Número de Expediente 455/95
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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455/95 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | VACA : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DEL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE FARMACIAS DE TURNO |
Listado de Autores |
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Vaca
, Eduardo Pedro
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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29-05-1995 | 31-05-1995 | 36/1995 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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01-06-1995 | 24-07-1995 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
01-06-1995 | 24-07-1995 |
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 09-08-1995 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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430/95 | 26-07-1995 | APROBADA | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
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PE | RP | 593/95 | 10-10-1995 | SI |
En proceso de carga
S-95-0455:VACA.
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, por intermedio de
la autoridad sanitaria que corresponda, se sirva informar sobre los
siguientes puntos:
1.- Si se da cumplimiento a los horarios de turno de las farmacias,
conforme al diagrama dispuesto por el organismo competente, es decir la
Dirección de Control de Ejercicio Profesional y de Establecimientos
Sanitarios.
2.- Si se respeta la reglamentación vigente, que establece de
manera taxativa los turnos de veinticuatro horas que deben cumplir las
farmacias autorizadas, siempre y cuando no existan otras autorizadas de
turno voluntario a menos de 500 metros de aquéllas.
3.- Si es efectivo, en todos los casos, el cumplimiento de las
exigencias legales en cuanto a que cada establecimiento debe exhibir, en
lugar visible y convenientemente iluminado, carteles indicativos del
horario de atención al público, de su turno rotativo y, en su defecto, el
turno de dos o más farmacias cercanas que estén de turno,
independientemente de que correspondan a la misma zona o no.
4.- Si se ha dispuesto el número de locales y la periodicidad
suficiente de inspecciones para fiscalizar la efectividad en el
cumplimiento de la legislación vigente y para aplicar las penalidades por
las infracciones cometidas.
5.- Si se ha previsto la difusión de la posibilidad que tienen los
ciudadanos de denunciar ante la autoridad sanitaria cualquier infracción a
las disposiciones vigentes, ya que la información necesaria para llevar a
cabo dicha denuncia deben exhibirse en lugar visible en los locales y
también difundirse en los medios de comunicación.
6.- Si los diagramas dispuestos por la autoridad sanitaria, según
las zonas, concuerda con los horarios de turno difundidos en los medios de
comunicación.
7.- Si se ha previsto que entre la información suministrada por los
medios de comunicación figure también el número de teléfono de cada
farmacia de turno.
8.- Si se cumple la legislación vigente con respecto a que todas
las farmacias de turno voluntario garanticen la atención al público en los
días feriados y en los horario nocturnos.
9.- Si se cumple la disposición legal según la cual todas las
farmacias deben tener acceso desde la zona peatonal, de manera de asegurar
el cumplimiento del servicio farmacéutico.
Eduardo P. Vaca.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE COMUNICACION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL D.A.E. 36/95.
-A la Comisión de Asistencia Social y Salud Pública.