Número de Expediente 4406/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
4406/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ROSSI :PROYECTO DE LEY DECLARANDO LA INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES INMUEBLES AFECTADOS A FINES DEPORTIVOS Y/O RECREATIVOS PROPIEDAD DE CLUBES O ASOCIACIONES CIVILES DEPORTIVAS .- |
Listado de Autores |
---|
Rossi
, Carlos Alberto
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
17-12-2004 | 03-02-2005 | 253/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
21-12-2004 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
21-12-2004 | 28-02-2006 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006
ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4406/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y la Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Declárase Inembargable e Inejecutable los bienes inmuebles
afectados a fines deportivos y/o recreativos y/o sociales que sean propiedad
de clubes o asociaciones civiles deportivas y/o sociales sin fines de lucro.
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo
Carlos A. Rossi.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Debido a la crisis económica que vivió el país en los últimos años,
numerosas entidades dedicadas a los fines aquí propuestos se han vistos
afectadas, llegando algunas, inclusive, a cerrar sus puertas, produciendo un
grave daño a la comunidad en donde se insertan.
Los clubes deportivos así como las asociaciones civiles, muchos de ellos con
una larga trayectoria, tienen como objetivo el brindar una contención e
integración social y desarrollar actividades deportivas y culturales,
ofreciendo un ámbito alternativo para nuestros niños y jóvenes, alejándolos
de los peligros de la calle y proponiendo un espacio de esparcimiento para
los adultos.
En muchas localidades del interior de nuestro país, suplen las carencias de
otros ámbitos gubernamentales o no gubernamentales, ofreciendo numerosas
actividades y convirtiéndose en punto de encuentro de todas las
generaciones.
El presente proyecto tiende a proteger los inmuebles de los clubes y
asociaciones, de futuras acciones de persecución y cobro, resguardando lo
más importante, esto es las instalaciones, beneficio que tendrían solamente
si funcionan sin fines de lucro.
El espíritu de la presente ley es el de salvaguardar estos clubes sin fines
de lucro que se encuentran abocados al bien social, tal como lo han hecho
varias de nuestras provincias, entre las que podemos señalar Entre Ríos y
Chubut.
Por todo lo expuesto, y atendiendo a la necesidad de aportar a la seguridad
jurídica de estas instituciones que forman parte del acervo cultural e
histórico, solicito a mis pares, acompañen la iniciativa que se presenta.-
Carlos A. Rossi.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4406/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y la Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Declárase Inembargable e Inejecutable los bienes inmuebles
afectados a fines deportivos y/o recreativos y/o sociales que sean propiedad
de clubes o asociaciones civiles deportivas y/o sociales sin fines de lucro.
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo
Carlos A. Rossi.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Debido a la crisis económica que vivió el país en los últimos años,
numerosas entidades dedicadas a los fines aquí propuestos se han vistos
afectadas, llegando algunas, inclusive, a cerrar sus puertas, produciendo un
grave daño a la comunidad en donde se insertan.
Los clubes deportivos así como las asociaciones civiles, muchos de ellos con
una larga trayectoria, tienen como objetivo el brindar una contención e
integración social y desarrollar actividades deportivas y culturales,
ofreciendo un ámbito alternativo para nuestros niños y jóvenes, alejándolos
de los peligros de la calle y proponiendo un espacio de esparcimiento para
los adultos.
En muchas localidades del interior de nuestro país, suplen las carencias de
otros ámbitos gubernamentales o no gubernamentales, ofreciendo numerosas
actividades y convirtiéndose en punto de encuentro de todas las
generaciones.
El presente proyecto tiende a proteger los inmuebles de los clubes y
asociaciones, de futuras acciones de persecución y cobro, resguardando lo
más importante, esto es las instalaciones, beneficio que tendrían solamente
si funcionan sin fines de lucro.
El espíritu de la presente ley es el de salvaguardar estos clubes sin fines
de lucro que se encuentran abocados al bien social, tal como lo han hecho
varias de nuestras provincias, entre las que podemos señalar Entre Ríos y
Chubut.
Por todo lo expuesto, y atendiendo a la necesidad de aportar a la seguridad
jurídica de estas instituciones que forman parte del acervo cultural e
histórico, solicito a mis pares, acompañen la iniciativa que se presenta.-
Carlos A. Rossi.-