Número de Expediente 4535/04

Origen Tipo Extracto
4535/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación SAADI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE DIVERSOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA EMPRESA SOUTHERN WINDS S. A.
Listado de Autores
Saadi , Ramón Eduardo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
23-02-2005 02-03-2005 263/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
28-02-2005 21-04-2005

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 1
28-02-2005 21-04-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 16-05-2005

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 27-04-2005
SANCION: Com.Art106
COMENTARIO:
NOTA:DESPACHO 85/05
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-4535/04)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Pl
anificación Federal,
Inversión Pública y Servicios y de la Secretaría de Transporte dependiente del
mismo informen sobre los
puntos que se detallan a continuación:

1.- Los montos otorgados en forma mensual por la Secretaría de Transporte a la
empresa Southern Winds
Sociedad Anónima en adelante SW para afrontar los gastos de combustible, en e
l marco del Acuerdo de
Cooperación Económica suscripto por Líneas Aéreas Federales S.A. en adelante L
AFSA.-

2.- Cuales son las rutas concedidas por el Estado Nacional a LAFSA

3.-Si SW ha volado en las rutas que el Estado Nacional ha concedido a LAFSA, e
n caso afirmativo cuales son
estas.-

4.-Que cantidad de personal detallado en el Anexo II de la loopb Resolución 1
91/2003 ha sido incorporado
a LAFSA, nómina del mismo.-

5.-Bajo que condiciones ha sido incorporado dicho personal con relación a su r
econocimiento de antigüedad
y nivel salarial.-

6.-Que planes y programas ha presentado el Presidente del órgano de Coordinaci
ón a las partes signatarias
del acuerdo de cooperación empresaria.-

7.-Que personal incorporado a LAFSA cumple funciones en SW, cuales son las mis
mue categoría ocupan dichos
trabajadores o funcionarios dentro de la organización de la empresa SW.-

8.-De quien dependen jerárquicamente los trabajadores o funcionarios consignad
os en el punto precedente.-

9.-Porcentualmente cuanto representa el subsidio otorgado por el citado Acuerd
o con relación al
presupuesto de la Secretaría de Transporte, y su cuadro comparativo con relaci
ón a los restantes subsidios
que dicho organismo otorga a los restantes actores del transporte.-

10.-Si los respectivos directorios de LAFSA y SW han delegado funciones y atri
buciones al Presidente del
órgano de Coordinación. En caso afirmativo, cuales fueron; como fueron ejercid
as.-

11.- Se informe las remuneraciones mensuales del personal jerárquico de LAFSA.


12.-Que organismo del Estado Nacional ha ejercido funciones de control de lega
lidad de los actos del
comité de Coordinación, habida cuenta que su presidencia recae en un represent
ante del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

13.-Cuales fueron las razones expresadas por los Departamentos de Asuntos Jurí
dicos competentes en el
denominado Acuerdo de Cooperación Económica, que determinaron la aprobación de
l mismo por un acto
administrativo del Señor Secretario de Transporte de la Nación.-

14. - Que tareas de fiscalización, auditoria o revisión cumplió el Presidente
del órgano de Cooperación
sobre la operatoria empresarial de SW en el marco de las atribuciones conferid
as por el Acuerdo de
Cooperación Económica.-

15.-Que organismos técnicos o jurídicos dependientes del Ministerio de Planifi
cación Federal, Inversión
Pública y Servicios, prestaron su apoyo, colaboración, información al Presiden
te del comité de
Coordinación.-

16.-Que vía jerárquica correspondía seguir a fin de contar con la colaboración
de las áreas técnicas o
jurídicas del citado Ministerio por parte del Señor Presidente del comité de C
oordinación.-

17.-Si fueron labradas actas de las respectivas reuniones del comité de Coord
inación, que funcionarios lo
integran o lo han integrado por LAFSA y SW; y su posición dentro de la organi
zación empresarial de ambas
sociedades.-

18.- Si el precitado Acuerdo de Cooperación Económica no constituye a LAFSA en
una sociedad "controlante
de hecho" por "los especiales vínculos contractuales" a tenor del artículo 33
de la Ley l9.550, de la
sociedad Southern Winds Sociedad Anónima.-

19.- Si la actividad desplegada, conforme la información periodística no encua
draría a la sociedad SW en
la previsión del artículo 19 de la ley de sociedades comerciales ( Sociedad de
objeto lícito con actividad
ilícita); habida cuenta de las situaciones procesales que el señor Juez compe
tente ha calificado respecto
de sus funcionarios y directores.-

20.-Si la expresión de que cada empresa LAFSA-SW mantendrán su individualidad
jurídica no constituye una
mera expresión ante el tenor del Acuerdo de Cooperación y las previsiones lega
les expresadas en la
pregunta 16.-


21.- Fecha en la cual se concedió a la empresa SW autorización de vuelos chart
er entre la ciudad de Tacna
(Perú) y la Ciudad de Córdoba (República Argentina).

22.- Cuales son los requisitos para conceder a una empresa aérea autorización
para efectuar vuelos
charter. Organismos que intervienen en el conferimiento de la misma.-

23.- Los subsidios del Estado Nacional vía LAFSA comprendían a los vuelos char
ter organizados por SW.-

24.- Nivel de ocupación de los citados vuelos, frecuencia, máquinas que operab
an la ruta citada en la
pregunta 19.-

25.- Consideraciones a realizar sobre un ofrecimiento turístico de charter con
una ciudad como Tacna, con
no más de 300.000 habitantes, y cuya jurisdicción territorial limita al Este c
on la República de Bolivia.-

26.-Valores turísticos, arquiológicos. Museológicos, culturales que podrían ju
stificar una oferta de
vuelos charter entre una Ciudad como Córdoba y Tacna.-

Ramón Saadi.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

En febrero del corriente año, en los diarios de nuestro país se difunde la
noticia
de un envío de carga de 60 kilos de estupefacientes desde el aeropuerto de Eze
iza hacia el aeropuerto de
Madrid transportados en 4 valijas por la empresa Southern Winds (SW), empresa
asociada a la Líneas Aéreas
Federales (LAFSA) y contratada por el Estado Nacional para operar rutas, y por
cierto subsidiada por el
mismo.

El hecho, que si bien fue difundido recién en febrero, ocurrió en el mes de

septiembre de 2004, y dadas las circunstancias y el mecanismo con el que se op
ero generan la sospecha de
que no se trataría de un caso aislado y que fuera un primer embarque, sino que
podría tratarse de muchos
más.

No solo debemos destacar la gravedad del hecho en si debido a las fallas de
los
controles en el aeropuerto de Ezeiza, también de la sospecha de ser ruta de tr
áfico una ruta que opera la
empresa SW como es la de Tacna (Perú) y Córdoba (Argentina), la cantidad de i
nvolucrados en el mismo como
ser los propietarios, las máximas autoridades y empleados de la empresa. Pero
aún mayor es la gravedad
institucional del Estado Argentino al verse involucrado en un hecho de corrupc
ión tan aberrante al ser SW
una empresa asociada a la empresa pública LAFSA.

Es por todo lo expuesto Sr. Presidente y con el animo de conocer acabadamen
te la
relación Estado Argentino con la empresa SW es que solicito a mis pares me aco
mpañen con la sanción del
presente proyecto.

Ramón Saadi.