Número de Expediente 4399/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
4399/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | CAPITANICH :PROYECTO DE LEY DECLARANDO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION A LOS PARTIDOS POLITICOS LEGALMENTE RECONOCIDOS .- |
Listado de Autores |
---|
Capitanich
, Jorge Milton
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
16-12-2004 | 03-02-2005 | 252/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
21-12-2004 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
21-12-2004 | 28-02-2006 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
21-12-2004 | 28-02-2006 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006
ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4399/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1°.- Declárese Patrimonio Cultural de la Nación a los Partidos
Políticos legalmente reconocidos, a sus bienes inmuebles y muebles,
estatutos, doctrinas, planes y programas y a todos los textos, documentos y
bibliografía que los mismos atesoran.
ARTICULO 2°.- Establécese el carácter de inembargables e inenajenables a los
bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación.
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio del Interior, adoptará
los recaudos para relevar los bienes y propiedades de los distintos partidos
políticos en todo el territorio nacional a efectos de incorporarlos al
Registro del Patrimonio Cultural.
ARTICULO 3°.- Los Partidos Políticos deberán solicitar formalmente al
Ministerio del Interior la inclusión de los bienes que integrarán el
Patrimonio Cultural de la Nación, acompañando para ello el respectivo
inventario e identificando el artículo de la Carta Orgánica que establezca
que en caso de disolución de la agrupación política, los bienes declarados
Monumentos Culturales de la Democracia Argentina, pasarán automáticamente al
patrimonio del Ministerio del Interior de la Nación.
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge M. Capitanich.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La Constitución Nacional, a partir de la reforma de año 1994, en el capítulo
segundo "Nuevos Derechos y Garantías", reconoce el carácter de instituciones
fundamentales del sistema democrático de los Partidos Políticos y establece
obligaciones tanto para el Estado como para aquéllos, especialmente
referidas a los fondos y patrimonio de los Partidos Políticos:
"Artículo 38- Los partidos políticos son instituciones fundamentales del
sistema democrático.
Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto
a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento
democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la
postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la
información publica y la difusión de sus ideas.
El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la
capacitación de sus dirigentes.
Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus
fondos y patrimonio" .
En forma complementaria, el artículo 41 establece que las autoridades
proveerán a la preservación del patrimonio cultural.
Estas previsiones de los constituyentes de 1994, que conceden a los partidos
políticos el carácter de instituciones fundamentales de la democracia, deben
necesariamente ser complementadas con la preservación de su patrimonio como
acto de responsabilidad para resguardar nuestra rica historia para
conocimiento de las generaciones futuras.
Los avatares de la vida institucional argentina han dejado expuesto este
valioso patrimonio a los saqueos, confiscaciones y distintos tipos de
riesgos de desaparición y, con ellos, a los retazos de nuestra nacionalidad.
Superando el avasallamiento que de las instituciones hicieron las dictaduras
militares de turno, lo poco que se ha preservado, generalmente en manos de
particulares, al normalizarse la vida institucional del país, quedó expuesto
a los embargos y/o ejecuciones por distintas deudas generadas por dirigentes
ocasionales que pusieron en riesgo su integridad.
Es necesario por ello que asumamos un acto de responsabilidad colectiva como
Nación y pongamos en resguardo estos bienes y lugares por donde han
transcurrido parte de las vidas de los prohombres de la democracia
argentina, ricos en anécdotas y genuinos retazos de la historia nacional.
Por ello, solicito a mis pares de todos los bloques que integran este magno
cuerpo que acompañen este proyecto con el que estaremos salvando, para las
generaciones futuras, los eslabones más ricos de la historia democrática de
esta gran Nación.
Jorge M. Capitanich.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4399/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1°.- Declárese Patrimonio Cultural de la Nación a los Partidos
Políticos legalmente reconocidos, a sus bienes inmuebles y muebles,
estatutos, doctrinas, planes y programas y a todos los textos, documentos y
bibliografía que los mismos atesoran.
ARTICULO 2°.- Establécese el carácter de inembargables e inenajenables a los
bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación.
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio del Interior, adoptará
los recaudos para relevar los bienes y propiedades de los distintos partidos
políticos en todo el territorio nacional a efectos de incorporarlos al
Registro del Patrimonio Cultural.
ARTICULO 3°.- Los Partidos Políticos deberán solicitar formalmente al
Ministerio del Interior la inclusión de los bienes que integrarán el
Patrimonio Cultural de la Nación, acompañando para ello el respectivo
inventario e identificando el artículo de la Carta Orgánica que establezca
que en caso de disolución de la agrupación política, los bienes declarados
Monumentos Culturales de la Democracia Argentina, pasarán automáticamente al
patrimonio del Ministerio del Interior de la Nación.
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge M. Capitanich.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La Constitución Nacional, a partir de la reforma de año 1994, en el capítulo
segundo "Nuevos Derechos y Garantías", reconoce el carácter de instituciones
fundamentales del sistema democrático de los Partidos Políticos y establece
obligaciones tanto para el Estado como para aquéllos, especialmente
referidas a los fondos y patrimonio de los Partidos Políticos:
"Artículo 38- Los partidos políticos son instituciones fundamentales del
sistema democrático.
Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto
a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento
democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la
postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la
información publica y la difusión de sus ideas.
El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la
capacitación de sus dirigentes.
Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus
fondos y patrimonio" .
En forma complementaria, el artículo 41 establece que las autoridades
proveerán a la preservación del patrimonio cultural.
Estas previsiones de los constituyentes de 1994, que conceden a los partidos
políticos el carácter de instituciones fundamentales de la democracia, deben
necesariamente ser complementadas con la preservación de su patrimonio como
acto de responsabilidad para resguardar nuestra rica historia para
conocimiento de las generaciones futuras.
Los avatares de la vida institucional argentina han dejado expuesto este
valioso patrimonio a los saqueos, confiscaciones y distintos tipos de
riesgos de desaparición y, con ellos, a los retazos de nuestra nacionalidad.
Superando el avasallamiento que de las instituciones hicieron las dictaduras
militares de turno, lo poco que se ha preservado, generalmente en manos de
particulares, al normalizarse la vida institucional del país, quedó expuesto
a los embargos y/o ejecuciones por distintas deudas generadas por dirigentes
ocasionales que pusieron en riesgo su integridad.
Es necesario por ello que asumamos un acto de responsabilidad colectiva como
Nación y pongamos en resguardo estos bienes y lugares por donde han
transcurrido parte de las vidas de los prohombres de la democracia
argentina, ricos en anécdotas y genuinos retazos de la historia nacional.
Por ello, solicito a mis pares de todos los bloques que integran este magno
cuerpo que acompañen este proyecto con el que estaremos salvando, para las
generaciones futuras, los eslabones más ricos de la historia democrática de
esta gran Nación.
Jorge M. Capitanich.