la licencia de conducir.

Quien mato a alguien corriendo una picada, no puede volver a manejar en su vida, eso por ejemplo aparte de ser una causal de inhabilitación debiera ser una causal para que nunca más pueda sacar una licencia de conducir.

Ese repertorio de causales, hoy no existe, lamentablemente, creo que si nos ponemos a pensar un poco o acudimos a esa fuente que es el derecho comparado, podremos encontrar muchos antecedentes, de cuales serian las causales para denegar temporal o permanentemente el otorgamiento de licencias.

También sugiero un plazo, para que la cuestión no se convierta en una discusión bizantina sin término, más aun cuando esta propuesta significa que los municipios pueden llegar a perder recaudación y todos sabemos que este es un tema arduo y difícil de vencer las resistencias que ello genera..

Con esta modesta propuesta, que va a la base de unos de los problemas, la idoneidad de los conductores, pretendo hacer un aporte a este tema, que lamentablemente como ya dije, es de una complejidad, que no se agota con esta iniciativa y que, con razón, va ganando espacio en la sensibilidad publica, y sobre el cual se deberá hacer algo, porque como país no nos podemos dar el lujo de seguir perdiendo vidas por inacción.

Por todas las razones expuestas, me voy a permitir solicitar a mis pares la pronta aprobación del presente Proyecto de Comunicación.

Ricardo A. Bussi.- Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.