Número de Expediente 4552/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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4552/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | FALCO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES RESPECTO A LAS MEDIDAS DISPUESTAS PARA EVITAR LA COMERCIALIZACION ILEGAL DE PIEZAS PALEONTOLOGICAS . |
Listado de Autores |
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Falco
, Luis
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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24-02-2005 | 02-03-2005 | 264/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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28-02-2005 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
28-02-2005 | 28-02-2006 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006
ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4552/04)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Se dirige al Poder Ejecutivo nacional a fin de solicitarle que, por
intermedio de las autoridades de la Secretaría de Ciencia y Tecnología,
brinde precisiones sobre su actuación en el marco de la Ley 25743 en lo que
respecta a las acciones desplegadas para su cumplimiento y a las medidas
dispuestas desde su promulgación para evitar la comercialización ilegal de
piezas paleontológicas y la depredación del patrimonio paleontológico
nacional. Importa, fundamentalmente, lo siguiente:
1. Que se brinde un exhaustivo panorama que incluya todas las actuaciones
llevadas a cabo, discriminadas por provincia.
2. Que se consigne si ya fue creado y organizado el Registro Nacional de
Yacimientos, Colecciones y Objetos Arqueológicos y el Registro Nacional de
Yacimientos, Colecciones y Restos Paleontológicos.
3. Que se consigne si ya fue creado el Registro Nacional de Infractores y
Reincidentes.
4. Que se consigne la nómina de provincias que, a la fecha, hayan cumplido
con lo dispuesto por el inciso b del artículo 6 de la Ley N.º 25743.
5. Que se remita la lista completa de las personas físicas o jurídicas que
hayan cumplido con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N.º 25743.
6. Que se indiquen todos aquellos procedimientos que, en el marco de lo
dispuesto por la Ley N.º 25743, hayan finalizado con el decomiso o
recuperación de piezas paleontológicas por parte del Estado nacional.
7. Que se detalle qué cantidad de solicitudes de permisos para campañas
científicas de exploración y excavación han sido autorizados desde la
sanción de la ley y si han sido fiscalizadas. Sírvase consignar la nómina.
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 25 de junio de 2003 fue promulgada la Ley 25743 de Protección del
Patrimonio Arqueológico y Paleontológico Nacional, que tiene por objeto "la
preservación, protección y tutela del Patrimonio Arqueológico y
Paleontológico como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y
el aprovechamiento científico y cultural del mismo".
Entre las facultades exclusivas que su artículo 4.º le asigna al Estado
nacional figura la de "ejercer la defensa y custodia del Patrimonio
Arqueológico y Paleontológico en el ámbito internacional, mediante la
prevención y sanción de importaciones o exportaciones ilegales".
Lamentablemente, en nuestro país el comercio ilegal de piezas
paleontológicas ha crecido enormemente en los últimos años. Esto sucede, muy
especialmente, en aquellas provincias que poseen profusión de yacimientos
paleontológicos de inestimable riqueza. En determinados distritos del NOA y
de la Patagonia es común encontrar puestos de venta improvisados en plazas,
a la vera de caminos vecinales, y baqueanos dispuestos a guiar a turistas
ávidos por obtener algún "recuerdo" jurásico.
La falta de controles efectivos, más allá de la tardía sanción de la ley de
marras, es uno de los principales factores que hacen a la proliferación de
este tipo de comercio ilícito que compromete el patrimonio histórico y
cultural de los argentinos.
Estas piezas también son ofrecidas y negociadas a escala global a través de
Internet. Coleccionistas de todo el mundo, por sumas del más diverso rango,
obtienen fósiles que, con facilidad pasmosa, atraviesan nuestras fronteras.
A mediados del mes de enero de 2005, por citar un simple caso, unas 600
piezas de material paleontológico fueron decomisadas por la Policía de la
Provincia de Neuquén cuando se ofrecían como souvenirs al costado de la Ruta
237, en la localidad de Picún Leufú. Al estudiar estas piezas el Consejo de
Planificación para el Desarrollo Neuquino determinó que tenían entre 130 y
260 millones de años de antigüedad.
En abril de 2003, efectivos de la Aduana y de la Policía Aeronáutica
desbarataron un contrabando de huevos de dinosaurios y restos fósiles de
decenas de millones de años de antigüedad, que fueron extraídos de la
Patagonia argentina y tenían como destino Suecia y Estados Unidos,
Estos dos casos ejemplifican de manera contundente una triste realidad que
nos despoja de bienes cuyo valor no debe ser calculado en dinero.
Si a pesar de la escasez de controles cada tanto se descubren actos
ilícitos, es posible imaginar la magnitud de las transacciones que deben
desarrollarse, de manera prácticamente cotidiana, en perjuicio del
patrimonio público.
Mediante este proyecto de comunicación se pretende llamar la atención al
respecto. Por ello se le solicita al Poder Ejecutivo nacional un balance
exhaustivo sobre lo actuado en cumplimiento de lo preceptuado por la Ley
Nacional de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.
La letra de la normativa vigente jamás será suficiente mientras el Estado no
asuma de manera efectiva y responsable el compromiso de cumplir con la
preservación y defensa del patrimonio arqueológico, paleontológico y
antropológico mediante la asignación de los recursos necesarios y el
ejercicio estricto del poder de policía que impida su vil comercialización.
Por estas razones, solicito a los señores senadores que acompañen esta
iniciativa con el voto favorable que permita aprobarla.
Luis A. Falcó.-