Número de Expediente 4510/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
4510/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | JAQUE : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE DECLARE LA EMERGENCIA AGROPECUARIA EN LOS DEPARTAMENTOS DE LUJAN DE CUYO Y MAIPU , PROVINCIA DE MENDOZA |
Listado de Autores |
---|
Jaque
, Celso Alejandro
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
16-02-2005 | 02-03-2005 | 262/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
17-02-2005 | 16-06-2005 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1 |
17-02-2005 | 16-06-2005 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2 |
17-02-2005 | 16-06-2005 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 15-09-2005
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 27-07-2005 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:SE AP.OTRO PC CONJ.S. 4508/04 |
OBSERVACIONES |
---|
DICTAMEN CONJ. CON S. 4508/04 |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
634/05 | 17-06-2005 | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 132/06 | 27-07-2006 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4510/04)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación:
Se dirige al Poder Ejecutivo Nacional a fin de solicitarle que, a través de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación, convoque con carácter de urgencia a la Comisión Nacional de Emergencia
Agropecuaria a los efectos de considerar declarar en emergencia y/o desastre agropecuario, en los términos
de la Ley 22.913, a los departamentos de Luján de Cuyo y Maipú, provincia de Mendoza, afectados por la
granizada sufrida el lunes 14 de Febrero de 2005, en virtud de las cuantiosas pérdidas provocadas por
dicho acontecimiento.
Celso A. Jaque.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Los fenómenos meteorológicos acontecidos el pasado 14 de febrero en los departamentos de Luján de Cuyo y
Maipú, provincia de Mendoza, han producido cuantiosos daños en la actividad agropecuaria de dicha región.
No hay memoria de un desastre climático localizado de la loopb envergadura del que azotó en aquella tarde
a estas localidades mendocinas. Una fuerte tempestad de lluvia y granizo se descargó poco después de las
16hs y en sólo veinticinco minutos arrasó con gran parte de los viñedos de la zona vitivinícola más
importante del país. En Luján de Cuyo, de un total de 10.478 hectáreas, se destruyeron -en principio-
entre tres mil y cuatro mil, pudiendo afectar también la producción y cosecha d6 por la gran rotura de
sarmientos de la vid y sus yemas.
En la ciudad, los daños fueron también muy graves: el fuerte temporal provocó el derrumbe de cincuenta
casas y daños en otras quinientas, obligando a que más de 500 personas tengan que ser evacuadas. Además,
debieron lamentarse dos muertes.
La Ley Nacional 22.913 en su art. 5º, establece que es función de la Comisión Nacional de Emergencia
Agropecuaria: "Proponer al Poder Ejecutivo Nacional la declaración de emergencia agropecuaria de la zona
afectada con delimitación del área territorial a nivel de departamento o partido, cuando factores de
origen climático, telúrico, biológico o físico, que no fueren previsibles o siéndolo fueren inevitables,
por su intensidad o carácter extraordinario, afectaren la producción o la capacidad de producción de una
región dificultando gravemente la evolución de las actividades agrarias y el cumplimiento de las
obligaciones crediticias y fiscales".
Por lo anteriormente expuesto, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Celso A. Jaque.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4510/04)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación:
Se dirige al Poder Ejecutivo Nacional a fin de solicitarle que, a través de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación, convoque con carácter de urgencia a la Comisión Nacional de Emergencia
Agropecuaria a los efectos de considerar declarar en emergencia y/o desastre agropecuario, en los términos
de la Ley 22.913, a los departamentos de Luján de Cuyo y Maipú, provincia de Mendoza, afectados por la
granizada sufrida el lunes 14 de Febrero de 2005, en virtud de las cuantiosas pérdidas provocadas por
dicho acontecimiento.
Celso A. Jaque.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Los fenómenos meteorológicos acontecidos el pasado 14 de febrero en los departamentos de Luján de Cuyo y
Maipú, provincia de Mendoza, han producido cuantiosos daños en la actividad agropecuaria de dicha región.
No hay memoria de un desastre climático localizado de la loopb envergadura del que azotó en aquella tarde
a estas localidades mendocinas. Una fuerte tempestad de lluvia y granizo se descargó poco después de las
16hs y en sólo veinticinco minutos arrasó con gran parte de los viñedos de la zona vitivinícola más
importante del país. En Luján de Cuyo, de un total de 10.478 hectáreas, se destruyeron -en principio-
entre tres mil y cuatro mil, pudiendo afectar también la producción y cosecha d6 por la gran rotura de
sarmientos de la vid y sus yemas.
En la ciudad, los daños fueron también muy graves: el fuerte temporal provocó el derrumbe de cincuenta
casas y daños en otras quinientas, obligando a que más de 500 personas tengan que ser evacuadas. Además,
debieron lamentarse dos muertes.
La Ley Nacional 22.913 en su art. 5º, establece que es función de la Comisión Nacional de Emergencia
Agropecuaria: "Proponer al Poder Ejecutivo Nacional la declaración de emergencia agropecuaria de la zona
afectada con delimitación del área territorial a nivel de departamento o partido, cuando factores de
origen climático, telúrico, biológico o físico, que no fueren previsibles o siéndolo fueren inevitables,
por su intensidad o carácter extraordinario, afectaren la producción o la capacidad de producción de una
región dificultando gravemente la evolución de las actividades agrarias y el cumplimiento de las
obligaciones crediticias y fiscales".
Por lo anteriormente expuesto, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Celso A. Jaque.-