Número de Expediente 4413/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
4413/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | CURLETTI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO LA IMPLEMENTACION DE UN PROGRAMA PROMOVIENDO LA NO DISCRIMINACION EN RAZON DE GENERO EN EL CAMPO LABORAL |
Listado de Autores |
---|
Curletti
, Mirian Belén
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
20-12-2004 | 03-02-2005 | 253/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
28-12-2004 | 23-06-2005 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
28-12-2004 | 23-06-2005 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 20-09-2005
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 27-07-2005 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
657/05 | 24-06-2005 | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4413/04)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
EL Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos
que correspondan, implemente un programa promoviendo la no discriminación en
razón de género en el campo laboral.
Mirian Curletti.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Nuestra Constitución Nacional ha consagrado la igualdad de oportunidades y
de trato entre varones y mujeres y el derecho a no ser discriminado.
En consecuencia, es un imperativo para el estado asegurar esta igualdad
entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la
formación y promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo.
Es de público conocimiento que las mujeres ganan entre un 30% y un 34% menos
que sus pares varones en iguales condiciones de cargo y capacitación, y que
sus carreras se encuentran con el famoso "techo de cristal" que le imponen
los roles domésticos y la doble y triple jornada laboral, que la obligan a
una carga de estrés y compromiso emocional con el que no cuentan la mayoría
de sus compañeros varones.
Asimismo, se ven sometidas a la violencia que se establece en la selección
de la oferta laboral, donde no solo la edad es compartida como limitante con
los varones. La belleza física, encubierta muchas veces en la frase "buena
presencia" esconde un acto discriminatorio en los avisos cotidianos de
selección de personal, en los que la presencia en el caso de una postulante
mujer es percibida como determinante. Lo es también el estado civil y la
cantidad de hijos de la postulante mujer, en virtud de la distorsión muy
establecida en el mercado laboral, de que los hijos son una carga para la
mujer e impactan negativamente en su rendimiento.
Cabe señalar la cuestión del acoso laboral, que es un componente de la
relación laboral que coloca a las mujeres en una condición de alta
vulnerabilidad.
Frente a estas y otras cuestiones que afectan directamente los derechos
humanos a la igualdad, al acceso al trabajo y a no ser discriminada, el
estado nacional y las jurisdicciones provinciales deben abocarse a prevenir
y erradicar estas situaciones de profundo arraigo cultural, que impactan
negativamente en la calidad de vida de miles de mujeres.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Mirian Curletti.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4413/04)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
EL Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos
que correspondan, implemente un programa promoviendo la no discriminación en
razón de género en el campo laboral.
Mirian Curletti.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Nuestra Constitución Nacional ha consagrado la igualdad de oportunidades y
de trato entre varones y mujeres y el derecho a no ser discriminado.
En consecuencia, es un imperativo para el estado asegurar esta igualdad
entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la
formación y promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo.
Es de público conocimiento que las mujeres ganan entre un 30% y un 34% menos
que sus pares varones en iguales condiciones de cargo y capacitación, y que
sus carreras se encuentran con el famoso "techo de cristal" que le imponen
los roles domésticos y la doble y triple jornada laboral, que la obligan a
una carga de estrés y compromiso emocional con el que no cuentan la mayoría
de sus compañeros varones.
Asimismo, se ven sometidas a la violencia que se establece en la selección
de la oferta laboral, donde no solo la edad es compartida como limitante con
los varones. La belleza física, encubierta muchas veces en la frase "buena
presencia" esconde un acto discriminatorio en los avisos cotidianos de
selección de personal, en los que la presencia en el caso de una postulante
mujer es percibida como determinante. Lo es también el estado civil y la
cantidad de hijos de la postulante mujer, en virtud de la distorsión muy
establecida en el mercado laboral, de que los hijos son una carga para la
mujer e impactan negativamente en su rendimiento.
Cabe señalar la cuestión del acoso laboral, que es un componente de la
relación laboral que coloca a las mujeres en una condición de alta
vulnerabilidad.
Frente a estas y otras cuestiones que afectan directamente los derechos
humanos a la igualdad, al acceso al trabajo y a no ser discriminada, el
estado nacional y las jurisdicciones provinciales deben abocarse a prevenir
y erradicar estas situaciones de profundo arraigo cultural, que impactan
negativamente en la calidad de vida de miles de mujeres.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Mirian Curletti.-