Número de Expediente 452/06

Origen Tipo Extracto
452/06 Senado De La Nación Proyecto De Declaración CURLETTI : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO AL DIA MUNDIAL DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR EL DIA 15 DE MARZO .
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
14-03-2006 22-03-2006 019/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
20-03-2006 24-04-2006

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: 1
21-03-2006 24-04-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 11-08-2006

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 17-05-2006
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:SE AP. UN PD. CONJ. S. 75 Y 118/06

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
249/06 28-04-2006 APROBADA Con Anexo
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-452/06)

PROYECTO DE DECLARACION

El Senado de la Nación

DECLARA:

Su adhesión a la celebración del ¿Día Mundial de los Derechos del Consumidor¿, el día 15 de Marzo del corriente mes, instando a las áreas de competencia a implementar programas de difusión y promoción de los alcances de la Ley Nacional 24240 de Defensa del Consumidor la participación ciudadana en defensa de sus derechos.

Mirian Curletti.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Desde el año 1983, el día 15 de marzo de cada año se celebra el ¿Día Mundial de los Derechos del Consumidor¿. Si bien hace 22 años que se viene concretando este reconocimiento, el mismo se originó cuando en el año 1962 el entonces presidente de EEUU John F. Kennedy proclamó ante el Congreso de su país, por primera vez, los derechos de los consumidores y usuarios.

En el capítulo de Derechos de nueva generación incorporados con la Reforma de la Constitución del año 1994, el Artículo 42 de la Constitución Nacional expresa ¿los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.¿

En el párrafo siguiente agrega que las autoridades protegerán esos derechos, proveyendo a la educación para el consumo, garantizando la defensa de la competencia contra toda distorsión de los mercados, controlando los monopolios naturales y legales, y velando por la eficiencia en la prestación de los servicios públicos. Asimismo, en este párrafo se promueve, la creación de las asociaciones de consumidores y de usuarios.

Señor Presidente, con esta adhesión pretendemos fomentar y promover los derechos de modo que los consumidores tomen conciencia y comprendan que el cumplimiento de la Ley pone en práctica sus derechos. En oportunidades, debido a la escasa divulgación se impide su real cumplimiento. De allí que apartados sobre educación al consumidor tanto de las Naciones Unidas como en la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor promuevan su conocimiento.

Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.

Mirian Curletti.